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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (23/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G37/G37/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 23 de febrero de 2005 Que, como resultado de dicha Verificación se ha emiti- do el Informe de Verificación de Denuncias Nº 011-2004-CG/GDPC de 20.AGO.2004, en el cual se han evidencia-do la existencia de presuntas irregularidades en el cobro ilegal de sueldos por parte del Presidente Regional de Madre de Dios, correspondiente al período JUL.2003 -NOV.2003; asimismo, en la adquisición ilegal de maderaCastaña para la ejecución de obras, existiendo una com-pra ficticia y otras adquisiciones bajo el concepto de adqui-sición de "Madera Dura"; pagos indebidos en diversas ad- quisiciones que no guardan relación con el funcionamiento del Centro de Desarrollo Ganadero - CEDEGA; sobrevalo-ración en la impresión de folleto de programa de festejospara el aniversario de la creación política departamental deMadre de Dios; y por haberse adulterado boletas de pagopertenecientes a las rendiciones de Fondo Fijo (Caja Chi- ca) en el ejercicio 2003; Que, la mencionada Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional Adscrita a la Contraloría General, con-forme a sus atribuciones señaladas en los artículos 3º, 7ºnumeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Orgá-nica de la Policía Nacional del Perú, ha elaborado el Ates- tado de Vistos, el mismo que fue remitido por dicha Unidad Técnica con Oficio Nº 064-DIRCOCOR-PNP/Sec. de21.ENE.2005 a la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Tam-bopata - Madre de Dios, a fin que este órgano formalice ladenuncia pertinente ante el Juzgado Penal competentepara el caso, por la comisión de los delitos de Colusión, Peculado y Falsedad Genérica, ilícitos previstos y sancio- nados por los artículos 384º, 387º y 438º del Código Pe-nal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal o) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la Repú- blica, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrati-vos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de losintereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobrerecursos y bienes de éste, por lo que resulta convenienteautorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspon-dientes e interponga los recursos que la Ley le faculta enaras de la defensa judicial de los derechos e intereses delEstado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Estado, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modifi- catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación delEstado, se apersone ante las instancias pertinentes e im-pulse las acciones legales correspondientes por los he-chos expuestos, en el Atestado de Vistos, remitiéndoselepara el efecto los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 04000 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 094-2005-CG Lima, 21 de febrero de 2005 VISTO; el Informe Especial Nº 029-2005-CG/SSO, re- sultante del Examen Especial practicado al Instituto Nacio-nal de Becas y Crédito Educativo, por el período compren-dido del 01.Ene.2003 al 30.Jul.2004, incluyendo operacio-nes anteriores y posteriores al período citado; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, a través del Oficio Nº 2083-2004-CG/DC de 24.Set.2004 emitido por el Despacho del Contralor General de la Repúblicadispuso una acción de control al Instituto Nacional de Be-cas y Crédito Educativo, a fin de determinar si el otorga-miento de Becas Nacionales e Internacionales se adecuana la normativa vigente. Asimismo, determinar si el Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativo - INABEC mantieneprofesionales idóneos en su estamento administrativo y sien la contratación de éstos se ha cautelado el cumplimien- to de las disposiciones legales vigentes; Que, como resultado de la acción de control practica- da, la Comisión Auditora ha determinado que, transgre-diéndose la normativa aplicable, la entidad no cuenta condocumentación sustentatoria de los expedientes adminis-trativos de los procesos de selección de becas internacio- nales, que sustentan la calificación de los candidatos pre- seleccionados y evidencien la transparencia de los actosadministrativos, atentando contra el correcto funcionamien-to de la administración pública, hechos que constituyenindicios razonables que hacen presumir la comisión deldelito de Omisión, rehusamiento o demora de actos funcio- nales, previsto y penado por el artículo 377º del Código Penal; Que, asimismo, se ha determinado que una funcionaria pública omitió consignar la totalidad de sus ingresos en suDeclaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas co-rrespondiente al año 2004, a fin de percibir del Estado dos pensiones y una remuneración, acto que no está permitido por ley; constituyendo estos hechos indicios razonablesque hacen presumir la comisión del delito de Omisión deconsignar declaraciones en documentos, previsto y pena-do por el artículo 429º del Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del Art. 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Con- trol y de la Contraloría General de la República, constituyeatribución de este Organismo Superior de Control, dispo-ner el inicio de las acciones legales pertinentes en formainmediata, por parte del Procurador Público, en los casosen que la ejecución directa de una acción de control se encuentre presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntosjudiciales de la Contraloría General de la República, elinicio de las acciones legales respectivas contra los res-ponsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la Repú-blica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría Generalde la República, para que en nombre y en representacióndel Estado, inicie las acciones legales por los hechos ex-puestos, contra los presuntos responsables comprendidosen el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 04001 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 095-2005-CG Lima, 21 de febrero de 2005 VISTO, el Informe Especial Nº 030-2005-CG/ORHU, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipa-lidad Distrital de Ulcumayo, provincia de Junín, RegiónJunín, por el período comprendido de enero de 1999 adiciembre del 2002; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Plan Anual de Control para el ejercicio 2004 de la Oficina Regional de Control Huancayode la Contraloría General de la República, se efectuó unExamen Especial a la Municipalidad Distrital de Ulcumayo,orientado a determinar la consistencia y veracidad de lasdenuncias referidas a presuntas irregularidades en la ad- ministración de los recursos asignados a dicha entidad; Que, como resultado de la acción de control practi- cada, la Comisión Auditora ha determinado que ex autori-dad y ex funcionario de la citada entidad, autorizaron ydispusieron un egreso ascendente a S/. 28 833,82, en