Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2005 (30/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, viernes 30 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Regional Grau Bayovar S.A., ubicada en el departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, mediante Cartas Nºs. 341, 357 y 371-2005-MGBGG, el Gerente General de la Empresa Minera Regional Grau Bayovar S.A. solicita autorizacion para conducir directamente el MORDAZA de seleccion de una Sociedad de Auditoria, manifestando que su representada se encuentra inmersa en el Decreto Legislativo Nº 674 Ley de Promocion de la Inversion Privada de las Empresas del Estado, encontrandose proxima a su liquidacion y que con fecha 19 de MORDAZA del ano en curso se suscribio el Contrato de Transferencia de las Concesiones Mineras con la Empresa Brasilena MORDAZA Do Rio Doce; habiendo quedado paralizadas sus operaciones por disposicion de FONAFE y PROINVERSION a partir de esa fecha; indicando, asimismo, que el presupuesto para el pago de la retribucion economica de la Sociedad es de S/.5,950.00 incluido el Impuesto General a las Ventas; Que, el articulo 48º del Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 140-2003-CG, establece que cuando por razones de distancia resulte onerosa la contratacion de Sociedades residentes en la capital de la Republica, las Entidades cuyas sedes se encuentren ubicadas en provincias pueden solicitar a la Contraloria General de la Republica autorizacion para conducir directamente un MORDAZA de seleccion para la designacion de una Sociedad domiciliada en la region o MORDAZA geografica aledana, precisando que la solicitud debera sustentar los motivos de la onerosidad invocada; Que, el articulo 50° del citado Reglamento senala que el MORDAZA de seleccion a cargo de la entidad se encuentra sujeta a lo establecido por sus articulos 21°, 22° y 23°, estableciendose asimismo, que el MORDAZA de seleccion se realiza a traves de un concurso de meritos por invitacion, debiendo la Entidad invitar, por lo menos a tres (3) Sociedades que cumplan los requisitos senalados en las bases y el referido Reglamento; Que, conforme a la evaluacion efectuada en el documento del visto, la solicitud efectuada por la Empresa Minera Regional Grau Bayovar S.A., esta de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 48º del Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria, por lo que resulta pertinente otorgar la autorizacion solicitada; En uso de las atribuciones conferidas por los articulos 22° y 32° de la Ley N° 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y de conformidad con lo establecido en los articulos 48º y 50º del Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Empresa Minera Regional Grau Bayovar S.A., a conducir directamente el MORDAZA de seleccion para la designacion de una sociedad de auditoria que realice la auditoria a los estados financieros, examen especial a la informacion presupuestaria y aspectos operativos, correspondiente al ejercicio economico 2005, de la citada empresa. Articulo Segundo.- La Empresa Minera Regional Grau Bayovar S.A. debera realizar el MORDAZA de seleccion conforme a las bases aprobadas y al Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria; asimismo, mantendra informada a la Contraloria General sobre la ejecucion y resultados del proceso. Articulo Tercero.- La Sociedad de Auditoria designada debera encontrarse inscrita y habil en el "Registro de Sociedades Calificadas para la Designacion y Contratacion de Auditorias en las Entidades Sujetas a Control" de la Contraloria General de la Republica. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoria la supervision de lo autorizado en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 22098

Aprueban Directiva "Estructura y Contenido del Informe Anual Emitido por los Jefes de los Organos de Control Regional y Local ante el Consejo Regional o Concejo Municipal"
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 549-2005-CG MORDAZA, 28 de diciembre de 2005 Visto; la Hoja de Recomendacion N° 089-2005-CG/ OCI, mediante la cual se pone a consideracion el Proyecto de Directiva N° 002-2005-CG/OCI-GSNC, "Estructura y Contenido del Informe Anual emitido por los Jefes de los Organos de Control Regional y Local ante el Consejo Regional o Concejo Municipal", emitida por la Gerencia de Organos de Control Institucional de la Gerencia Central del Sistema Nacional de Control; CONSIDERANDO: Que, el articulo 16° de la Ley N° 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, establece que la Contraloria General es el ente tecnico rector del Sistema Nacional de Control, que tiene como mision dirigir y supervisar con eficiencia y eficacia el control gubernamental, orientando su accionar al fortalecimiento y transparencia de la gestion de las entidades, la promocion de valores y la responsabilidad de los funcionarios y servidores publicos, asi como contribuir con los Poderes del Estado en la toma de decisiones y con la ciudadania para su adecuada participacion en el control social; Que, conforme lo establece el articulo 21° de la Ley N° 27785 MORDAZA citada, la Contraloria General y los Organos de Control Institucional ejercen la funcion de control gubernamental con arreglo a lo establecido en dicha ley y las disposiciones que emite la Contraloria General para normar sus actividades, siendo su cumplimiento objeto de supervision permanente por el ente tecnico rector del Sistema; Que, el articulo 29° del Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado por Resolucion de Contraloria N° 114-2003-CG, contempla como una de las funciones de los Organos de Control Regional, evaluar e informar al Presidente Regional sobre el cumplimiento de los planes, programas y metas del Gobierno Regional en concordancia con los lineamientos y disposiciones impartidas por la Contraloria General; Que, el articulo 77° de la Ley N° 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, preve que el Jefe del Organo de Control Regional emite informes anuales al Consejo Regional acerca del ejercicio de sus funciones y del estado del control del uso de los recursos y fondos publicos, precisandose que estos informes tienen el caracter de publicos; Que, conforme al articulo 30° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Jefe del Organo de Auditoria Interna emite informes anuales al Concejo Municipal acerca del ejercicio de sus funciones y del estado del control del uso de los recursos municipales; Que, de acuerdo con lo recomendado por el documento de visto, resulta conveniente dictar las disposiciones pertinentes para establecer criterios uniformes para la formulacion del Informe Anual, siendo necesario plantear la estructura y contenido de dicho Informe a efecto de uniformizar la informacion del estado del uso de recursos y fondos publicos; En ejercicio de las atribuciones conferidas en el articulo 32° de la Ley N° 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva N° 002-2005CG/OCI-GSNC "Estructura y Contenido del Informe Anual emitido por los Jefes de los Organos de Control Regional y Local ante el Consejo Regional o el Concejo Municipal", la misma que forma parte integrante de la presente Resolucion.

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