Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2005 (28/01/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 28 de enero de 2005

TITULO III.- DE LOS PREMIOS, FALTAS Y SANCIONES Articulo 11.- Los premios seran conferidos por meritos especiales y labor distinguida en favor de la Institucion y son los siguientes: a. MORDAZA de aplauso en Asamblea General, bajo MORDAZA en actas. b. Mencion honrosa por oficio bajo MORDAZA en actas. c. Diploma de honor al Merito. d. Trofeo personal por servicios distinguidos. e. "Medalla MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Bolona", MORDAZA distincion de la MORDAZA Roja Peruana. Todos estos premios y distinciones se otorgan conforme al Reglamento. Articulo 12.- Los Asociados y Voluntarios de la Asociacion solo pueden ser sancionados por cometer hechos tipificados en el Reglamento. El procedimiento regular para la aplicacion de las sanciones se establece en dicho Reglamento que se desarrolla bajo los principios del: a. Derecho a la informacion de los hechos que se imputan. b. Derecho a la Defensa. c. Derecho a doble instancia. CAPITULO IV TITULO I.- DEL PATRIMONIO SOCIAL Articulo 13.- El patrimonio de la MORDAZA Roja Peruana es unico a nivel nacional y esta constituido por los bienes muebles que figuran en los inventarios e inmuebles debidamente registrados en su margesi de bienes, legados, titulos, valores y otros que MORDAZA adquirido o adquiera a cualquier titulo. Articulo 14.- Son rentas de la Asociacion: a. Las cuotas de ingreso y cuotas mensuales de los Asociados. b. Las cuotas extraordinarias que acuerde la Asamblea Nacional. c. El producto de las colectas, y los ingresos por actividades de cualquier indole que pueda realizar la Asociacion. d. Las donaciones, legados, aportes de terceros, e. El usufructo de los bienes de su propiedad. TITULO II.- DEL PRESUPUESTO NACIONAL Articulo 15.- El ejercicio presupuestal tiene vigencia anual. Comienza el 1 de enero y termina el 31 de diciembre de cada ano. Las modificaciones al Presupuesto Nacional, deberan ser aprobadas por el Consejo Nacional mediante la Resolucion respectiva, con cargo a dar cuenta a la Asamblea Nacional. Articulo 16.- El Balance Anual y el Presupuesto Nacional de la Institucion, con la opinion favorable del Consejo Nacional sera aprobado en Asamblea Nacional durante el primer Cuatrimestre de cada ano. Articulo 17.- La ejecucion del Presupuesto Nacional sera evaluada, en forma semestral y anual. La evaluacion semestral sera practicada en el mes de agosto por el Consejo Nacional y Consejos Provinciales. CAPITULO V DE LA ORGANIZACION TITULO I.- DE LOS ORGANOS QUE LA COMPONEN Articulo 18.- La organizacion de la MORDAZA Roja Peruana es democratica, descentralizada y representativa en el ambito nacional y son sus organos los siguientes:

1. Organos Nacionales de Gobierno a. La Asamblea Nacional b. El Consejo Nacional 2. Organos Nacionales de Gestion: a. El Comite Ejecutivo Nacional 3. Organos de Control: a. Comite de Disciplina. b. Oficina de Auditoria Interna. 4.- Organos Consultivos: a. Comite de Finanzas. Los Asociados elegidos para desempenar los puestos en los Organos de Gobierno de la Asociacion, ejerceran sus cargos por un periodo de cuatro anos y solo podran ser reelegidos por un unico mandato mas para el mismo cargo. CAPITULO VI DE LOS ORGANOS NACIONALES DE GOBIERNO TITULO I.- LA ASAMBLEA NACIONAL Articulo 19.- La Asamblea Nacional es el Organo supremo de la Asociacion. Esta integrada por todos los Asociados activos habiles conforme al Estatuto, con derecho a MORDAZA y sus resoluciones son ejecutadas con caracter obligatorio. Los acuerdos constan en el Libro de Actas de Asamblea Nacional. La Asamblea Nacional esta integrada por: a. El Presidente Nacional, quien presidira la Asamblea b. El Vicepresidente y demas miembros del Consejo Nacional. c. Los Presidentes de las Filiales Provinciales d. Un delegado acreditado de cada Filial Provincial elegido por la Asamblea Provincial. No pueden ser elegidos Directivos de la Filial Provincial. e. Un Delegado de cada una de las siguientes entidades: Ministerio de Salud, Instituto Nacional Defensa Civil y Ministerio de Defensa. Estos Delegados tendran derecho a voz sin voto. La eleccion de sus miembros se efectua conforme al Reglamento. Articulo 20.- Son atribuciones de la Asamblea Nacional: a. Elegir al Presidente y al Consejo Nacional, de conformidad con el Reglamento. b. Aprobar la Mision y las Politicas Institucionales. c. Aprobar los estatutos y sus modificaciones asi como la disolucion de la Asociacion. d. Aprobar el Reglamento internos propuesto por el Consejo Nacional y velar por su actualizacion. e. Ratificar y avalar los Planes Estrategicos aprobados por el Consejo Nacional f. Aprobar el Informe Memoria Anual, Balance y los estados financieros anuales. g. Aprobar el presupuesto anual. h. Aprobar las adquisiciones y enajenaciones de inmuebles o valores o titulos cuyo precio exceda del limite que anualmente se fije en el presupuesto. i. Elegir y designar a los miembros del Comite Electoral Nacional. j. Conocer el Informe anual del Comite Disciplinario, del Comite de Finanzas y Auditoria Interna. k. Aprobar los actos de disposicion de bienes muebles, inmuebles, creditos, emprestitos e hipotecas l. Ratificar al Director Ejecutivo nombrado por el Consejo Nacional. m. Ratificar la designacion de miembros que el Consejo Nacional efectue en reemplazo o sustitucion de aquellos que dejen de ser Directivos

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