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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (02/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 40

PÆg. 305418 NORMAS LEGALES Lima, viernes 2 de diciembre de 2005 Pasaje US$ 759,52 Viáticos US$ 1200,00 Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 28,24 -------- --------- TOTAL US$ 1987,76 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. OSCAR DANCOURT MASÍAS Vicepresidente En Ejercicio de la Presidencia 20373 ˝ndice de reajuste diario a que se refiere el Art. 240” de la Ley General delSistema Financiero y del Sistema deSeguros, correspondiente al mes dediciembre de 2005 CIRCULAR Nº 020-05-BCRP Lima, 1 de diciembre de 2005 El índice de reajuste diario, a que se refiere el artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, correspondiente al mes de diciembre es elsiguiente: DÍA ÍNDICE 1 6,20519 2 6,205323 6,20546 4 6,20559 5 6,205736 6,20587 7 6,20600 8 6,206149 6,20628 10 6,20641 11 6,2065512 6,20668 13 6,20682 14 6,2069615 6,20709 16 6,20723 17 6,2073718 6,20750 19 6,20764 20 6,2077721 6,20791 22 6,20805 23 6,2081824 6,20832 25 6,20845 26 6,2085927 6,20873 28 6,20886 29 6,2090030 6,20914 31 6,20927 El índice que antecede es también de aplicación para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el artículo 1235º del Código Civil. Se destaca que el índice en mención no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al día del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolución judicial(artículo 1236º del Código Civil, en su texto actual consagrado por la Ley Nº 26598). RENZO ROSSINI MIÑÁN Gerente General 20469CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Expiden títulos de Fiscales Adjuntas Provinciales Titulares en lo Penal deLima y de Familia de Arequipa RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 1144-2005-CNM Lima, 28 de noviembre de 2005 VISTO: El Oficio Nº 4827-2005-MP-FN, de 8 de noviembre de 2005, de la Fiscal de la Nación; y, CONSIDERANDO: Que, la Fiscal de la Nación mediante Oficio Nº 4827- 2005-MP-FN, de 8 de noviembre de 2005, remite para conocimiento y fines, copia certificada de la Resolución Nº 1982-2005-MP-FN, de 4 de noviembre de 2005, mediantela cual se dispone la permuta definitiva entre las doctoras Mirian Clara Yanqui Farfán, Fiscal Adjunta Provincial Titular de Familia de Arequipa, Distrito Judicial de Arequipa, yAdela Chávez Pinazo, Fiscal Adjunta Provincial Titular de Lima, Distrito Judicial de Lima; cuyo artículo sexto de la misma, solicita al Presidente del Consejo Nacional de laMagistratura, la cancelación del título de las citadas Fiscales, extendiéndole un nuevo título en los Distritos Judiciales respectivos; Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es elConsejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichostítulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, el título de juez o fiscal, y el juramento respectivo, son elementos intrínsecamente vinculados que determinan el ejercicio de la función jurisdiccional o fiscal, de maneraque la competencia territorial para dicho ejercicio no debe verse desnaturalizado por una permuta con carácter definitivo para aquél al que se le otorgó originalmente elmismo, esto significa que, al ejecutarse una permuta con las formalidades y procedimientos que corresponden al Poder Judicial o al Ministerio Público, de maneracomplementaria el Consejo Nacional de la Magistratura en el ejercicio de sus atribuciones debe proceder con la expedición de los títulos respectivos y las cancelacionesconsecuentes de los títulos originales, sin perjuicio de la anotación correspondiente de dichos actos administrativos en el registro jurisdiccional; Que, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en sesión de fecha 24 de noviembre de 2005, acordó por unanimidad, expedir los títulos de Fiscal Adjunta ProvincialTitular en lo Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, a favor de la doctora Mirian Clara Yanqui Farfán, y de Fiscal Adjunta Provincial Titular de Familia de Arequipa, Distrito Judicialde Arequipa, a favor de la doctora Adela Chávez Pinazo, previa cancelación de los títulos de Fiscal Adjunta Provincial Titular de Familia de Arequipa, Distrito Judicial de Arequipa,y de Fiscal Adjunta Provincial Titular en lo Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, respectivamente; por lo que, en cumplimiento a dicho acuerdo y de conformidad con lasfacultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 -Ley Orgánica del Consejo Nacional de laMagistratura-; SE RESUELVE:Primero.- Expedir el título de Fiscal Adjunta Provincial Titular en lo Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, a favorde la doctora MIRIAN CLARA YANQUI FARFÁN, previa cancelación de su título de Fiscal Adjunta Provincial Titular de Familia de Arequipa, Distrito Judicial de Arequipa.