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PÆg. 305412 NORMAS LEGALES Lima, viernes 2 de diciembre de 2005 MANUTENÇÃO S.A., en las ciudades de Río de Janeiro y Porto Alegre, República Federativa de Brasil, durante los días 4 al 10 de diciembre de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los referidos Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento,puedan realizar las inspecciones técnicas a que se contraen las Órdenes de Inspección Nºs. 2227-2005-MTC/12.04- SDA y 2228-2005-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004, el Decreto de Urgencia Nº 025-2005 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Segundo Alejandro Rubio Castillo y Luis Alberto Zavala Sierra, Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civildel Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a las ciudades de Río de Janeiro y Porto Alegre, República Federativa de Brasil, durante los días 4 al 10 de diciembrede 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa VEM - VARIG ENGENHARIA E MANUTENÇÃO S.A., a través de los Recibos de Acotación Nºs. 31943,31944, 31945, 31946, 31947, 31948 y 31949, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por conceptode viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (por dos Inspectores) US$ 2,800.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 56.48 (por dos Inspectores) Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, losInspectores mencionados en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberánpresentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las accionesrealizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 20382 Autorizan a procurador iniciar acciones legales a personas jurídicas para que indemnicen al Estado por fallas en la rehabilitación, mantenimiento ysupervisión de obras en carretera RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 875-2005-MTC/02 Lima, 29 de noviembre de 2005 VISTO: La Nota de Elevación Nº 722-2005-MTC/20 por la que el Director Ejecutivo de PROVÍAS NACIONAL solicita se autorice al Procurador Público Ad Hoc encargado delos asuntos judiciales de PROVÍAS NACIONAL, PROVÍAS DEPARTAMENTAL y PROVÍAS RURAL, para que inicie las acciones legales contra las empresas quetuvieron a su cargo la ejecución y la supervisión de la Obra Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Pisco - Ayacucho;CONSIDERANDO: Que, el ex Proyecto Especial Rehabilitación Infraestructura de Transportes (PERT) suscribió, con fecha17 de setiembre de 1996, el Contrato Nº 214-96-MTC/ 15.03.PERT, con el Consorcio CONSTRUCTORA OAS LTD. - CONSTRUCTORA UPACA S.A., para que ejecute lostrabajos de "Rehabilitación y Mejoramiento del Tramo 2: Puente Pacra - Puente Choclococha de la Carretera Pisco - Ayacucho (Vía Los Libertadores)"; Que, con fecha 24 de setiembre de 1996, el ex Proyecto Especial Rehabilitación Infraestructura de Transportes (PERT) suscribió el Contrato de SupervisiónNº 217-96-MTC/15.03.PERT.01 con la ASOCIACIÓN HIDROSERVICE - HOB CONSULTORES, para la ejecución de los servicios de Supervisión Integral yControl de Obras de Carreteras y de Puentes del Paquete Nº 1 que contienen los tramos (1) Dv. San Clemente - Puente Pacra y (2) Puente Pacra - PuenteChoclococha de la Carretera Pisco - Ayacucho; Que, la mencionada obra culminó con la Recepción Final de la misma el 30 de diciembre de 1998, por parte dela Comisión Especial de Recepción, constituida mediante Resolución Directoral Nº 356-98-MTC/15.02.PERT del 23 de octubre de 1998, firmando el acta de recepción, enseñal de conformidad, los miembros de la comisión, los contratistas y el supervisor; Que, mediante Oficio Nº 253-2003-PROVÍAS-N-ZICA, del 19 de marzo de 2003, el Jefe Zonal de la Jefatura Zonal Ica de PROVÍAS NACIONAL, comunica al Gerente de Mantenimiento de la Red Vial Nacional que se handetectado fallas en el pavimento entre el Km. 140+000 al Km.152+000 y Km. 159+000 al Km. 160+150 de la carretera Pisco - Ayacucho del tramo "San Clemente - PuenteChoclococha", dejándose constancia de la existencia de "filtraciones en el pavimento que vienen deteriorando la capa asfáltica, observándose asentamientos en variossectores de la vía, lo cual obliga a ejecutar bacheos constantemente a fin de mantener en condiciones transitables"; Que, mediante Carta Nº 846-2003-MTC/20-GOB de fecha 6 de noviembre de 2003, la Gerencia de Obras de PROVÍAS NACIONAL requiere al CONSORCIOCONSTRUCTORA OAS LTD. - CONSTRUCTORA UPACA S.A., para que se comunique con la Jefatura Zonal Ica, con relación a las fallas detectadas en el pavimento; Que, con Memorándum Nº 2949-2003-MTC/20-GMR del 14 de noviembre de 2003, la Gerencia de Mantenimiento de la Red Vial Nacional de PROVÍASNACIONAL, comunica a la Jefatura Zonal Ica, que en relación con las fallas de pavimento se deberán establecer las coordinaciones del caso con la Oficina de ApoyoTecnológico, para que se efectúe la evaluación del pavimento (tomando en cuenta las pruebas efectuadas por personal de la Jefatura Zonal), que precisen si losdefectos posconstructivos tienen que ser asumidos por el Contratista, por encontrarse en el período de garantía establecido en la cláusula vigésima quinta (25.1) delContrato Nº 214-96-MTC/15.03.PERT; Que, mediante Informe Nº 044-2005-MTC/20.5, de fecha 12 de abril de 2005, el Gerente de la Gerencia de Obras dePROVÍAS NACIONAL, comunica al Director Ejecutivo de PROVÍAS NACIONAL que de acuerdo con el informe de Evaluación del Pavimento efectuado por la Oficina de ApoyoTecnológico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, remitido a la Entidad con el Memorándum Nº 011-2005-MTC/14.01 del 6 de enero de 2005, las fallasdetectadas en el pavimento de la Carretera Pisco - Ayacucho, Tramo San Clemente - Puente Choclococha; en los sectores comprendidos en las Progresivas Km. 140+000- Km. 152+000 y Km. 159+000 - Km. 160+150, se han presentado prematuramente y tendrían su origen, entre otros aspectos, en la mala calidad de los materiales debase granular utilizados en la ejecución de la Obra; lo que ha ocasionado la destrucción parcial. Consecuentemente, la Gerencia de Obras es de opinión que se inicien lasacciones legales que correspondan contra el CONSORCIO CONSTRUCTORA OAS LTD. - CONSTRUCTORA UPACA S.A., por ser responsable en su calidad de Contratista,incluyendo en dichas acciones legales a la ASOCIACIÓN HIDROSERVICE - HOB CONSULTORES, por su responsabilidad contractual en su calidad de Supervisorde la Obra; Que, de acuerdo al numeral 25.1 de la Cláusula Vigésimo Quinta del contrato suscrito por el ex Proyecto Especial