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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G37/G38/G31/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de diciembre de 2005 RELACIONES EXTERIORES /G50/G72/G6F/G6D/G75/G65/G76/G65/G6E/G20/G61/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G69/G70/G6C/G6F/G6D/GE1/G74/G69/G63/G6F/G73 /G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G63/G61/G74/G65/G67/G6F/G72/GED/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G45/G6D/G62/G61/G6A/G61/G64/G6F/G72/G20/G79 /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G44/G69/G70/G6C/G6F/G6D/GE1/G74/G69/G63/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 340-2005-RE Lima, 29 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al artículo 130º del Reglamento del Servicio Diplomático, Decreto Supremo Nº 130-2003- RE, las promociones en el Servicio Diplomático, que son efectivas a partir del 1 de enero de cada año, deben ser aprobadas mediante Resolución Suprema para las categorías de Embajador y Ministro, y mediante Resolución Ministerial para las restantes categorías; Que, conforme a lo dispuesto en la citada disposición las referidas resoluciones deben ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano antes del 31 de diciembre de cada año; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 969/RE de fecha 12 de setiembre de 2005, se designó a la Comisión de Personal responsable de elaborar la propuesta del cuadro anual promociones de los funcionarios del Servicio Diplomático de la República correspondiente al año 2005; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 228-2005- RE de 3 de octubre de 2005, se aprobó el número de vacantes por categoría para los funcionarios del Servicio Diplomático de la República aptos para ser ascendidos con fecha 1 de enero de 2006; y que la Resolución Suprema Nº 336-2005-RE de 23 de diciembre de 2005, dispuso ampliar el número de vacantes para el proceso de promociones correspondientes al año 2005 para las categorías de Embajador, Ministro, Ministro Consejero,Consejero y Primer Secretario del Servicio Diplomático de la República; Que, de conformidad al artículo 129º y 130º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, el Cuadro Anual de Promociones constituye una propuesta que será entregada por la Comisión de Personal, para la consideración y decisión del Ministro de Relaciones Exteriores y del señor Presidente de la República, según corresponda; Vista la opinión de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores, contenida en el Memorándum (AJU) Nº 349, de 13 de diciembre de 2005, respecto a que "la propuesta del Cuadro Anual de Promociones es una recomendación sobre ascensos hecha por una Comisión Especial, teniendo en consideración las notas que asignaron a cada funcionario diplomático de conformidad con los criterios de calificación antes referidos"; Teniendo en consideración la propuesta de la Comisión de Personal del Cuadro Anual de Promociones; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 17 de octubre de 2003; y su Reglamento, el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, de 10 de diciembre de 2003; SE RESUELVE: Artículo Único.- Promover, a partir del 1 de enero de 2006, a los siguientes funcionarios diplomáticos: A la categoría de Embajador en el Servicio Diplomático de la República a los siguientes Ministros: 1. Sandoval Dávila, Luis Fernando Augusto 2. Bérninzon Devéscovi, Carlos Oscar Enrique 3. Rojas Escalante, Vicente 4. Luis Gilberto Mendivil Canales A la categoría de Ministro en el Servicio Diplomático de la República a los siguientes Ministros Consejeros: 1. Chuquihuara Chil, Alfredo Raúl2. Castañon de Garaycochea, María Milagros 3. López Chavarri, Mario Juvenal 4. Riveros Nalvarte, Hernán Alejandro 5. Soarez Documet, Manuel Jesús 6. Falconí Suárez, Enrique 7. Morelli Salgado, Augusto 8. Polo Castañeda, Carlos Rafael 9. Mundaca Iturregui, Tulio Alberto Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 22186 /G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65 /G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G44/G69/G70/G6C/G6F/G6D/GE1/G74/G69/G63/G6F/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G2C/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1439-2005-RE Lima, 29 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al artículo 130º del Reglamento del Servicio Diplomático, Decreto Supremo Nº 130-2003- RE, las promociones en el Servicio Diplomático, que son efectivas a partir del 1 de enero de cada año, deben ser aprobadas mediante Resolución Suprema para las categorías de embajador y ministro, y mediante Resolución Ministerial para las restantes categorías; Que, conforme a lo dispuesto en la citada disposición las referidas resoluciones deben ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano antes del 31 de diciembre de cada año; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 969/RE, de fecha 12 de setiembre de 2005, se designó a la Comisión de Personal responsable de elaborar la propuesta del cuadro anual promociones de los funcionarios del Servicio Diplomático de la República correspondiente al año 2005; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 228-2005- RE de 3 de octubre de 2005, se aprobó el número de vacantes por categoría para los funcionarios del Servicio Diplomático de la República aptos para ser ascendidos con fecha 1 de enero de 2006; y que la Resolución Suprema Nº 336-2005-RE de 23 de diciembre de 2005, dispuso ampliar el número de vacantes para el proceso de promociones correspondientes al año 2005 para las categorías de Embajador, Ministro, Ministro Consejero y Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República; Que, de conformidad al artículo 129º y 130º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, Decreto Supremo Nº 130-RE-2005, el Cuadro Anual de Promociones constituye una propuesta que será entregada por la Comisión de Personal, para la consideración y decisión del Ministro de Relaciones Exteriores y del señor Presidente de la República, según corresponda; Vista la opinión de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores, contenida en el Memorándum, (AJU) Nº 349, de 13 de diciembre de 2005, respecto a que "la propuesta del Cuadro Anual de Promociones es una recomendación sobre ascensos hecha por una Comisión Especial, teniendo en consideración las notas que asignaron a cada funcionario diplomático de conformidad con los criterios de calificación antes referidos"; Teniendo en consideración la propuesta de la Comisión de Personal del Cuadro Anual de Promociones; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 17 de octubre de 2003; y su Reglamento, el Decreto Supremo Nº 130/RE, de 10 de diciembre de 2003;