Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2005 (28/01/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 28 de enero de 2005

sejo Provincial las veces que sea necesaria mediante comunicaciones escritas que senalen la agenda, con una anticipacion de quince dias calendarios de la fecha fijada para su realizacion. Tambien podra ser convocada por el Presidente cuando lo soliciten por escrito no menos de la tercera parte de Asociados habiles que forman la Asamblea Provincial conforme al Estatuto, quienes indicaran el MORDAZA materia de la agenda. La citacion se realizara conforme a la primera parte de este articulo. Si no son atendidos en la solicitud en el plazo de quince dias de presentada la solicitud podran recurrir al Poder Judicial conforme a ley. Articulo 51.- El Asociado puede ser representado por otro socio con caracter especial en cada Asamblea, mediante carta simple, con firma legalizada notarialmente, dirigida al Presidente del Consejo Provincial Articulo 52.- El quorum de la Asamblea Provincial sera en primera convocatoria la mitad mas uno de los Asociados conforme al Estatuto. En MORDAZA convocatoria basta la presencia de un MORDAZA de los Asociados y los acuerdos se adoptaran con el MORDAZA de la mitad mas uno de los concurrentes. Cada Asociado tiene derecho a un voto. Articulo 53.- La Asamblea General sera dirigida por el Presidente, en ausencia o impedimento, por el Vicepresidente, por el Vocal mas antiguo o por el Director de debates elegido por la propia Asamblea. TITULO II.- DEL CONSEJO PROVINCIAL Articulo 54.- El Consejo Provincial es el organo de gobierno provincial y es elegido por la Asamblea Provincial por un periodo de cuatro anos. Sus acuerdos constan en el libro de actas del Consejo Provincial. Sus miembros pueden ser reelegidos por una sola vez y esta compuesto por: a. Presidente Provincial. b. Vicepresidente Provincial. c. Hasta cuatro Presidentes Distritales electos por la Asamblea. d. Cuatro vocales electos de entre los miembros de la Asamblea Provincial. Articulo 55.- Son funciones de los Consejos Provinciales: a. Velar por el adecuado uso del emblema de la MORDAZA Roja dentro de su ambito territorial y de acuerdo a lo previsto en los convenios internacionales y en la legislacion peruana. b. Formular y proponer a la Asamblea Provincial las lineas de actuacion de la MORDAZA Roja Peruana en el MORDAZA de su ambito provincial y de acuerdo con los lineamientos estrategicos definidos por los organos de Gobierno Nacionales. c. Aprobar los programas y proyectos de ambito provincial, a propuesta del Comite Ejecutivo Provincial. d. Velar por el cumplimiento y evaluar la ejecucion de los mandatos y resoluciones de la Asamblea Provincial y de los organos de Gobierno Provinciales. e. Supervisar y evaluar las actuaciones de los Comites Distritales de su correspondiente ambito territorial. f. Proponer a la Asamblea Provincial la constitucion, reorganizacion, o disolucion de los Comites de Distrito en su ambito territorial, conociendo sus informes de gestion. g. Decidir la intervencion de los Comites Distritales en los casos graves de incumplimiento de los Principios, Valores, ordenamiento juridico peruano o de las normas internas de la Institucion. Asi como, en aquellas situaciones en que pueda ponerse en situacion grave el patrimonio de la Sociedad Nacional, previo informe del Comite Disciplinario o la Comision de Finanzas Nacionales. h. Aprobar, a propuesta del Presidente Provincial, la estructura de gestion del Comite Provincial para el mejor cumplimiento de los objetivos. i. Nombrar al Vicepresidente Provincial a propuesta del Presidente Provincial.

j. Proponer a la Asamblea Provincial el Presupuesto Anual. k. Nombrar al Coordinador Ejecutivo Provincial, a propuesta de su Presidente. l. Vigilar y evaluar los resultados del desempeno del Coordinador Ejecutivo Provincial. m. Conocer el informe de auditoria de los Comites Distritales. n. Las demas atribuciones que le asignen los Estatutos o el Reglamento. Articulo 56.- El Consejo provincial se reunira en sesion cada quince dias al mes, y cuantas veces sea necesario por iniciativa del Presidente o a peticion escrita de la tercera parte de sus miembros con derecho a voto. Articulo 57.- El Consejo provincial sesiona con un quorum de la mitad mas uno de sus miembros en primera convocatoria, y de los asistentes presentes en MORDAZA convocatoria, siempre que hubiera mediado convocatoria escrita. Sus acuerdos se toman por la mitad mas uno de sus miembros. El MORDAZA del Presidente sera dirimente en caso de empate. CAPITULO XII TITULO I.- DE LA FILIAL DISTRITAL Articulo 58.- La Filial Distrital es la unidad de gobierno y gestion de ambito menor al provincial en la estructura territorial de la Sociedad Peruana de la MORDAZA Roja. Las Filiales Distritales estan compuestas por todos los socios de un distrito o un nucleo de poblacion agrupado al distrito. El ambito de actuacion de una Filial Distrital sera el que le corresponda a la jurisdiccion de Municipalidad Distrital conforme a ley. Para su mejor operatividad, las Filiales Distritales podran crear unidades operativas de ambito inferior (unidades locales) que actuaran bajo su total dependencia. Los miembros de estas unidades locales seran, a todos los efectos, miembros de la Filial Distrital de que dependan. Articulo 59.- Son organos de Gobierno de la Filial Distrital a. La Asamblea Distrital. b. El Consejo Distrital. TITULO II.- LA ASAMBLEA DISTRITAL Articulo 60.- La Asamblea Distrital es el Organo de mayor rango en el distrito. Esta integrada por todos los Asociados activos habiles conforme al Estatuto, con derecho a voz y MORDAZA y sus resoluciones son ejecutadas con caracter obligatorio. Los acuerdos constan en el Libro de Actas de la Asamblea Distrital. Articulo 61.- La Asamblea Distrital estara compuesta por: a. El Presidente Distrital. b. El Vicepresidente Distrital. c. Los Asociados habiles segun el padron Distrital. Articulo 62.- Son funciones de la Asamblea Distrital: a. Definir las lineas de actuacion de la Institucion en el MORDAZA de ambito distrital y de acuerdo con los lineamientos estrategicos definidos por los organos de Gobierno Nacionales. b. Nombrar, mediante MORDAZA electoral, al Presidente Distrital. c. Elegir a los vocales del Consejo Distrital. d. Elegir al Delegado Distrital para integrar la Asamblea Provincial. e. Conocer y aprobar el informe anual de gestion del Presidente Distrital. f. Aprobar el presupuesto Distrital, a propuesta de su Presidente. g. Aprobar, a propuesta del Presidente Distrital y dentro del MORDAZA programatico aprobado por los organos de

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