Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2005 (30/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, viernes 30 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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consecuencia de la independizacion de las unidades inmobiliarias, subdivision de terrenos, o la culminacion de proyectos de habilitacion MORDAZA en ejecucion; Que, mediante Ley Nº 28579 se dispuso la conversion del Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda ­ Fondo MIVIVIENDA en una sociedad anonima denominada Fondo MIVIVIENDA S.A., cuyo objeto social sera dedicarse a la promocion y financiamiento de la adquisicion, mejoramiento y construccion de viviendas, especialmente las de interes social, a la realizacion de actividades relacionadas con el fomento del flujo de capitales hacia el MORDAZA de financiamiento para vivienda, a la participacion en el MORDAZA primario y MORDAZA de creditos hipotecarios, asi como a contribuir con el desarrollo del MORDAZA de capitales; Que, la Tercera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28579, senala que una vez culminado el ejercicio 2005, el Fondo MIVIVIENDA S.A. podra recibir del Poder Ejecutivo el encargo de administrar el MORDAZA Familiar Habitacional y los fondos del Programa Techo Propio, mediante la suscripcion de un convenio con las entidades competentes y cuyos terminos seran aprobados previamente por el Directorio del Fondo MIVIVIENDA S.A.; Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-2005VIVIENDA se dispuso que el Fondo MIVIVIENDA S.A., continuara con la administracion del MORDAZA Familiar Habitacional y de los fondos del Programa Techo Propio, hasta que dicha empresa suscriba el Convenio al que hace referencia la Tercera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28579; Que, de acuerdo al articulo 3º del Decreto Supremo Nº 024-2005-VIVIENDA, mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento se dictaran las disposiciones que se consideren necesarias para la ejecucion de lo dispuesto en el citado Decreto Supremo; Que, es necesario dictar las disposiciones para posibilitar la continuidad de la administracion del MORDAZA Familiar Habitacional y de los fondos del Programa Techo Propio a la que se refiere el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 024-2005-VIVIENDA; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27792, Ley Nº 28579 y el Decreto Supremo Nº 024-2005VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Disponer que los gastos que genere la Administracion del MORDAZA Familiar Habitacional y de los fondos del Programa Techo Propio, dispuesta por el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 024-2005-VIVIENDA, seran financiados con cargo a los recursos de la entidad administradora. Dichos gastos seran materia de reconocimiento en el convenio al que hace referencia el citado Decreto Supremo. Registrese, comuniquese y publiquese. RUDECINDO MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 22104

Aprueban transferencia financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Yauyos para ejecutar obra de mejoramiento del Sistema de Alcantarillado de Yauyos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 328-2005-VIVIENDA MORDAZA, 29 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 322-2005VIVIENDA se aprobo la transferencia financiera hasta por un monto total de S/. 1´035 568,00 (Un Millon Treinta

y Cinco Mil Quinientos Sesenta y Ocho con 00/100 Nuevos Soles), a favor de la Municipalidad Provincial de Yauyos, para la ejecucion de la Obra "Mejoramiento del Sistema de Alcantarillado de Yauyos", Codigo SNIP 7282; Que, asimismo en la citada Resolucion Ministerial se preciso que la transferencia financiera aprobada se realizaria con cargo al presupuesto institucional modificado para el ano fiscal 2005 de la Unidad Ejecutora 004 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento ­ PARSSA del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Actividad 1 00060 "Asistencia a las Instituciones Privadas y Publicas", en la fuente Recursos Ordinarios, y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente; indicandose que los terminos y obligaciones de las partes en la acotada transferencia financiera estaria prevista en el Convenio Especifico de Transferencia de Recursos, donde se establecera las condiciones de dicha transferencia para la ejecucion del proyecto "Mejoramiento del Sistema de Alcantarillado de Yauyos", Codigo SNIP 7282; Que, mediante el Oficio Nº 0214-2005-A/MPY la Alcaldia Provincial de Yauyos solicito al Director Ejecutivo del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento ­ PARSSA del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, se le otorgue la totalidad del financiamiento del proyecto "Mejoramiento del Sistema de Alcantarillado de Yauyos", Codigo SNIP 7282, cuya accion significaria una transferencia financiera por la suma de S/. 961, 075.00 (Novecientos sesenta y un mil setenta y cinco con 00/100 Nuevos Soles), la misma que consta en su Acuerdo de Concejo de fecha 22 de diciembre de 2005; Que, mediante Resolucion de Secretaria General Nº 101-2005/VIVIENDA/SG del 25 de noviembre de 2005, se autoriza la modificacion presupuestaria en el nivel Funcional programatico en el Presupuesto Institucional del Pliego 037, habilitandose recursos a la Unidad Ejecutora Nº 004 para el Proyecto "Mejoramiento del Sistema de Alcantarillado de Yauyos"; Que, con Memorandum Nº 1644-2005/VIVIENDA/ OGPP, la Direccion General de Planificacion y Presupuesto de Pliego manifiesta que se cuenta con disponibilidad presupuestal para la transferencia financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Yauyos hasta por un monto de S/. 961, 075,00, en la Actividad 1.00060 Asistencia a Instituciones Privadas y Publicas, componentes 3.00202, Meta 00005 Mejoramiento del Sistema de Alcantarillado Yauyos, Especifica de Gatos 40 Subvenciones Sociales, en la fuente Recursos Ordinarios, que permitiran financiar lo solicitado en el presente ano fiscal; Que, con Informe Nº 044-2005/VIVIENDA/VMCS/ PARSSA/DI, la Direccion De Ingenieria del PARSSA opina que es procedente la transferencia financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Yauyos, a efectos que esta ejecute el integro de la Obra "Mejoramiento del Sistema de Alcantarillado de Yauyos"; Que, de conformidad con el literal a) del articulo 4º de la Ley Nº 27792 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, es funcion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, entre otras, la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a Ley; Que, asimismo, de conformidad con el literal I) del articulo 8º del Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, se establece como una de sus funciones generales, la de generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestacion, en especial de los sectores de menores recursos economicos; Que, de acuerdo al numeral 75.4 del articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28500, se establece, entre otros, que son consideradas tambien Transferencias Financieras las que realiza el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para proyectos de inversion de agua potable y alcantarillado, aprobando las referidas Transferencias Financieras mediante resolucion del Titular del Pliego que sera obligatoriamente

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