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PÆg. 286096 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de febrero de 2005 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación de las máquinas des- crita en el Anexo 1 que forma parte integrante de la pre- sente Resolución, valorizada en S/. 24 269.59 (Veinticuatro mil doscientos sesenta y nueve con 59/100 Nuevos Soles),a favor de la Municipalidad Distrital de Quinocay, provinciade Yauyos, departamento de Lima, con la finalidad de im-plementar la Institución Educativa Nº 20727-Quinocay. Artículo 2º.- El Programa de Equipamiento Básico Mu- nicipal será responsable de velar porque se cumpla con la finalidad de la donación. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Minis- terial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a laContraloría General de la República dentro de los términosestablecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 02413 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 027-2005-VIVIENDA Lima, 1 de febrero de 2005 Vistos; la Carta sin número de la Municipalidad Distrital de Atuncolla, provincia y departamento de Puno; el Infor-me Técnico Nº 034-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM y elMemorándum Nº 112-2004/VIVIENDA/CGP del Comité deGestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se adqui- rió maquinaria para la industria del calzado, confección ytejido, procedentes de la República Popular China con la finalidad de equipar a pequeños y microempresarios; sien- do dicha norma modificada por Decreto de Urgencia Nº023-97, por medio del cual se autorizó destinar y transferirhasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capi-tal adquiridos vía el Decreto de Urgencia Nº 111-96 a enti-dades educativas del país, así mismo mediante Decreto de Urgencia Nº 086-97 se agregó al contenido del Decreto de Urgencia Nº 023-97 una disposición que señaló que delsaldo del cincuenta por ciento (50%) de los bienes decapital, se podrían transferir en calidad de donación a loscentros educativos estatales y a organizaciones socialescon fines educativos, de capacitación o de promoción so- cial sin fines de lucro; por Decreto de Urgencia Nº 009-97 se adquiere maquinaria de mecánica automotriz con lafinalidad de crear y transferir tecnología apropiada paracontribuir al mejoramiento de los niveles de ingreso, con elobjeto de erradicar la pobreza y la situación de margina-ción; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modifica la organización y función de los Ministerios regula-dos por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecu-tivo, determinándose el número de Ministerios, entre loscuales se constituyó el Ministerio de Vivienda, Construc-ción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Ministe-rio de la Presidencia, quedando extinguido para todos susefectos, el 31 de julio del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se es- tableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa- neamiento, según corresponda, asumía las competencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones delViceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipa-miento Básico Municipal y los órganos de apoyo, control,defensa judicial y asesoría del Ministerio de la Presidenciaque se desactivó; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento es un organismo público integrante del Poder Eje-cutivo, que se rige por su Ley de Organización y Funciones- Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organización y Funcio-nes aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIEN-DA, y que tiene como misión mejorar las condiciones de vida de la población facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios básicos, proporcionando el or-denamiento, crecimiento, conservación, mantenimiento y protección de los centros de población y sus áreas deinfluencia, fomentando la participación de las organizacio-nes de la sociedad civil y de la iniciativa e inversión privada; Que, a través del oficio de Vistos, el Sr. Prudencio Colca Quispe, Alcalde de la Municipalidad Distrital deAtuncolla, solicitó al Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento la donación de maquicentros de mecánicade producción, corte y confección e industria del cuero;adecuándose dicho pedido en coordinaciones conjuntas con el citado gobierno local y los funcionarios del Ministerio a módulos de la industria del cuero y módulos de corte yconfección; Que, mediante Memorándum Nº 291-2004/VIVIENDA- VMCS-PREBAM el Jefe del Programa de EquipamientoBásico Municipal corrió traslado del Informe Técnico Nº 034-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM en el cual se preci- só que la entidad solicitante, cuenta con infraestructuraadecuada para recibir e instalar la maquinaria solicitadacomo donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de Equipamiento Básico Municipal - PREBAM y actuando de conformidad con lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Ad-ministrativo respecto de los actos de disposición de bienesmuebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferi-dos, aprobada vía la Resolución de Secretaría General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donación de las máquinas detalladas en el Anexo queforma parte integrante de la presente Resolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la dona- ción de la maquinaria que se detalla en el Anexo 1 queforma parte integrante de la presente Resolución a favor de la citada Municipalidad Distrital, con la finalidad de im- plementar la Institución Educativa Pública "San Andrés"de Atuncolla; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación de la maquinaria des- crita en el Anexo 1 que forma parte integrante de la pre-sente Resolución, valorizada en S/. 16 074.70 (Dieciséismil setenta y cuatro con 70/100 Nuevos Soles), a favor de Municipalidad Distrital de Atuncolla, provincia y departa- mento de Puno, con la finalidad de implementar la Institu-ción Educativa Pública "San Andrés" de Atuncolla. Artículo 2º.- El Programa de Equipamiento Básico Mu- nicipal será responsable de velar porque se cumpla con lafinalidad de la donación. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Minis- terial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a laContraloría General de la República dentro de los términosestablecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 02414 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 028-2005-VIVIENDA Lima, 1 de febrero de 2005 Vistos; la Carta de la Municipalidad Distrital Hermilio Valdizán, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco; el Informe Técnico Nº 040-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR y el Memorándum Nº 110-2004/VI-VIENDA/CGP del Comité de Gestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se adqui- rió maquinaria para la industria del calzado, confección ytejido, procedentes de la República Popular China con lafinalidad de equipar a pequeños y microempresarios; sien-do dicha norma modificada por Decreto de Urgencia Nº 023-97, por medio del cual se autorizó destinar y transferir hasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capi-