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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (19/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 74

TEXTO PAGINA: 47

PÆg. 287529 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de febrero de 2005 dentro de las posibilidades de oficinas con las que pue- den operar; CONSIDERANDO:Que, en Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 18 de diciembre de 2004, se acordó modifi- car el artículo I del Estatuto Social de la mencionada empresa; Que, la minuta presentada por la Caja Rural recu- rrente que contiene el proyecto de modificación del esta- tuto social ha sido revisada, encontrándose con arreglo a Ley; Estando a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica y por la Superintendencia Adjunta de Banca; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y normas modificatorias; RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar, en los términos propues- tos la modificación del artículo I del Estatuto Social de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Cajamarca S.A., por cam- bio en la denominación abreviada de "Caja Rural" a "Caja Cajamarca", y por la inclusión del término "Oficina Espe- cial" dentro de las posibilidades de oficinas con las que pueden operar, cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este organismo de control, y devuélvase la minuta que se formaliza con el sello oficial de esta Superintendencia, para su elevación a escritura pública en la que se insertará el texto de la presente Resolución y su posterior inscripción en el Registro Público corres- pondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 03888 Autorizan a la Caja Municipal de Aho- rro y CrØdito de Cusco S.A. el aumento de capital social y modificación de Es- tatuto Social RESOLUCIÓN SBS Nº 243-2005 Lima, 8 de febrero de 2005 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROSVISTA:La documentación presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco (CMAC Cusco S.A.), me- diante la cual solicita autorización para aumentar su Capital Social por la Capitalización de su Reserva Legal Especial del Ejercicio 2003; y, CONSIDERANDO: Que, en Junta General de Accionistas (JGA) de fe- cha 20 de julio de 2004, la CMAC Cusco acuerda, entre otros temas, aumentar su capital social mediante la capitalización de la Reserva Legal Especial del ejercicio 2003 por S/. 4 939 255,24 (cuatro millones novecientos treinta y nueve mil doscientos cincuenta y cinco con 24/ 100 Nuevos Soles); Que, de conformidad con el artículo 62º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segu- ros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Se- guros, Ley Nº 26702, en adelante Ley General, excep- cionalmente y previa autorización de esta Superinten- dencia, las empresas del sistema financiero podrán au- mentar el capital social mediante otras modalidades dife- rentes al aporte en efectivo, capitalización de utilidades y reexpresión del capital;Que, la CMAC Cusco ha cumplido con presentar la documentación técnica y legal que sustenta lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "F"; a través del Informe Nº 018-2005-DESF"F", y estando a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica y la Su- perintendencia Adjunta de Banca; De conformidad con el procedimiento Nº 84 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), apro- bado mediante Resolución SBS Nº 131-2002 del 11 de febrero de 2002 por adecuación a la Ley Nº 27444, cuya base legal es el artículo 62º de la Ley General; y en uso de las atribuciones conferidas por la precitada Ley; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A. el aumento de su capital social por la capitalización de su Reserva Legal Especial del Ejercicio 2003 por un monto de S/. 4 939 255,24 (Cuatro millones novecientos treinta y nueve mil dos- cientos cincuenta y cinco con 24/100 Nuevos Soles); y como consecuencia de ello, autorizar la modificación del artículo 6º de su Estatuto Social; y devuélvase la minuta que lo formaliza con el sello oficial de esta Superinten- dencia para su elevación a Escritura Pública en la que se insertará el texto de la presente Resolución para su inscripción en el Registro Público correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 03889 Opinan favorablemente para que se rea- lice el "Primer Programa de Bonos delBanco Internacional del Perœ S.A.A. -Interbank - Bonos Hipotecarios Inter-bank - Segunda Emisión" RESOLUCIÓN SBS Nº 290-2005 Lima, 14 de febrero de 2005 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROSVISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú S.A.A. - Interbank para que se le autorice la emisión de bonos hipotecarios denominados "Primer Programa de Bonos del Banco Internacional del Perú S.A.A. - Interbank - Bonos Hipotecarios Interbank - Se- gunda Emisión", hasta por un monto de US$ 10 000 000,00 (Diez Millones y 00/100 Dólares Americanos); y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su artículo 235º, faculta a las empresas a emitir y colocar instrumentos hipotecarios; Que, el artículo 232º de la Ley General establece que en la emisión de instrumentos financieros, que ten- gan la condición de valores mobiliarios y se emitan por oferta pública, la CONASEV procederá a inscribirlos en el Registro Público del Mercado de Valores, previa opi- nión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia y de la documentación precisada en el artículo 18º de la Ley del Mercado de Valores; Que, en la Junta General de Accionistas del 31 de marzo de 2003, se acordó autorizar la emisión y coloca- ción de la emisión de bonos hipotecarios hasta por un valor de US$ 50 000 000,00 (Cincuenta Millones y 00/100 Dólares Americanos) o su equivalente en mone- da nacional; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "D", el Departamento de Riesgos de Mercado y Liquidez, el Departamento de Análisis Financiero y el Departamento Legal a través de