Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2005 (08/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de diciembre de 2005

en dicha MORDAZA se detalla, MORDAZA aplicable en virtud del mandato contenido en la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television; asimismo debe acompanarse el proyecto de comunicacion, en aplicacion de la Cuarta Disposicion Final y Transitoria del acotado Reglamento; Que, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 1154-2005MTC/17.01.ssr, opina que la estacion del servicio de radiodifusion en frecuencia modulada ubicada en el distrito de Sullana, se encuentra en aptitud tecnico y legal para continuar operando el servicio de radiodifusion y cumple con los requisitos tecnicos y legales correspondientes, por lo que emite su conformidad a la solicitud de renovacion de la citada empresa, incluyendose el aumento de potencia y adecuacion del MORDAZA de emision conforme a lo establecido en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado de su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobados por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03; y, Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada a la EMPRESA DE RADIODIFUSION MORDAZA NORTE E.I.R.L., para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Sullana, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion: Condiciones Esenciales Servicio Frecuencia Modalidad : Radiodifusion Sonora - FM : 99.3 MHz : Comercial

RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 587-2005-MTC/03 MORDAZA, 30 de noviembre del 2005 VISTA, la Solicitud Registro Nº 2002-013746, presentada por la EMPRESA DE RADIODIFUSION MORDAZA NORTE E.I.R.L., sobre renovacion de autorizacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), ubicada en el distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 214-93-TCC/15.17 del 6 de MORDAZA de 1993, se autorizo por el plazo de diez (10) anos a la EMPRESA DE RADIODIFUSION MORDAZA NORTE E.I.R.L, la operacion de dos (02) estaciones de radiodifusion sonora, una en Frecuencia Modulada, y la otra en Onda Media, MORDAZA ubicadas en el distrito y provincia de Sullana, departamento de MORDAZA, cuya vigencia se computa a partir de la fecha de emision del resolutivo autoritativo; Que, conforme el articulo 15º de la Ley de Radio y Television, concordando con el ar ticulo 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 201º y 205º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones senalan que para obtener la renovacion de la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion es necesario cumplir con los requisitos que en dicha MORDAZA se detalla, MORDAZA aplicable en virtud del mandato contenido en la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television; asimismo debe acompanarse el proyecto de comunicacion, en aplicacion de la Cuarta Disposicion Final y Transitoria del acotado Reglamento; Que, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 1154-2005MTC/17.01.ssr, opina que la estacion del servicio de radiodifusion en onda media ubicada en el distrito de Sullana, se encuentra en aptitud tecnico y legal para continuar operando el servicio de radiodifusion y cumple con los requisitos tecnicos y legales correspondientes, por lo que emite su conformidad a la solicitud de renovacion de la citada empresa, incluyendose la adecuacion del MORDAZA de emision conforme a lo establecido en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado de su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobados por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03; y, Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada a la EMPRESA DE RADIODIFUSION MORDAZA NORTE E.I.R.L., para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en el distrito y provincia de Sullana, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion: Condiciones Esenciales Servicio Frecuencia Modalidad : Radiodifusion Sonora - OM : 860 KHz : Comercial

Caracteristicas Tecnicas Indicativo Emision Potencia Nominal del Transmisor Ubicacion de la Estacion Estudios y Planta : OCZ-1S : 256KF8E : 250 W : : MORDAZA Ugarteche Nº 490, distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura. Coordenadas Geograficas Longitud Oeste: 80° 41' 08" Latitud Sur : 04° 53' 21.2" : El area comprendida dentro del contorno de 66 dBµV/m

MORDAZA de Servicio

Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, en consecuencia vencera el 6 de MORDAZA de 2013. La Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Articulo 3º.- La Titular de la autorizacion esta obligada a trasladar la planta de transmision de la estacion fuera del perimetro MORDAZA en el plazo de siete (7) anos, computados a partir del 1 de MORDAZA de 2005, de acuerdo a lo senalado en la Setima Disposicion Final y Transitoria del Reglamento General de la Ley de Radio y Television. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 20729

Caracteristicas Tecnicas Indicativo Emision : OCX-1M : 10K0A3EGN

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