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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G35/G36/G33/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 28 de enero de 2005 de la Marina de Guerra del Perú, haya realizado los tra- bajos de campo para la determinación de las coordena-das geográficas, ellos serán remitidos al Congreso de laRepública para su consideración y eventual aprobación,mediante la respectiva ley; Que, a través del artículo 1º de la Resolución Su- prema Nº 274-2003-RE, de 7 de noviembre de 2003,se encargó a la Dirección de Hidrografía y Navega-ción de la Marina de Guerra del Perú, en coordina-ción con la Dirección Nacional de Soberanía y Lími-tes del Ministerio de Relaciones Exteriores, la reali-zación de los trabajos de campo que permitan el le-vantamiento de la línea de baja marea referida a lasbajamares de sicigias ordinarias, plano que estable-ce el cero hidrográfico o dátum vertical de las cartasnáuticas nacionales; Que, mediante el artículo 2º de la Resolución Su- prema Nº 274-2003-RE se autorizó a la DirecciónNacional de Hidrografía y Navegación de la Marina deGuerra del Perú a tener en cuenta, para la identifica-ción de las líneas de base, los criterios establecidosen el Decreto Supremo Nº 052-2003-RE y las orienta-ciones técnicas establecidas en la citada ResoluciónSuprema; Que, a través del artículo 3º de la mencionada Reso- lución Suprema se resolvió conformar una ComisiónTécnica encargada de la coordinación, supervisión einterpretación de los trabajos de campo destinados aestablecer las líneas de base, cuya composición fuemodificada mediante la Resolución Suprema Nº 137-2004-RE, de 20 de abril de 2004; Que, resulta necesario actualizar la composición de la citada Comisión Técnica encargada de la coordina-ción, supervisión e interpretación de los trabajos de campodestinados a establecer las líneas de base a que aludeel artículo 54º de la Constitución; De conformidad con el artículo 3º literal 3) del Decre- to Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; el inciso l)del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánicadel Ministerio de Relaciones Exteriores; el artículo 3º dela Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la Re-pública; el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de laRepública; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar a los miembros de la Comisión Técnica creada por la Resolución Suprema Nº274-2003-RE, de 7 de noviembre de 2003 y su modifica-toria: - Embajador en el Servicio Diplomático de la Repúbli- ca Jorge Chávez Soto, Asesor del Ministro de Relacio-nes Exteriores en Asuntos del Derecho del Mar, Presi-dente de la Comisión; - Contralmirante AP Oleg Kriljenko Arnillas, Director de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra delPerú, Vicepresidente de la Comisión; - Ministra en el Servicio Diplomático de la República María Elvira Velásquez Rivas Plata, Directora de Asun-tos Marítimos y Antárticos, Secretaria Ejecutiva de laComisión; - Capitán de Fragata Luis Rodríguez Pomareda, de la Dirección de Información de la Marina de Guerra delPerú, Secretario Técnico de la Comisión; - Doctor Eduardo Ferrero Costa, Embajador del Perú en los Estados Unidos de América; - Doctor Fernando Pardo, Asesor Jurídico del Minis- terio de Relaciones Exteriores; - Doctor Fabián Novak Talavera, Director del Instituto de Estudios Internacionales de la Pontificia UniversidadCatólica del Perú; - Contralmirante AP (r) Jorge Brousset;- Contralmirante AP (r) Héctor Soldi;- Ministro Consejero en el Sevicio Diplomático de la República, Alfredo Chuquihuara, Director del Gabinetedel Ministro de Relaciones Exteriores; - Capitán de Corbeta, Héctor Bisbal Vásquez, de la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina deGuerra del Perú;- Capitán de Corbeta, Juan Ponce de León Novoa, de la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marinade Guerra del Perú; - Teniente Coronel EP Rodrigo Lavado Saldias, del Instituto Geográfico Nacional; - Comandante FAP Hugo Delgado Torres, del Servi- cio Aerofotográfico Nacional; - Consejera en el Servicio Diplomático de la Repúbli- ca, Marisol Agüero Colunga; - Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República, David Vergara; - Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República, Augusto Cabrera; - Tercer Secretario en el Servicio Diplomático de la República, Eynard Inti Zevallos; Artículo Segundo.- La Comisión podrá requerir la opinión de otros especialistas e invitarlos a participar ensus reuniones. Artículo Tercero.- La Comisión presentará al Minis- tro de Relaciones Exteriores, en un plazo no mayor asesenta días a partir de la publicación de la presenteResolución Suprema, un informe comprehensivo sobrelíneas de base que incluirá el resultado de los trabajosde campo y su interpretación técnico-jurídica, así comola propuesta legislativa pertinente. Artículo Cuarto.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Relaciones Exte-riores y de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 01997 SALUD /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G45/G73/G74/G61/G74/G75/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G50/G65/G2D /G72/G75/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G72/G75/G7A/G20/G52/G6F/G6A/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2005-SA Lima, 26 de enero del 2005 Visto el CNº 478/2004/CRP/P, presentado por el Pre- sidente de la Sociedad Peruana de la Cruz Roja, sobreaprobación de modificación de estatutos; CONSIDERANDO: Que el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 00429- 74-SA, establece que los Estatutos de la Sociedad Pe-ruana de la Cruz Roja deben ser aprobados por Resolu-ción Suprema; Que por Resolución Suprema Nº 045-96-SA se apro- baron los Estatutos de la Sociedad Peruana de la CruzRoja; Que mediante el documento de visto, el Presidente de la Sociedad Peruana de la Cruz Roja, comunica queen Asamblea Nacional llevada a cabo el 28 de agosto de2004, se aprobó la nueva constitución estatutaria de laSociedad Peruana de la Cruz Roja; De conformidad con lo previsto en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Estatuto de la Sociedad Pe- ruana de la Cruz Roja, el mismo que consta de ochenta