Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2005 (30/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, viernes 30 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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cuales desempena su funcion, precisandose la observancia de la entidad en el cumplimiento de estas normas, y las situaciones que posibilitan o impiden el normal desarrollo de las funciones encargadas. 1.1 Organizacion y Funcionamiento. Estructura Organica del OCI, nivel jerarquico y su funcionamiento en la entidad, bajo las disposiciones establecidas por la CGR. 1.2 Implementacion y asignacion de recursos. Cuadro para Asignacion de Personal del OCI, recursos asignados, su condicion laboral, recursos materiales y logisticos. Capitulo 2. DESEMPENO FUNCIONAL DEL OCI Contiene este capitulo el desarrollo de las obligaciones asignadas al OCI tanto por el Plan Anual de Control como por las leyes especificas y la Contraloria General, ajustando su contenido a las exigencias de cada uno de estos instrumentos; expresando tambien en este apartado la informacion presupuestaria y financiera sobre el uso de recursos publicos. 2.1 Acciones ejecutadas segun el Plan Anual de Control 2.1.1 Acciones de Control Programadas y no Programadas, incluyendo Auditoria a los Estados Financieros e Informacion Financiera 2.1.2 Actividades de Control Programadas y No Programadas, incluyendo Evaluacion de Cumplimiento de Medidas de Austeridad y Racionalidad en el gasto publico 2.1.3 Seguimiento y Evaluacion de Medidas Correctivas 2.1.4 Verificacion de Denuncias 2.2 Acciones Preventivas en apoyo a la Gestion Regional / Local (Expresa el rol proactivo del OCI y mide el cumplimiento de la politica impartida por la Contraloria General). 2.3 Areas de Riesgo del Gobierno Regional / Local (Riesgo de Operaciones, de inversiones, financiero y administrativo: informacion util para las labores de fiscalizacion del Concejo). Capitulo 3. RECOMENDACIONES En este capitulo se incluiran las recomendaciones vinculadas con los resultados del ejercicio funcional del OCI durante el periodo terminado, las mismas que seran planteadas con fines de mejora de los controles internos, de aplicacion inmediata de medidas correctivas respecto de las recomendaciones formuladas en los Informes de Acciones de Control y, de ser el caso, en cuanto a la adecuada implementacion del Organo de Control. Capitulo 4. ANEXOS Contiene este apartado la diversa documentacion que respalda los argumentos sustentados en el cuerpo del Informe Anual. 2. Los Jefes de los OCI presentaran habitualmente el Informe Anual al Consejo Regional o Concejo Municipal correspondiente al ejercicio terminado dentro de los primeros quince dias del mes de enero del siguiente ano, debiendo remitir un ejemplar (1) a la Contraloria General de la Republica conjuntamente con el diskette que contiene la informacion. 3. Es de estricta observancia a los Jefes de los OCI la Directiva N° 003-2004-CG/SGE, "Normas sobre difusion y acceso a los Informes de Control Gubernamental", que senala que el ejercicio del control gubernamental se rige por los principios de reserva y publicidad, y establece las situaciones en que se considera que cesa el MORDAZA de reserva de control y opera el de publicidad, precisando que este MORDAZA de reserva se mantiene cuando un Informe de Control emitido por un Organo de Control Interno o Sociedad de Auditoria se encuentra con instrucciones de reformulacion por parte de la Contraloria General. 4. En cumplimiento de la Directiva citada en el numeral precedente, la difusion en el MORDAZA electronico de las

observaciones, conclusiones y recomendaciones de las acciones de control desarrolladas, solo se podra hacer publica o proporcionar la informacion generada respecto de la cual MORDAZA cesado el MORDAZA de reserva, segun lo previsto en el numeral 7.4 de la referida Directiva. 5. Para efectos de guardar uniformidad en la elaboracion del Informe Anual, se consigna la definicion de algunos conceptos basicos aplicables al capitulo 2, siendo estos: a. Plan Anual de Control.- Instrumento orientador de la gestion de los OCI en materia de control gubernamental, que contiene el total de Acciones de Control Posterior y Actividades de Control Programadas por el OCI en las entidades publicas durante un ano b. Acciones de Control Posterior.- Son aquellas acciones de caracter selectivo y posterior, que se efectuan mediante la aplicacion de normas y procedimientos de control gubernamental, de cuyos resultados se emiten los correspondientes Informes, con el debido sustento tecnico y legal, constituyendo prueba preconstituida para el inicio de acciones legales si las hubiera. Se efectua mediante Auditorias Financieras, Auditorias de Gestion y Examenes Especiales. c. Actividades de Control.- Comprende todas las actividades que no constituyen Accion de Control, tales como: Formulacion del Plan Anual de Control y su evaluacion, Seguimiento y Evaluacion de Medidas Correctivas, Atencion de encargos que no constituyan Acciones de Control Posterior, Evaluacion de Denuncias, Evaluacion los Controles Internos, entre otros. d. Seguimiento y Evaluacion de Medidas Correctivas.- Consiste en la verificacion de parte de los OCI respecto de las acciones adoptadas por la administracion de la entidad sobre las recomendaciones emitidas en los informes de control por los OCI, las Sociedad de Auditoria Externa y la Contraloria General de la Republica. VIII. DISPOSICIONES FINALES 1. La Gerencia de los Organos de Control Institucional de la Contraloria General es el organo competente para absolver las consultas que se formulen sobre la aplicacion de esta Directiva. 2. El Informe Anual del ejercicio 2005 y aquellos de los ejercicios siguientes, dispuesto por la Ley N° 27867, Ley Organica del Gobiernos Regionales, y Ley N° 27972, Ley Organica de Gobiernos Locales, que deben emitir los Jefes de los OCI se sujetaran a la estructura y contenido de la presente Directiva. 3. Las disposiciones contenidas en la presente Directiva regiran a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. 22099

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delitos en agravio de la Municipalidad Distrital de Socabaya
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 550-2005-CG MORDAZA, 28 de diciembre de 2005 VISTO, el Informe Especial N° 379-2005-CG/ORAR, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Socabaya, Region MORDAZA, por el periodo comprendido del 1.Ene.2002 al 31.Dic.2003, incluyendo operaciones anteriores a dicho periodo; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Operativo de la Oficina Regional de Control MORDAZA para el ano 2004, se efectuo un examen especial a la Municipalidad Distrital de Socabaya, Region Arequipa; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision Auditora ha evidenciado irregularidades en el MORDAZA de seleccion del proveedor y en la adquisicion de

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