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PÆg. 287182 NORMAS LEGALES Lima, martes 15 de febrero de 2005 to de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones Dirección de Gestión : Dirección General de Gestión de Te- lecomunicaciones Dirección de Control : Dirección General de Control y Su- pervisión de Telecomunicaciones PNAF : Plan Nacional de Atribución de Fre- cuencias Planes de Asignación: Planes de Canalización y de Asigna- de Frecuencias ción de Frecuencias Asimismo, cuando se haga referencia a un artículo sin indicar el dispositivo al cual pertenece, se entenderáreferido al presente Reglamento. Artículo 3º.- Principios En la aplicación del presente Reglamento se obser- van los principios que inspiran la Ley de Radio y Televi- sión. Artículo 4º.-Colaboración en emergencias y Ré- gimen de Excepción En los estados de excepción contemplados en la Constitución Política del Perú y declarados conforme a ley, los titulares de autorizaciones otorgan prioridad a latransmisión necesaria para las comunicaciones de los Sistemas de Defensa Nacional y Defensa Civil. En caso de guerra exterior, declarada conforme a ley, el Ministerio de Defensa podrá asumir el control de los servicios de radiodifusión, así como dictar disposi- ciones de tipo operativo. En este último caso, el titularpodrá suspender o restringir parte de los servicios auto- rizados en coordinación con el Ministerio y los Sistemas de Defensa Nacional y Civil. Artículo 5º.-Audiencias públicas El Ministerio convocará a las audiencias públicas a las que hace referencia el artículo 7º de la Ley, para atender consultas y/o recibir propuestas que contribu- yan al mejoramiento de las actividades de radiodifusión.Para tal efecto, se entiende por actividades de radiodifu- sión a los servicios de radiodifusión. En la convocatoria y organización de las audiencias se observará el procedimiento previsto en el Capítulo VII, Título II de la Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral - Ley Nº 27444. SECCIÓN PRIMERA DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO PARA LOS SERVICIOS DE RADIODIFUSIÓN Artículo 6º.- Espectro radioeléctrico El espectro radioeléctrico es el medio por el cual se propagan las ondas radioeléctricas. Constituye un re-curso natural escaso que forma parte del patrimonio de la Nación. El Ministerio administra, atribuye, asigna y controla el uso adecuado del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión. Artículo 7º.- Asignación de frecuencias Los servicios de radiodifusión se prestan en las ban- das atribuidas en el PNAF. Toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se efectúa en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Pla-nes de Canalización y Asignaciones de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuen- cias atribuida al servicio de radiodifusión, y determinalas frecuencias técnicamente disponibles. Los planes de asignación de frecuencias son apro- bados por Resolución Viceministerial. Artículo 8º.- Registro Nacional de Frecuencias La Dirección de Gestión administra y actualiza el Registro Nacional de Frecuencias de los servicios deradiodifusión autorizados. Artículo 9º.- Contenido de los Planes de Asigna- ción de Frecuencias Los Planes de Asignación de Frecuencias contienen, como mínimo, lo siguiente:1. Localidad a servir 2. Frecuencia en el caso de radiodifusión sonora o canal en el caso de radiodifusión por televisión. 3. Potencia efectiva radiada máxima (e.r.p.), según corresponda. 4. Banda de frecuencia. En la formulación de los Planes de Asignación de Frecuencias se observará lo dispuesto en los Tratados, Acuerdos y Convenios Internacionales, Normas Técni- cas del Servicio de Radiodifusión, y otros referidos alservicio de radiodifusión. Se entiende por localidad a la extensión de superficie en donde es posible la recepción de las señales emitidaspor una estación de radiodifusión utilizando receptores comerciales con un nivel de buena calidad. Artículo 10º.- Publicidad del Plan Nacional de Asignación de Frecuencias y del Registro Nacional de Frecuencias La Dirección de Gestión publicará y actualizará men- sualmente en la página web del Ministerio, el Plan Nacional de Asignación de Frecuencias y el Registro Nacional deFrecuencias. La referida publicación deberá observar como mínimo, lo dispuesto en el artículo 12º de la Ley y precisar las frecuencias y/o canales reservados al Estado. Artículo 11º.- Reserva de frecuencias El Estado se reserva dos (2) frecuencias o canales en cada una de las bandas atribuidas al servicio de ra- diodifusión sonora y por televisión, por localidad. En aque- llas localidades en las que se hubieran canalizado quin-ce (15) o menos frecuencias o canales, el Estado se reserva sólo una (1). En el caso del servicio de radiodifusión sonora en onda corta tropical (OCT), el Estado se reserva una (1) frecuen- cia en cada segmento de banda atribuido a dicho servicio. La reserva de frecuencias se realiza a favor de la entidad que opera los medios de radiodifusión sonora y por televisión de propiedad del Estado, reconocida por Decreto Legislativo Nº 829. Artículo 12º.- Enlaces radioeléctricos Los enlaces radioeléctricos estudios-planta y móvi- les requeridos para la prestación del servicio de radiodi- fusión, se autorizan en las bandas atribuidas para tal fin en el PNAF. Para el caso de enlaces satelitales, permanentes y ocasionales, se observarán las disposiciones estableci- das por la Unión Internacional de Telecomunicaciones. SECCIÓN SEGUNDA DE LOS SERVICIOS DE RADIODIFUSIÓN Título I: De la Subclasificación del servicio de radiodifusión Artículo 13º.- Subclasificación del servicio de ra- diodifusión según la banda de frecuencias El Servicio de Radiodifusión, según la banda de fre- cuencia, se clasifica en: 1. Radiodifusión Sonora en la banda de Ondas Hec- tométricas, denominada Onda Media (OM). 2. Radiodifusión Sonora en la banda de Ondas Deca- métricas, denominada también Onda Corta (OC). Sesubdivide en Onda Corta Tropical y Onda Corta Interna- cional. 3. Radiodifusión Sonora en la banda de Ondas Métri- cas, denominada también Frecuencia Modulada (FM). 4. Radiodifusión por Televisión (TV) en la Banda de Ondas Métricas (VHF) 5. Radiodifusión por Televisión (TV) en la Banda de Ondas Decimétricas (UHF). Las definiciones y características técnicas de opera- ción de cada una de las modalidades citadas están regula- das en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión. Artículo 14º.- Servicio de radiodifusión por saté- lite El servicio de radiodifusión por satélite es aquel en el cual las señales emitidas o retransmitidas por estacio-