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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (19/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 74

TEXTO PAGINA: 48

PÆg. 287530 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de febrero de 2005 los Informes Nº 015-OT/2005-DESF "D", Nº 0067-2004- DERML, Nº 078-2004-ASF y Nº 954-2004-LEG, respecti- vamente; y, con las opiniones favorables de la Gerencia de Estudios Económicos y las Superintendencias Adjun- tas de Banca, de Riesgos y de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segu- ros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Se- guros - Ley Nº 26702; RESUELVE: Artículo Primero.- Opinar favorablemente para que el Banco Internacional del Perú S.A.A. - Interbank realice la emisión de bonos hipotecarios denominados, "Primer Programa de Bonos del Banco Internacional del Perú S.A.A. - Interbank - Bonos Hipotecarios Interbank - Se- gunda Emisión", hasta por un monto de US$ 10 000 000,00 (Diez Millones y 00/100 Dólares Americanos), debiéndose adecuar a la Ley del Mercado de Valores. Artículo Segundo.- El texto de la presente Resolu- ción deberá insertarse en la Escritura Pública correspon- diente para su posterior inscripción en el Registro Públi- co del Mercado de Valores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 03634 UNIVERSIDADES RECTIFICACIÓN ANEXOS DE LAS RESOLUCIONES RECTORALES Nºs. 00008 y 00010-R-05 UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS El texto de las sumillas de los Anexos de las Resolucio- nes Rectorales Nºs. 00008 y 00010-R-05 de la Universi- dad Nacional Mayor de San Marcos, publicadas en nues- tra edición del día 18 de febrero de 2005, debe rectificar- se como sigue: Anexo de la Resolución Rectoral Nº 00008-R-05 "Difunden Anexo al Resolutivo 2º de la Resolución Recto- ral Nº 00008-R-05 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, publicada en la edición del Boletín de Nor- mas Legales el 21 de enero, páginas 285034 y 285035" Anexo de la Resolución Rectoral Nº 000010-R-05 "Difunden Anexo al Resolutivo 2º de la Resolución Recto- ral Nº 00010-R-05 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, publicada en la edición del Boletín de Nor- mas Legales del 14 de enero, páginas 284572 y 284573" 03964 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV Disponen registrar Actualización N” 3 del Prospecto Marco del "SegundoPrograma de Emisión de Bonos Corpo-rativos y Papeles Comerciales de Glo-ria S.A." COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 013-2005-EF/94.11 Lima, 9 de febrero de 2005VISTO: El Expediente Nº 2003/009024 presentado por GLO- RIA S.A. y el Memorándum Nº 471-2005-EF/94.45 del 9 de febrero de 2005; CONSIDERANDO:Que, mediante acuerdo de Junta General de Accionis- tas de GLORIA S.A. del 9 de abril de 2003, se aprobó realizar el "Segundo Programa de Bonos Corporativos y Papeles Comerciales de Gloria S.A." hasta por un monto máximo en circulación de Sesenta Millones y 00/100 de Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 60 000 000,00), o su equivalente en moneda nacional, delegan- do en el Directorio la facultad de decidir todos los térmi- nos, las condiciones, tipos, modalidades de inscripcio- nes y las características del programa, incluyendo a sus emisiones y series; Que, en mérito a las atribuciones delegadas, el Directorio en sesión de fecha 22 de abril de 2003, acor- dó delegar facultades a los señores Jorge Columbo Rodríguez Rodríguez, Vito Modesto Rodríguez Rodrí- guez, y Francis Albert Pilkington Ríos, para que actuan- do indistintamente y de manera conjunta dos de ellos, determinen los términos y facultades definitivas del pro- grama, incluyendo las condiciones de sus emisiones y series; Que, mediante Resolución Gerencia General Nº 041- 2003-EF/94.11 del 13 de junio de 2003 se aprobó el trá- mite anticipado y se dispuso la inscripción del "Segundo Programa de Bonos Corporativos y Papeles Comercia- les de Gloria S.A.", así como la inscripción del prospecto marco correspondiente; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios en la medida que ocurran variacio- nes fundamentales a la información contenida en el pros- pecto, la información y documentación pertinente deben ser presentadas a CONASEV con anterioridad a su en- trega a los inversionistas, debiendo suspenderse la co- locación o venta, hasta que se hubiere registrado la modificación; Que, el 8 de noviembre de 2004 se elevó a Escritura Pública el acuerdo de Modificación del Contrato Marco de Emisión de Bonos Corporativos y Papeles Comercia- les aprobado por la Asamblea General de Obligacionis- tas del "Segundo Programa de Emisión de Bonos Corpo- rativos y Papeles Comerciales de Gloria S.A.", mediante el cual se modificó el numeral 8.4 de la cláusula octava del Contrato Marco de Emisión que impedía al emisor realizar "leasebacks" u otorgar sus activos en garantía a favor de terceros, por un monto acumulado que supe- re el 5% de su patrimonio neto; Que, mediante comunicaciones del 7, 8 y 9 de febre- ro de 2005, GLORIA S.A. solicitó a la Gerencia de Mer- cado y Emisores, la inscripción de la Actualización Nº3 del Prospecto Marco correspondiente al "Segundo Pro- grama de Emisión de Bonos Corporativos y Papeles Comerciales de Gloria S.A." en la que se incluía la modi- ficación del numeral 8.4 de la cláusula octava del Con- trato Marco de Emisión, como una variación fundamen- tal a la información contenida en el prospecto; Que, GLORIA S.A. ha cumplido con presentar la infor- mación requerida por el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y por las Nor- mas Comunes para la Determinación del Contenido de los Documentos Informativos, para el caso de inscrip- ción en el Registro Público del Mercado de Valores, y de actualizaciones de prospectos informativos en el supues- to de variaciones fundamentales; Que, el artículo 2º numeral 2) de las Normas Relati- vas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, es- tablece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de valores mobiliarios y/o prospectos in- formativos en el Registro Público del Mercado de Valo- res, deben ser difundidas a través del Boletín de Nor- mas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la página de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53º y siguien- tes de la Ley del Mercado de Valores, así como a lo establecido en sesión del Directorio de CONASEV de fecha 6 de abril de 1999, que faculta al Gerente General