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PÆg. 287535 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de febrero de 2005 Plazo total concedido Interés Aplicable Hasta 12 meses 50% de la TIM Hasta 24 meses 70 % de la TIMHasta 36 meses 85 % de la TIMHasta 48 meses 95 % de la TIM Hasta 60 meses 100 % de la TIMINSTRUCTIVO Nº 2 1. En caso del primer pago, desde el día siguiente a la presentación de la solicitud de facilidades de pago hasta el último día hábil del mes.A) La tasa de interés aplicable para actualizar la deuda materia de acogimiento, es la establecida para deudas no tributarias aprobada mediante Acuerdo de Consejo Directivo N° 51-18-ESSALUD-99, la misma que corresponde al TIM SUNAT sin efecto de capitalización anual. B) Para el período de fraccionamiento, se fijará de acuerdo con la siguiente tabla 1: C) El interés se calculará a rebatir, en forma diaria, de la siguiente manera:(Acuerdo de Consejo Directivo 62-22-ESSALUD-2004) 2. En los demás pagos, desde el día siguiente del último pago efectuado hasta el último día hábil del mes siguiente o hasta el día anterior a la fecha en que se produzca la pérdida.