Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (01/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 74

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G35/G33/G36/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 1 de diciembre de 2005 /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20 /G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20 /G64/G65 /G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G45/G78/G74/G72/G61/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G44/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G79/G20/G4E/G6F/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G6F/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61 /G4E/GBA/G20/G32/G30/G32 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 17 Miraflores, 30 de noviembre de 2005 EL ALCALDE DE MIRAFLORESCONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 194º de la Constitución Política, concordado con el artículo II del Título Preliminarde la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972,las Municipalidades gozan de autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con fecha 1 de octubre del 2005, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Ordenanza Nº 202, a travésde la cual se aprobó el beneficio de RegularizaciónExtraordinaria de Deudas Tributarias y No Tributarias,estableciendo en su Segunda Disposición Final delegar en el Alcalde la facultad de dictar mediante Decreto de Alcaldía, la prórroga del mismo; Que, atendiendo a las solicitudes presentadas por los contribuyentes, resulta pertinente decretar la prórrogade la citada Ordenanza; En ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 30 de diciembre de 2005, el beneficio de Regularización Extraordinaria de Deudas Tributarias y No Tributarias contenido en laOrdenanza Nº 202. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento del presenteDecreto. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MUÑOZ WELLS Teniente AlcaldeEncargado de la Alcaldía 20323 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G63/G6F/G73/G74/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20/G64/G65 /G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G69/G6E/G73/G74/G61/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G70/G61/G72/G61 /G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G75/G61/G20/G70/G6F/G74/G61/G62/G6C/G65/G20/G61/G20/G76/G65/G63/G69/G6E/G6F/G73/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000052-MDSJM San Juan de Miraflores, 29 de noviembre de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES POR CUANTO:EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES, Visto en Sesión Ordinaria de fecha 29 de noviembre del 2005, la propuesta de Ordenanza de"Exoneración del Pago por Derecho de AutorizaciónInstalación de Agua - Pilón Público de agua potable",elaborado y sustentado por la Oficina de Asesoría Jurídica de esta Comuna; con la dispensa de trámite delectura y aprobación del Acta, por UNANIMIDAD de susmiembros, ha emitido la siguiente Ordenanza: Artículo Primero.- Disponer de la Exoneración del 100% del costo por derecho de "Autorización de Instalación de Agua - Pilón Público para distribución deagua potable" a todos los vecinos del distrito de SanJuan de Miraflores. Artículo Segundo.- Para gozar de este beneficio, es necesario que los AA.HH. y las asociaciones de pobladores que lo solicitan, presenten el reconocimiento de la dirigencia vecinal expedida por la Municipalidad deSan Juan de Miraflores, que la acredite comorepresentante del área a beneficiarse. Artículo Tercero.- Las dirigencias de los AA.HH. y las asociaciones de pobladores que soliciten este beneficio deberán presentar un plano o croquis de ubicación donde se va a instalar el pilón público, y/o lacorrespondiente autorización de SEDAPAL. Artículo Cuarto.- La vigencia de la Ordenanza que otorga el beneficio de "Exoneración del Pago por Derechode Autorización de Instalación de Agua - Pilón Público de distribución de agua potable" será de 6 meses, y regirá a partir del día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Artículo Quinto.- Encárguese a la Gerencia de Administración, Gerencia de Desarrollo Urbano y demásórganos de la Municipalidad, el estricto cumplimiento de la presente norma municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PAULO HERNAN HINOSTROZA GUZMÁN Alcalde 20388 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G79/G20/G72/G65/G63/G65/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G75/G72/G62/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G75/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G76/G69/G65/G6E/G64/G61 RESOLUCIÓN GERENCIAL N° 074-05 San Juan de Miraflores, 18 de noviembre de 2005 Visto el Expediente administrativo N° 3744-03 del 11.03.2003 y acumulados; seguido por la Cooperativa de Vivienda Héroes de San Juan “Lote XI”, en solicitudde aprobación de la Habilitación Urbana Ejecutada yRecepción de obras en vías de regularización para usode vivienda RDM, del terreno de Doce mil cuatrocientosdos con dieciséis centímetros cuadrados (12,402.16m 2) ubicado en el distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO:Que, mediante el Expediente Administrativo de vistos, la Cooperativa de Vivienda Héroes de San Juan Lote XI, solicita la Regularización de la Habilitación Urbana parauso de vivienda RDM del terreno de Doce milcuatrocientos dos con dieciséis centímetros cuadrados(12,402.16 m 2) ubicado en la Urbanización San Juan, Unidad “A”, Lote XI, del distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Que, mediante informe técnico de fecha 10.04.05 de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas seseñala que el terreno en mención se encuentra ocupadofísicamente por los solicitantes, no existiendosuperposición de área y que tanto las obras de agua y alcantarillado como las obras de electrificación han sido ejecutadas en su totalidad, encontrándose sus callesdebidamente asfaltadas. Que mediante Dictamen N° 2 de fecha 19.04.05 la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas concluyeen que el plano de Replanteo de Trazado y Lotización, así como las obras de agua potable y alcantarillado, electrificación, pavimentación de vías y veredas se