Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2005 (23/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, miercoles 23 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES

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cional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, la empresa MORDAZA Up S.A., con Carta MORDAZA UP GO034/05, del 1 de febrero de 2005, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 5 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Evaluacion de Personal), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar los chequeos tecnicos en simulador de vuelo del equipo AN24/AN-26, en el Ukranian State Training Certification Centre of Civil Aviation, a su personal aeronautico propuesto, durante los dias 26 de febrero al 3 de marzo de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 5036, 5037 y 13190, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 306-2005-MTC/12.04-SDO designando al Inspector MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cafferata, para realizar los chequeos tecnicos en simulador de vuelo del equipo AN24/AN-26 al personal aeronautico propuesto por la empresa MORDAZA Up S.A., en la MORDAZA de Kiev, Republica de Ucrania, durante los dias 26 de febrero al 3 de marzo de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos tecnicos a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 306-2005-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cafferata, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Kiev, Republica de Ucrania, durante los dias 26 de febrero al 3 de marzo de 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa MORDAZA Up S.A. a traves de los Recibos de Acotacion Nºs. 5036, 5037 y 13190, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 1,560.00 US$ 28.24

VIVIENDA
Autorizan contratar servicios de publicidad en medios de comunicacion para la difusion de la Decimo MORDAZA Convocatoria Nacional del Programa Techo Propio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 045-2005/VIVIENDA
MORDAZA, 15 de febrero de 2005 VISTOS: El Memorandum Nº 055-2005/VIVIENDA/SG-UCI, el Memorandum Nº 041-2005-VIVIENDA/VMVU-UCS, el Informe Tecnico Nº 001-2005/VIVIENDA-OGA y el Informe Legal Nº 055-2005/VIVIENDA-OGAJ; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el literal f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, se encuentran exonerados de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las contrataciones que se realicen por servicios personalisimos; Que, el articulo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, incluye expresamente los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, de acuerdo a lo senalado en el Memorandum Nº 055-2005/VIVIENDA-SG-UCI de la Unidad de Comunicacion Institucional, es necesaria la realizacion de una MORDAZA de promocion dirigida a los niveles socio economicos C y D, poniendo especial enfasis en las personas de menores recursos de todo el MORDAZA (sector D) destinada a la promocion y difusion de la Decimo MORDAZA Convocatoria Nacional del Programa Techo Propio con la finalidad de dar a conocer las caracteristicas de dicho Programa; asi como promover y lograr la inscripcion de la mayor cantidad de potenciales beneficiarios; Que, asimismo, la Oficina General de Administracion, mediante Informe Tecnico Nº 001-2005/VIVIENDA-OGA, considera procedente atender la solicitud referida en el considerando precedente, para la contratacion de servicios de publicidad hasta por la suma de S/. 999,000.00 (NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), que se detalla en los Anexos adjuntos correspondiente al periodo comprendido entre el 18 de febrero y el 12 de marzo de 2005, de acuerdo a lo previsto en el literal f) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la misma que cuenta con la opinion legal favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica, mediante Informe Nº 055-2005/VIVIENDA-OGAJ; De conformidad con el literal f) del Articulo 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, los Articulos 145º y 146, 147º y 148º de su Reglamento aprobados por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y la Resolucion Nº 118-2001CONSUCODE/PRE; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la contratacion de los servicios de publicidad en los medios de comunicacion escrita, radial y televisiva, con caracter de personalisimos, exonerandolos del MORDAZA de seleccion, de conformidad con lo siguiente: a. MORDAZA de contrato: Servicios. b. Descripcion del servicio: Publicidad en los medios de comunicacion escrita, radial y televisiva para promocionar y

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 03956

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