Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2005 (16/08/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 36

Pag. 298672
Modalidad : COMERCIAL Caracteristicas Tecnicas: Indicativo : OCT-9L Emision : 256KF8E Potencia Nominal del Transmisor Ubicacion de la Estacion: Estudios : 0.25 KW

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 16 de agosto de 2005

: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 304, en el distrito y provincia de Tocache, departamento de San Martin. : 76° 31' 02" : 08° 11' 09" : Km 5.00 de la Carretera MORDAZA Belaunde MORDAZA, caserio Pucayacu, en el distrito y provincia de Tocache, departamento de San Martin.

Coordenadas Geograficas : Longitud Oeste Latitud Sur Planta

Articulo 7º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion, canon anual y publicacion de la presente Resolucion, caso contrario la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 8º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 14193

Coordenadas Geograficas : Longitud Oeste : 76° 33' 37" Latitud Sur 08° 11' 04 MORDAZA de Servicio: El area comprendida detro del contorno de 66 dBµV/m

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. El plazo de la autorizacion y del permiso concedidos se computaran a partir del dia siguiente de notificada la presente Resolucion, la cual ademas sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual el titular de la autorizacion debera cumplir con las obligaciones que a continuacion se indican: - Instalar los equipos requeridos para la prestacion del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las caracteristicas tecnicas aprobadas en la presente autorizacion. - Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento. - Los equipos instalados deberan contar con el respectivo Certificado de Homologacion. La respectiva inspeccion tecnica se efectuara de oficio hasta dentro de los tres (03) meses siguientes al vencimiento del mencionado periodo, y en la cual se verificara la correcta instalacion de la estacion, incluyendo la homologacion del equipamiento asi como el cumplimiento de las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion. Sin perjuicio de lo MORDAZA indicado, el titular podra solicitar la realizacion de la inspeccion tecnica MORDAZA del vencimiento del periodo de instalacion y prueba otorgada. En caso de incumplimiento de las obligaciones MORDAZA mencionadas la autorizacion otorgada quedara sin efecto. Articulo 3º.- Dentro de los doce (12) meses siguientes a la entrada en vigencia de la autorizacion, el titular debera presentar el proyecto de comunicacion. Asimismo, en forma individual o conjunta, aprobara su Codigo de Etica y presentara MORDAZA del mismo a la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones o podra acogerse al Codigo de Etica que emita el Ministerio. Articulo 4º.- El titular esta obligado a instalar y operar el servicio de radiodifusion autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion, las cuales solo podran ser modificadas previa autorizacion del Ministerio. En caso de aumento de potencia, este sera autorizado hasta el MORDAZA establecido en el Plan de Canalizacion y de Asignacion de Frecuencias para la banda y localidad autorizada. En caso de disminucion de potencia, no obstante no requerirse de la previa aprobacion, el titular se encuentra obligado a su respectiva comunicacion. Articulo 5°.- Seran derechos y obligaciones del titular de la autorizacion las consignadas en los articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como las senaladas en la presente Resolucion. Articulo 6º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion debera solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el MORDAZA mencionado articulo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television.

ORGANISMOS AUTONOMOS JNE
Autorizan viaje de profesional del JNE a Ecuador para participar en el MORDAZA "Analisis de la Aplicacion de la Distritalizacion Electoral"
RESOLUCION Nº 092-2005-P/JNE MORDAZA, 15 de agosto de 2005 VISTO: El Oficio Nº 081-PA-SN-EC de fecha 26 de MORDAZA del 2005, del Secretario Nacional del Parlamento MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ribadeneira. CONSIDERANDO: Que, el Secretario Nacional del Parlamento MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ribadeneira, ha cursado invitacion al MORDAZA Nacional de Elecciones para que participe en el MORDAZA Taller "Analisis de la Aplicacion de la Distritalizacion Electoral", y en las mesas de trabajo organizadas como mecanismo para el debate, a realizarse los dias 17 y 18 de agosto de 2005 en la MORDAZA de MORDAZA, Ecuador; Que, la participacion del MORDAZA Nacional de Elecciones en el MORDAZA Taller MORDAZA senalado MORDAZA posible el intercambio de conocimientos y experiencias en la tarea de estimular una participacion politica ciudadana mas activa y responsable, lo que es de interes institucional y nacional; Que, se ha visto pertinente la participacion del senor Engelberth MORDAZA MORDAZA, profesional de la Gerencia de Educacion Electoral y Comunicaciones del MORDAZA Nacional de Elecciones, en el MORDAZA Taller "Analisis de la Aplicacion de la Distritalizacion Electoral" , autorizando su viaje a la MORDAZA de MORDAZA, Ecuador, del 16 al 19 de agosto del ano en curso; De conformidad con la Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, Ley Nº 28427, la Ley que regulan la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, Ley Nº 27619, y sus normas reglamentarias, aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; El Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de las facultades que le otorga el Articulo 18º del Reglamento de Organizacion y Funciones del MORDAZA Nacional de Elecciones, aprobado por la Resolucion Nº 134-2005-JNE; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del senor Engelberth MORDAZA MORDAZA, profesional de la Gerencia

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.