Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2005 (08/12/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, jueves 8 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 305799

Potencia Nominal del : 3 KW Transmisor Ubicacion de la Estacion : Estudios : MORDAZA Ugarteche Nº 490, distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura. Coordenadas Geograficas Longitud Oeste: 80° 41' 08" Latitud Sur : 04° 53' 21.2" Planta : Carretera Paita Km. 1.5, margen izquierda, distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura. Coordenadas Geograficas Longitud Oeste: 80° 42' 21.6" Latitud Sur : 04° 54' 33.1" MORDAZA de Servicio : El area comprendida dentro del contorno de 62 dBµV/m Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, en consecuencia vencera el 6 de MORDAZA de 2013 La Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 20730

aplicables en virtud del mandato contenido en la Primera Disposicion Final y Transitoria del acotado Reglamento; Que, mediante Informe Nº 1196-2005-MTC/17.01.ssr, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, senala que la solicitud presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA UCHOFEN cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona la autorizacion y permiso solicitados; senalandose ademas que debe establecerse como obligacion, a cargo de la MORDAZA mencionada persona, la MORDAZA del proyecto de comunicacion dentro del periodo de instalacion y prueba, documento que es requerido por la administracion a efectos de evaluarse el cumplimiento de las obligaciones legales derivadas del otorgamiento de la autorizacion; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobada por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 108-2004-MTC/03 ; y, Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA UCHOFEN, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada, en la localidad de Urcos - Oropesa, departamento de Cusco; de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion: Condiciones Esenciales Modalidad Frecuencia Finalidad : SERVICIO DE RADIODIFUSION SONORA EN FM : 96.5 MHz : COMERCIAL

Otorgan autorizacion a persona natural para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en FM en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 590-2005-MTC/03 MORDAZA, 30 de noviembre del 2005 VISTO, el Expediente Nº 2004-018855 presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA UCHOFEN, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada, en la localidad de Urcos Oropesa, departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de las modalidades, se requiere de autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television establece que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de permiso, el cual es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º del la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 183º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones senala que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicha MORDAZA se detallan, asimismo debe acompanarse la documentacion tendiente a verificar el cumplimiento del articulo 25º del Reglamento de la Ley de Radio y Television; normas

Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision Potencia Nominal del Transmisor : OBQ-7Z : 256KF8E : 0.25 kW

Ubicacion de la Estacion: Estudios : MORDAZA Belaunde Nº 370, distrito Urcos, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco. Coordenadas Geograficas: Longitud Oeste: 71° 37' 01" Latitud Sur : 13° 41' 30" Planta : Cerro Mollebamba, distrito de Urcos, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco.

Coordenadas Geograficas: Longitud Oeste: 71° 36' 37" Latitud Sur : 13° 42' 16" MORDAZA de Servicio : El area comprendida dentro del contorno de 66 dBµV/m

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiocomunicacion correspondientes. El plazo de la autorizacion y del permiso concedidos se computaran a partir del dia siguiente de notificada la presente Resolucion, la cual ademas sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual el titular de la autorizacion debera cumplir con las obligaciones que a continuacion se indican:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.