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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (02/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 33

PÆg. 305411 NORMAS LEGALES Lima, viernes 2 de diciembre de 2005 De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado de Reglamento General de la Ley de Telecomunicacionesaprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC con su modificatoria y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobadopor Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones y del Viceministro deComunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Ampliar el área de concesión otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 243-99-MTC/15.03, detitularidad de la empresa TELEFÓNICA MÓVILES S.A., a los demás departamentos de la República del Perú, para la prestación del servicio público telefónico fijo local, conformeal Anexo 1 de la Adenda que se aprueba mediante la presente resolución, y que reemplaza al Anexo 1 del contrato de concesión aprobado por la citada resolución. Artículo 2º.- Modificar el contrato de concesión aprobado por la Resolución Ministerial Nº 243-99-MTC/15.03, incorporando la modalidad de teléfonos públicos cuya áreade concesión comprenderá todo el Territorio de la República del Perú. Artículo 3º.- Aprobar el Plan Mínimo de Expansión correspondiente al área ampliada a que se refiere el artículo 1º de esta resolución y el Plan Mínimo de Expansión para la modalidad incorporada a que se refiereel artículo 2º de esta resolución, conforme al Anexo 2 de la Adenda que se aprueba mediante la presente resolución, y que reemplaza al Anexo 2 del contrato deconcesión aprobado por la Resolución Ministerial Nº 243- 99-MTC/15.03, para la prestación del servicio público telefónico fijo local. Artículo 4º.- Aprobar la Adenda mediante la cual se modifica el primer párrafo del numeral 3.01 de la Cláusula Tercera, el Anexo 1 "Área de Concesión del Servicio" y elAnexo 2 "Plan Mínimo de Expansión", e incorpora el numeral 6.14 en la Cláusula Sexta del contrato de concesión aprobado por la Resolución Ministerial Nº 243-99-MTC/15.03, que establece que la concesionaria sólo podrá prestar el servicio concedido operando en la Banda B de 800 MHz., de acuerdo a los plazos establecidos en elcronograma de devolución y migración aprobado por Resolución Directoral Nº 1011-2005-MTC/17; siendo de su responsabilidad solicitar oportunamente la modificación delas características técnicas de operación del servicio concedido, contenido en el Anexo 2 "Descripción de la Red" del referido contrato. Artículo 5º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba la mencionada Adenda, así como, encaso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 6º.- La presente resolución quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si la Adenda no essuscrita por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de su publicación. Para la suscripción deberá cumplir previamentecon presentar la Carta Fianza que asegure el inicio de operaciones del servicio público telefónico fijo local en la modalidad de teléfonos públicos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 20377 Autorizan viaje de Inspectores de la Dirección General de AeronÆutica Civil a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 873-2005-MTC/02 Lima, 29 de noviembre de 2005CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores yfuncionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberáser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y sus normas modificatorias disponen que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Público, de funcionarios,servidores públicos o representantes del Poder Ejecutivo, a que se refieren el primer y segundo párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibidos por el ejerciciofiscal 2005, prohibición que no es aplicable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, así como la Dirección General de Aeronáutica Civil delMinisterio de Transportes y Comunicaciones y la Oficina Central Nacional - INTERPOL de la Policía Nacional del Perú del Ministerio del Interior, en cuyos casos los viajesserán autorizados a través de resolución del Titular del Pliego respectivo, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano antes del inicio de la comisiónde servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre AviaciónCivil y poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual devigilancia sobre la seguridad operacional a través de la ejecución de inspecciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, basado en las disposiciones establecidasen el citado Convenio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa VEM - VARIG ENGENHARIA E MANUTENÇÃO S.A., con Carta S/N, del 4 de octubre de 2005, en el marco de los Procedimientos Nºs. 13, 17 y 18 de la sección correspondiente a la Dirección General deAeronáutica Civil (Inspección Técnica a Bases y Estaciones de Aeronavegabilidad para Establecimiento o Actualización de Especificaciones de Operación, Autorización paraTalleres de Mantenimiento Aeronáutico e Inspección Técnica a Talleres de Mantenimiento Aeronáutico para Establecimiento o Actualización de Habilitaciones),establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar la inspección técnica por renovación de Certificado del Taller de Mantenimiento Aeronáutico y lasinspecciones técnicas de las estaciones de la empresa VEM - VARIG ENGENHARIA E MANUTENÇÃO S.A., en las ciudades de Río de Janeiro y Porto Alegre, durante losdías 4 al 10 de diciembre de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 31943, 31944, 31945, 31946, 31947,31948 y 31949, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direcciónde Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido las Órdenes de Inspección Nºs. 2227-2005-MTC/12.04-SDA y 2228-2005-MTC/12.04-SDA designando a los Inspectores Segundo Alejandro Rubio Castillo y Luis Alberto Zavala Sierra, respectivamente, para realizar la inspección técnica porrenovación del Certificado del Taller de Mantenimiento Aeronáutico y las inspecciones técnicas de las estaciones de la empresa VEM - VARIG ENGENHARIA E