Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2005 (19/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, sabado 19 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES

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para disponer el registro de actualizaciones de prospectos informativos en caso de variaciones fundamentales; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer el registro de la Actualizacion Nº 3 del Prospecto MORDAZA correspondiente al "Segundo Programa de Emision de Bonos Corporativos y Papeles Comerciales de MORDAZA S.A." en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina de CONASEV en internet. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion a MORDAZA S.A., en su calidad de emisor, a Citibank del Peru S.A. en su calidad de entidad estructuradora, a Centura Sociedad Agente de Bolsa S.A. en su calidad de Representante de los Obligacionistas, a Citicorp Peru S.A Sociedad Agente de Bolsa en su calidad de agente colocador, a Cavali ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General (e) 03039

se aprueba la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Social de Salud ­ EsSalud, teniendo como Organo de Linea a la Gerencia de Division de Aseguramiento y esta a su vez comprendiendo en su Estructura Organica a la Gerencia Central de Finanzas; Que, por Acuerdo de Consejo Directivo Nº 62-22ESSALUD-2004, de fecha 14 de diciembre del 2004, se aprobo un Regimen de Facilidades de Pago por prestaciones de salud y economicas otorgadas a trabajadores o derechohabientes de entidades empleadoras morosas, asi como el Reglamento respectivo; Que, es indispensable contar con los formatos y los instructivos adecuados que permitan optimizar la aplicacion del Reglamento por parte de los administrados, facilitando el derecho de acceso a las facilidades de pago, con la informacion idonea y los requisitos que requiera la Institucion, los mismos que deben ser viables para los interesados en el acogimiento a dicho regimen; Que, en el citado Acuerdo de Consejo Directivo, se delego en la Gerencia Central de Finanzas, la aprobacion de los Formatos pertinentes para solicitar el acogimiento al Regimen; En uso de las facultades y delegacion conferida; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los siguientes Formatos, con sus respectivos instructivos, que seran utilizados por las areas operativas involucradas, para el acogimiento al Regimen de Facilidades de Pago, el cual entrara en vigencia en el mes de febrero del ano en curso: - Formato 6075: Solicitud de Acogimiento - Formato 6076: Anexo I a la solicitud de acogimiento. - Formato 6077: Anexo II Formulario de Desistimiento de Recurso impugnatorio Articulo 2º.- Disponer que los Formatos que por la presente se aprueban, podran ser solicitados, en MORDAZA, en las oficinas de tramite documentario de la Sede Central, y en provincias en las Oficinas de las Redes Asistenciales que MORDAZA sus veces. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NARCIZO Gerente Central de Finanzas

ESSALUD
Aprueban formatos e instructivos para el acogimiento al Regimen de Facilidades de Pago
SEGURO SOCIAL DE SALUD RESOLUCION DE GERENCIA CENTRAL DE FINANZAS Nº 001-GCF-GDA-ESSALUD-2005 MORDAZA, 13 de enero de 2005 CONSIDERANDO: Que, con Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 927PE-ESSALUD-2003, de fecha 12 de noviembre del 2003,

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LICA DEL P E

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA
Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Mineria y otros organismos publicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. Las resoluciones a publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. Las resoluciones deberan presentarse debidamente refrendadas en original y acompanadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicacion de estas y se autorice el cobro de la tarifa correspondiente segun sea el caso. Las resoluciones de jurisprudencia se remitiran ademas en disquete o al siguiente correo electronico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. No se aceptaran oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompanados por la version electronica.

3. 4.

LA DIRECCION

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