Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2005 (01/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 1 de diciembre de 2005

del Callao, con la finalidad de disminuir progresivamente la contaminacion que generen los vehiculos que integran la flota autorizada, facultandose a la Gerencia General de Transporte MORDAZA para dictar las directivas y procedimientos necesarios para su adecuado cumplimiento, asi como para el registro de las empresas autorizadas a expedir certificaciones de gases; Que, siendo de interes publico y de las autoridades, prevenir, vigilar y evitar la degradacion ambiental, resulta necesario adecuar las disposiciones municipales vigentes al MORDAZA MORDAZA normativo, que permita a esta Corporacion MORDAZA controlar la contaminacion ambiental de acuerdo a su competencia y atribuciones, debiendo suspenderse los efectos de los articulos 1º, 2º, 3º, 4º , 5º y 9º del Decreto de Alcaldia Nº 000032, hasta que se dicten las disposiciones y procedimientos necesarios que permitan a esta Comuna, controlar y supervisar los limites maximos permisibles en la emision de gases que produzcan los vehiculos que circulen dentro de la jurisdiccion de la Provincia Constitucional del Callao, con la finalidad de prevenir, vigilar y evitar la degradacion ambiental; Por lo que, estando a las consideraciones expuestas, con la visacion de la Gerencia General de Transporte MORDAZA y Gerencia General de Asuntos Juridicos y Conciliacion, y en ejercicio de las facultades que confiere al senor MORDAZA el articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- SUSPENDER, por un plazo de 120 dias calendario, los efectos de los articulos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 9º del Decreto de Alcaldia Nº 000032, de fecha 26 de noviembre del 2004, hasta que se dicten las disposiciones y procedimientos necesarios que permitan a esta Corporacion MORDAZA, controlar y supervisar de manera eficaz la contaminacion atmosferica producida por el MORDAZA automotor en la Provincia Constitucional del Callao. Los tramites iniciados bajo el MORDAZA del mencionado Decreto, continuaran hasta su culminacion. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia General de Transporte MORDAZA el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente a su publicacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 20263

DESABASTECIMIENTO INMINENTE" para el abastecimiento de los insumos del Programa de Vaso de Leche y la exoneracion del MORDAZA de seleccion; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 141º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado expone que la situacion de desabastecimiento inminente se configura en los casos senalados en el articulo 21º de la Ley, ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para no comprometer en forma directa e inminente la continuidad del servicio que la entidad tiene a su cargo de manera esencial; Que, en lo que respecta a la declaracion de desabastecimiento inminente al suministro de productos alimenticios del Programa de Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Huaral recomendada por la Gerencia de Programas Sociales, ante el inminente riesgo de quedar desabastecido por efecto de Resolucion de Contrato de Suministro generado por incumplimiento del mismo, por parte de la empresa MORDAZA E.I.R.L., proveedora de insumos del Programa de Vaso de Leche; por lo que debe asegurarse la continuidad del servicio dada las serias implicancias que conllevaria su paralizacion o interrupcion para la salud de los MORDAZA de ninos y demas beneficiarios del citado programa, tomando en cuenta los plazos establecidos en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que la declaracion de situacion de desabastecimiento inminente no constituye dispensa de las responsabilidades de los funcionarios y servidores de la entidad cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de dicha causal; Que conforme a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones en cuanto a las formalidades de los procedimientos no sujetos a MORDAZA de seleccion la facultad de aprobar las exoneraciones es indelegable y corresponde unica y exclusivamente al Concejo Municipal requiriendo obligatoriamente de un Informe Tecnico y Legal previo que debera contener la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion; Que se hace necesario que el Concejo Municipal como MORDAZA instancia de gobierno de la Municipalidad adopte las decisiones pertinentes y dote de las facilidades necesarias a la administracion a efectos de que esta cumpla eficientemente con la prestacion de los programas sociales a su cargo; Que el Concejo Municipal viendo la necesidad de tomar una decision y no seguir afectando a los beneficiarios del programa ha debatido en sesion extraordinaria la posibilidad de aprobar la exoneracion de la adquisicion de los insumos del Programa de Vaso de Leche llegando al Acuerdo de declarar procedente la situacion de desabastecimiento inminente, sobre la adquisicion de insumos del P r o g ra m a d e Va s o d e L e c h e c o n s i s t e n t e e n HOJUELAS DE CEREALES ENRIQUECIDOS correspondiente a los meses de noviembre y diciembre del 2005; en aplicacion de lo que dispone el articulo 21º del TUO de la Ley Nº 26850 ­ Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, contando con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica, mediante los Informes Legales Nºs. 909-2005-MPH-OAJ de 21NOV05 y 930-2005MPH/GAL del 24NOV05; puesto a consideracion del Pleno del Concejo y sometido al debate correspondiente; Estando a lo expuesto y a las atribuciones que le confieren los Articulos 9º, 39º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; con el MORDAZA unanime de los senores miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de aprobacion del acta; ACORDO: Articulo Primero.- DECLARAR PROCEDENTE la SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE, la

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos del Programa del Vaso de Leche por situacion de desabastecimiento inminente
ACUERDO DE CONCEJO Nº 164-2005-MPH/CM Huaral, 24 de noviembre de 2005 EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO; En Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, el pedido formulado por la Gerencia de Programas Sociales de la Municipalidad Provincial de Huaral, mediante Informes Nºs. 494-2005-MPH-GPS del 21NOV05 y 499-2005-MPH-GPSS del 24NOV05, respecto a la Declaracion de "SITUACION DE

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