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PÆg. 287541 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de febrero de 2005 Que, mediante Oficio Nº 716-2004-INC/DREPH la Dirección de Registro y Estudio de Patrimonio Histórico solicitó a la señora Silvia Cuadros Quinto, la presenta- ción de documentación técnica del inmueble así como el documento que acredite la representación para actuar en nombre del propietario; Que, mediante Carta de fecha 22 de setiembre de 2004 el señor Gustavo Astudillo Córdova, remite docu- mentación solicitada mediante Oficio Nº 716-2004-INC/ DREPH; Que, mediante Informe Nº 244-2004-INC-DREPH- SDR-EAB la Subdirección de Registro de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano evaluó la documentación presentada con fecha 22 de setiembre de 2004; Que, de la evaluación del expediente administrativo la Comisión Nacional Técnica de Arquitectura y Urba- nismo emitió el Acuerdo Nº 06 de fecha 22 de octubre de 2004, cuyo tenor es como sigue: VISTOS: 1. Anteceden- tes: Resolución Ejecutiva Nº 515/INC-98 de fecha 24 de agosto de 1998, registro fotográfico, informes técnicos, planos del proyecto aprobado mediante Resolución Di- rectoral Nacional Nº 546/INC-99 de fecha 7 de setiem- bre de 1999. 2. Planos del estado actual y registro fotográfico del interior y exterior del inmueble. 3. El Infor- me Nº 244-2004-INC-DREPH-SDR-EAB de la Arq. Elvi- ra Agois Barbier, profesional de la Subdirección de Re- gistro. CONSIDERANDO: 1. Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 515/INC-98 de fecha 24.08.98 se declaró el área intangible del inmueble. 2. Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 546/INC-99 se aprueba el proyecto de obra nueva que contempla la restitución del cerco de fachada y de la primera crujía del inmueble, conservando la tipología del rancho barranquino en el área intangible delimitada. 3. Que, el proyecto aprobado no se ejecutó encontrándose actualmente el inmueble en estado ruinoso, permaneciendo únicamente los mu- ros del ambiente del lado izquierdo sin techo ni cornisa, habiéndose derruido aproximadamente 1.50 m su altura original. 4. Que, de la documentación evaluada se des- prende que las estructuras han continuado deteriorán- dose debido al estado de abandono por parte de sus propietarios y por haberse realizado intervenciones in- adecuadas que han ocasionado parte del colapso de las estructuras del área intangible. SE ACUERDA: 1. No procede el retiro de condición de Monumento del inmueble ubicado en Av. Bolognesi 761, distrito de Barranco. 2. Cualquier intervención en el inmueble deberá contemplar la restitución y recupera- ción del área intangible delimitada debidamente aproba- da mediante Acuerdo Nº 03 de fecha 30 de noviembre de 1995 y refrendado por la Resolución Directoral Eje- cutiva Nº 515/INC-98 de fecha 24 de agosto de 1998; Que, mediante Informe Nº 010-2005-INC/DPHCR- SDCH la Subdirección de Centros Históricos de la Di- rección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano da cuenta que la Av. Bolognesi, es eje funcional del dis- trito de Barranco, por consiguiente deberá propender la recuperación de las estructuras físicas faltantes del área intangible delimitada del rancho, mediante la ejecución del proyecto aprobado u otro que contemple la restitu- ción de los componentes arquitectónicos perdidos y la consolidación de las estructuras remantes del inmueble. Así mismo hace referencia que el retiro de la condición de Monumento del inmueble representativo de la edilicia barranquina, marcaría precedente para la pérdida siste- mática de los inmuebles de valor arquitectónico, urba- nístico y de memoria que posee la Av. Bolognesi y Zona Monumental de Barranco; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, la Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico y la Oficina de Asuntos Jurídicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprue- ba el Reglamento de Organización y Funciones del Ins- tituto Nacional de Cultura. RESUELVE:Artículo 1º.- Denegar la solicitud de retiro de condi- ción Monumento del inmueble ubicado en la Av. Bolog- nesi Nº 761, distrito de Barranco, provincia y departa-mento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Cualquier intervención en el inmueble deberá contemplar la restitución y recuperación del área intangible delimitada mediante Resolución Direc- toral Ejecutiva Nº 515/INC-98 de fecha 24 de agosto de 1998. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 03637 SUNARP Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Zona RegistralN” X Sede Cusco para el EjercicioPresupuestal 2005 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 052-2005-Z.R.NºX/SC Cusco, 19 de enero del 2005VISTO; el Informe Nº 011-2005-ZRNºX/GAF de fe- cha 19 de enero del 2005, mediante el cual la Gerencia de Administración y Finanzas solicita la aprobación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Zona Registral Nº X - Sede Cusco para el Ejercicio Económico 2005; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordante con el artí- culo 25º del Reglamento de la citada Ley aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, cada entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, y será aprobado por el Titular del Pliego o la máxima Autoridad Administrativa de la Entidad, o por la autoridad administrativa a quien se delegue di- cha facultad; Que, mediante Oficio Circular Nº 002-2005-SUNARP- GPD/GG de fecha 3 de enero del 2005, la Gerencia General de la sede Central de la SUNARP ha comunica- do que se ha procedido a la desagregación de los presu- puestos asignados a los Órganos Desconcentrados de la SUNARP, como consecuencia de la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura de la SUNARP; Que, en tal sentido corresponde aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones formulado por la Gerencia de Administración y Finanzas de esta Zona Registral; Que, el Plan Anual y el documento que lo apruebe deberán ser publicados por la Entidad en el SEACE en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de aproba- do, así como deberá estar a disposición de los interesa- dos en la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad y en la página Web de ésta, conforme al artículo 25º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado antes mencio- nado; En uso de las facultades delegadas mediante Resolu- ción Nº 126-2004-SUNARP/SN, y de las atribuciones previstas en el artículo 32º del Estatuto de la SUNARP aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS, y el artículo 86º del ROF institucional, aprobado por Reso- lución Suprema Nº 139-2002-JUS; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Ad- quisiciones y Contrataciones de la Zona Registral Nº X