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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (01/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 77

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G35/G33/G37/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 1 de diciembre de 2005 Artículo Segundo.- EXONERAR del pago por trámite de la Declaración Jurada de Permanencia en el Giro atodos aquellos establecimientos Comerciales, Industrialesy de servicios que hayan obtenido Licencia deFuncionamiento anterior al año 2003, para cuyo efectodeben adjuntar los siguientes requisitos: - Solicitud de declaración jurada. - Copia de defensa civil vigente.- Certificado de Licencia de Funcionamiento (original). Artículo Tercero.- La zona de Consolidación Territorial está conformada por los siguientes sectores: Urb. Mesa Redonda, Urb. Industrial, Urb. IndustrialMulería, Urb. Panamericana Industrial, Urb. IndustrialEl Naranjal, Urb. Naranjal, Urb. Industrial CarreteraPanamericana Norte, Urb. Santa Luisa, AA.HH. LosSolitarios, Asoc. de Viv. General José de San Martín, Urb. Santa Rosa de Infantas (Ex. Ampliación de Infantas), AA.HH. Ex-Trabajadores de la Hacienda SantaLuzmila, AA.HH. Micaela Bastidas, Asoc. Prop. Viv. JoséCarlos Mariátegui, Asoc. San Miguel, AA.HH. SanMiguelito, AA.HH Municipal Nº 02, Asoc. Pueblo deInfantas, AA.HH. Francisco Bolognesi, AA.HH Los Claveles de Pro, Urb. Pro Industrial, Urb. Industrial Pro 9º Sector III Etapa. Artículo Cuarto.- FACÚLTASE al Sr. Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normascomplementarias para su aplicación. POR TANTO: Mando regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JESÚS ÁLVARO VÉLIZ DUARTE Alcalde 20320 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20 /G65/G6C/G20 /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20 /G64/G65 /G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G79/G20 /G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 028-MDSA Santa Anita, 22 de noviembre del 2005 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha el Dictamen Nº 013-2005-CPPRRNCTI/MDSA de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Racionalización, Relaciones Nacionales y CooperaciónTécnica Internacional y el Informe Nº 925-2005-GAJ-GG/MDSA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, referentea la modificación del Reglamento de Organización yFunciones (ROF), y; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad de Santa Anita, como ente de gobierno local goza de autonomía política, económica yadministrativa en los asuntos de su competencia conforme lo dispone el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de ReformaConstitucional Nº 27680 y en concordancia con el artículoII del Título Preliminar de la Ley Orgánica deMunicipalidades - Ley Nº 27972; Que, mediante Ordenanza Nº 021-2004- MDSA de fecha 30 de octubre de 2004 se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) el mismo que fuemodificado por la Ordenanza Nº 020-MDSA de fecha 29de setiembre del presente año; Que, mediante Informe Nº 121-2005-GPPR-MDSA de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización solicita la modificación del artículo 30-Adel Reglamento de Organización y Funciones por cuanto de la revisión del mencionado artículo y Reglamentovigente aprobado por Ordenanza Nº 021-2004-MDSA,modificado por el artículo Primero de la OrdenanzaNº 020-MDSA, en lo que se refiere a la conformación delComité Distrital de Deporte y de Recreación Municipal, se tiene que efectivamente éste no concuerda con el artículo décimo segundo de la Ordenanza Nº 007-MDSAde fecha 28 de abril de 2005, por lo que debe sermodificada; Que, de igual forma revisado el artículo 35º del Reglamento de Organización y Funciones, se indica que el Órgano de Control Institucional de la Municipalidad depende jerárquicamente y administrativamente delAlcalde y mantiene vinculación y dependencia funcionalcon la Contraloría General de la República, sinembargo, el artículo 30º de la Ley Orgánica deMunicipalidades, señala que "el Órgano de Auditoría Interna de los gobiernos locales está bajo la jefatura de un funcionario que depende funcional yadministrativamente de la Contraloría General de laRepública (...)" ; Que, conforme al inciso 4) artículo 200º de la actual Constitución Política del Perú y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, las ordenanzas son normas de carácter general de mayorjerarquía en la estructura normativa municipal y tienenrango de ley, y, como tal sus disposiciones respondenen última ratio al mandato expreso de la Constitución yde las normas que por su naturaleza forman parte del llamado "Bloque de Constitucionalidad" como el caso de las Leyes Orgánicas; Que, en el caso de las Municipalidades, éstas se encuentran sujetas a la Ley Orgánica de MunicipalidadesLey Nº 27972, cuyas disposiciones deben serobservadas. En este caso, el artículo 35º del Reglamento de Organización y Funciones de esta Municipalidad no es conforme a lo establecido por el artículo 30º de la Leyantes citada, por lo que procede su adecuacióny/o modificación; Que, mediante Informe de visto la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a la modificación del artículo 30-Aº y el artículo 35º del Reglamento de Organización y Funciones; (ROF); En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º, numeral 8) concordante con el artículo 40º de la LeyOrgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el ConcejoMunicipal por mayoría de sus miembros y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Modificar el segundo párrafo del artículo 30-A del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad, el mismo quequedará redactado de la siguiente forma: "El Comité Distrital de Deportes y recreación Municipal estará presidido por el Alcalde e integrado conforme a lo establecido por la Ordenanza Nº 007-MDSA." Su Reglamento de Organización y Funciones será elaboradopor el propio Comité y aprobado por Resolución deAlcaldía. Artículo Segundo.- Modificar el segundo párrafo del artículo 35º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad el mismo que quedaráredactado de la siguiente forma: "Está a cargo de un funcionario de confianza con categoría remunerativa de Director y rango de Gerente, quien depende administrativa y funcionalmente de la Contraloría General de la República". Artículo Tercero.- Mantener vigente los demás extremos de la Ordenanza Nº 021-2004-MDSA defecha 30 de octubre de 2004, modificado por Ordenanza Nº 020-MDSA de fecha 29 de setiembre del 2005. Artículo Cuarto.- Encargar a la Alcaldía, Gerencia General y demás Gerencias de la Municipalidad la