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PÆg. 286097 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de febrero de 2005 tal adquiridos vía el Decreto de Urgencia Nº 111-96 a enti- dades educativas del país, así mismo mediante Decreto deUrgencia Nº 086-97 se agregó al contenido del Decreto deUrgencia Nº 023-97 una disposición que señaló que del saldo del cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital, se podrían transferir en calidad de donación a loscentros educativos estatales y a organizaciones socialescon fines educativos, de capacitación o de promoción so-cial sin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modifica la organización y función de los Ministerios regula- dos por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecu-tivo, determinándose el número de Ministerios, entre loscuales se constituyó el Ministerio de Vivienda, Construc-ción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Ministe- rio de la Presidencia, quedando extinguido para todos susefectos, el 31 de julio del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se es- tableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa-neamiento, según corresponda, asumía las competencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipa-miento Básico Municipal y los órganos de apoyo, control,defensa judicial y asesoría del Ministerio de la Presidenciaque se desactivó; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento es un organismo público integrante del Poder Ejecutivo, que se rige por su Ley de Organización yFunciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organiza-ción y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, y que tiene como misión mejorar lascondiciones de vida de la población facilitando su acce- so a una vivienda adecuada y a los servicios básicos, proporcionando el ordenamiento, crecimiento, conserva-ción, mantenimiento y protección de los centros de po-blación y sus áreas de influencia, fomentando la partici-pación de las organizaciones de la sociedad civil y de lainiciativa e inversión privada; Que, a través de la solicitud de Vistos, el Sr. Julio Narciso Cámara, Alcalde de la Municipalidad Distrital deHermilio Valdizán, solicitó al Ministerio de Vivienda, Cons-trucción y Saneamiento la donación de maquinaria; ade-cuándose dicho pedido en coordinaciones conjuntas conel citado gobierno local y los funcionarios del Ministerio a maquinaria para confecciones e industria del cuero; Que, mediante Memorándum Nº 276-2004/VIVIENDA- VMCS-PREBAM el Jefe del Programa de EquipamientoBásico Municipal corrió traslado del Informe Técnico Nº040-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR en el cual seprecisó que la entidad solicitante, cuenta con infraestruc- tura adecuada para recibir e instalar la maquinaria solicita- da como donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de EquipamientoBásico Municipal - PREBAM y actuando de conformidadcon lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Administrativo respecto de los actos de disposición de bienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministe-rio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para sertransferidos, aprobada vía la Resolución de SecretaríaGeneral Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la proce-dencia de la donación de la maquinaria detallada en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolu- ción; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la dona- ción de la maquinaria que se detalla en el Anexo 1 queforma parte integrante de la presente Resolución a favorde la Municipalidad Distrital Hermilio Valdizán, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco con la fina- lidad de implementar el Colegio Nacional Agropecuario"Río Azul"; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación de maquinaria descri- ta en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolución, valorizada en S/. 21 478.57 (Veintiún mil cua-trocientos setenta y ocho con 57/100 Nuevos Soles), afavor de la Municipalidad Distrital Hermilio Valdizán, provin-cia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco con lafinalidad de implementar el Colegio Nacional Agropecuario "Río Azul".Artículo 2º.- El Programa de Equipamiento Básico Mu- nicipal será responsable de velar porque se cumpla con lafinalidad de la donación. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Minis- terial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloría General de la República dentro de los términosestablecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 02415 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Dictan disposiciones relativas al pe- ríodo vacacional de magistrados y per- sonal auxiliar en el Aæo Judicial 2005 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 011-2005-CE-PJ Lima, 28 de enero del 2005 VISTOS: Los Oficios cursados por los Presidentes de las Salas Permanentes y Transitorias de la Corte Suprema de Justi-cia de la República, Cortes Superiores de Justicia y, de laSala Penal Nacional, elevando a este Órgano de Gobiernoinforme respecto al funcionamiento de órganos jurisdiccio-nales de emergencia en el período de vacaciones; y, CONSIDERANDO: Que el artículo 246º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial prescribe que las vacacio-nes de Magistrados se establecen en dos etapas sucesi- vas, cada una de treinta días, en los meses de febrero y marzo; sin perjuicio de que, excepcionalmente, el ConsejoEjecutivo del Poder Judicial puede señalar tiempo distinto; Que, las vacaciones programadas en los meses de fe- brero y marzo, en la práctica, da lugar a que los procesosjudiciales se paralicen durante ese lapso, generando en determinadas circunstancias perjuicio a abogados, litigan- tes y público en general; por cuya razón este Órgano deGobierno excepcionalmente suspendió las vacaciones deMagistrados, personal auxiliar jurisdiccional y administrati-vo en el mes de febrero del año en curso, y dispuso que losPresidentes de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Cortes Superiores de Justicia y, de la Sala Penal Nacional, estructuren órganos jurisdiccionales deemergencia para el caso que las vacaciones se haganefectivas en determinado mes del año; en tanto se elaborela iniciativa legislativa correspondiente; Que, en tal sentido, habiéndose remitido los informes solicitados por parte de los Presidentes de las Salas Per- manentes y Transitorias de la Corte Suprema de Justiciade la República, Cortes Superiores de Justicia y, de la SalaPenal Nacional, sobre la forma de afrontar, con personalde emergencia, el período vacacional, es del caso emitir elpronunciamiento respectivo, sobre el particular; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, sin la inter-vención del señor Consejero Antonio Pajares Paredes porencontrarse de viaje en comisión de servicios, por unanimi-dad; RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que las vacaciones en el Año Judicial 2005, para Magistrados y personal auxiliar seharán efectivas del 1 al 30 de marzo del año en curso. Artículo Segundo.- Las Salas y Juzgados Penales Espe- ciales de Lima, así como la Sala Penal Nacional y los Juz-