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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (16/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 44

PÆg. 306314 NORMAS LEGALES Lima, viernes 16 de diciembre de 2005 Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Los Huacos, ubicado en el distrito de Hualmay, provincia de Huacho, departamento de Lima; Que, con Informe Nº 757-2005-INC/DREPH/DA/ SDIC/CJCG de fecha 18 de noviembre de 2005, la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, recomienda se declare Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Los Huacos, ubicado en el distrito de Hualmay, provincia de Huacho, departamento de Lima; Que, mediante Acuerdo Nº 711 de fecha 25 de noviembre de 2005 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declare Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Los Huacos, ubicado en el distrito de Hualmay, provincia de Huacho, departamento de Lima; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Los Huacos, ubicado en el distrito de Hualmay, provincia de Huacho, departamento de Lima. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Arqueología de la Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio del Instituto Nacional de Cultura, la elaboración del expediente técnico del sitio arqueológico mencionado en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del sitio arqueológico declarado “Patrimonio Cultural de la Nación”, debe contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 21178 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1663/INC Lima, 5 de diciembre de 2005 VISTO, el Oficio 1321-2005-AG-PETT-DE-DTSL de fecha 17 de agosto de 2005 del Ing. Domingo Jaime Portugués Arias, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Oficio Nº 1321-2005-AG-PETT-DE- DTSL de fecha 17 de agosto de 2005 del Ing. Domingo Jaime Portugués Arias, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural delMinisterio de Agricultura, remite expedientes técnicos de delimitación de sitios arqueológicos ubicados en el departamento de Lima, elaborados por la Lic. Nohemí Ortiz Castillo; Que, con Informe Nº 629-2005-INC/DREPH/DA/ SDIC/JPRB de fecha 28 de setiembre de 2005, la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, observa los expedientes técnicos de los sitios arqueológicos Chamallanca B y Chillaco Chico, ubicado en el departamento de Lima y con Oficio Nº 1928-INC-2005/DREPH-INC-DA-D de fecha 29 de setiembre de 2005 la Lic. Alejandra Figueroa Flores, Directora de Arqueología de la Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico remite las observaciones técnicas; Que, según Oficio Nº 1804-2005-AG-PETT-DE-DTSL de fecha 2 de noviembre de 2005 el Ing. Domingo Jaime Portugués Arias, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura, remite los expedientes técnicos corregidos de los sitios arqueológicos Chamallanca B y Chillaco Chico, ubicados en el departamento de Lima; Que, con el Informe Nº 778-2005-INC/DREPH/DA/ SDIC/JPRB de fecha 15 de noviembre de 2005, la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, concluye que los expedientes técnicos no presentan observaciones; Que, mediante Acuerdo Nº 698 de fecha 25 de noviembre de 2005, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los Sitios Arqueológicos Chamallanca B y Chillaco Chico, ubicados en el distrito de Antioquía, provincia de Huarochirí, departamento de Lima; - Aprobar el Plano Perimétrico del Sitio Arqueológico Chamallanca B, Nº 227-INC-PETT-2005, de fecha abril de 2005, con un área de 0.7109 Ha, y un perímetro de 427.25 m, a escala 1/1000, ubicado en el distrito de Antioquía, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; - Aprobar el Plano Perimétrico del Sitio Arqueológico Chillaco Chico, Nº 228-INC-PETT-2005, de fecha abril de 2005, con un área de 0.7109 Ha, y un perímetro de 427.25 m, a escala 1/1000, ubicado en el distrito Antioquía, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los Sitios Arqueológicos Chamallanca B y Chillaco Chico, ubicados en el distrito de Antioquía, provincia de Huarochirí, departamento de Lima. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico del Sitio Arqueológico Chamallanca B, Nº 227-INC-PETT-2005, de fecha abril de 2005, con un área de 0.7109 Ha, y un perímetro de 427.25 m, a escala 1/1000, ubicado en el distrito Antioquía, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 3º.- Aprobar el Plano Perimétrico del Sitio Arqueológico Chillaco Chico, Nº 228-INC-PETT-2005, de fecha abril de 2005, con un área de 0.7109 Ha, y un perímetro de 427.25 m, a escala 1/1000, ubicado en el distrito Antioquía, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 4º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación de los Sitios