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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (19/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 74

TEXTO PAGINA: 51

PÆg. 287533 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de febrero de 2005 INSTRUCCIONES El presente formulario podrá ser utilizado por las entidades empleadoras que mantienen deudas de naturales no tributaria. REQUISITOS PARA EL ACOGIMIENTO AL RÉGIMEN (Acuerdo de Consejo Directivo 62-22-ESSALUD-2004)a) Los deudores deberán desistirse del medio impugnatorio que se encuentre en trámite ante ESSALUD, respecto de la deuda de aco gi- miento, mediante formato anexo a la solicitud de facilidades de pago.En el caso de proceso judicial deberá adjuntar a la presen tación de la solicitud copia del escrito de desistimiento presentada ante la autoridad judicial. b) De optarse por la modalidad de pago fraccionado, deberá previamente efectuar el pago de la cuota inicial, ascendente al 10% de la deuda acogida TIPOS DE DEUDA POR LAS CUALES SE PUEDE SOLICITAR ACOGIMIENTO AL RÉGIMEN Deuda de reembolsos de prestaciones de salud y/o económicas del Seguro Regular, Seguro de Salud Agrario y Seguro ComplementarioTrabajo de Riesgo. DEUDAS NO TRIBUTARIAS QUE NO PUEDEN SER MATERIA DE ACOGIMIENTO AL RÉGIMENa) Las deudas impugnadas respecto de las cuales no se hubiera presentado el escrito de desistimiento respectivo b) Deudas de terceros no asegurados. INSTRUCTIVO Nº 1 1. GENERALES En relación al presente formulario se tendra en cuenta lo siguiente: - Se utilizará para solicitar el acogimiento al Régimen de Facilidades de Pago para deuda no Tributaria- Deberá presentarse por duplicado, siendo su distribución gratuita 2. MOTIVOS QUE GENEREN EL RECHAZO DE LA SOLICITUD El formulario será rechazado si se presenta alguna de las siguientes observaciones: - Falta el tipo y el número de documento de identificación del mismo del deudor - Falta de la firma del deudor tributario o representante legal- Presentarse borrones y/o enmendaduras - No identificar el documento que contiene la deuda materia de acogimiento 3. DESISTIMIENTO DE MEDIOS IMPUGNATORIOS Los deudores se deberán desistir del medio impugnatorio que se encuentre en trámite ante EsSalud que incluya la deuda materi a de acogimiento, mediante el formato anexo a la solicitud de facilidades de pago. En el caso de proceso judicial deberá adjuntar a la presen- tación de la solicitud copia del escrito de desistimiento presentada ante la autoridad judicial. 4. ESPECÍFICAS Casilla 01 : Consignar el código del tipo de documento de identidad (según tabla Nº 3) Casilla 02 : Consignar el número del documento correspondiente. Casilla 03 : No llenar a ser usada por ESSALUDCasilla 05 : Consignar apellidos y nombres o razón social del deudor Casilla 06 : Consignar el número telefonico del deudor o representante legal Casilla 07 : Consignar el número de orden del Formulario 6075 que esta sustituyendo, en caso de haber presentado otra solicitud con anterioridad. Casilla 08 : Consignar el monto de costas y gastos por las resoluciones y/o expedientes que estan en proceso coactivo. Deuda Acogida y Modalidad de Pago El acogimiento al Régimen, así como la modalidad de pago, es igual para cada tipo de deuda. Deuda Acogida : Casilla 09 consignar el monto de la deuda por el cual solicita el acogimiento al Régimen, actualizada mediante la aplicación de la tabla Nº 1 del Instructivo 2 Modalidad de Pago: Casilla 10 Consignar "1" en caso de tratarse de pago al contado o "2" en caso de fraccionamiento de deuda. Pago al contado : Casilla 11 De seleccionarse la modalidad de pago al contado, tendra un descuento del 10% de la deuda materia de acogimiento, el cual se aplicará una vez que el deudorhubiera cumplido con el pago del 90% de la deuda. Cuota inicial : Casilla 12 En caso de modalidad de pago fraccionado se deberá consignar como mínimo el 10% de la deudaacogida. Número de cuotas : Casilla 13 Consignar el número de cuotas por el cual solicita el acogimiento al Régimen,el cual puede variar entre 1 y 60 Monto de cuotas : Casilla 14 Consignar el monto de las cuotas, el cual resulta una vez deducida la cuota inicialse le aplicará a partir del mes siguiente al acogimiento, una tasa de interés nominal a rebatir, la cual determinará el monto de la cuota.El monto de la cuota no podrá ser menor a S/. 100.00 TABLA Nº 03 CÓDIGO DENOMINACIÓN 1 L.E. O D.N.I. 2 Carné FF.PP. 3 Carné FF.AA.4 Carné extranjería 5 Pasaporte 6 RUC7 Doc. Provisional de idententidad