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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G37/G37/G35/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 23 de febrero de 2005 Al respecto resulta importante precisar lo siguiente: a) Objetivos del Seguro Integral de Salud De acuerdo al Reglamento de Organización y Funcio- nes del Seguro Integral de Salud3, éste tiene por objetivo “promover el acceso con equidad de la población no ase-gurada a prestaciones de salud de calidad, dándole priori-dad a los grupos vulnerables y en situación de pobreza yextrema pobreza”, buscando “garantizar el ejercicio plenodel derecho a la salud”. b) Componentes del Seguro Integral de Salud Las prestaciones prioritarias del SIS están agrupadas en los siguientes componentes: 1. Componente materno infantil: - Plan A, del niño de 0 a 4 años. - Plan C, de Gestantes. 2. Otros componentes: - Plan B, del niño y adolescente de 5 a 17 años. - Plan D, adulto en situación de emergencia.- Plan E, adulto determinado focalizado por la ley. c) Requisitos de afiliación al Plan C Gestantes La Directiva Nº 030-MINSA-V.01, aprobada por Resolu- ción Ministerial Nº 186-2004/MINSA, de 13 de febrero de 2004, señala como requisitos para la afiliación al Plan Cdel SIS: a) ser gestante o puérpera; b) aplicar la ficha deevaluación socio económica (FESE) y ser calificada comopobre o pobre extrema; c) no encontrarse asegurada enningún otro tipo de seguro; d) presentar algún documento de identidad; e) el pago de la prima; y f) la firma del contra- to del afiliación. d) Razonabilidad de la exigencia de exámenes de embarazo. Teniendo en cuenta la naturaleza administrativa del acto por el cual se recibe, evalúa y resuelve sobre la solici- tud de admisión de una gestante al Plan C del SIS, deconformidad con lo establecido en la Ley Nº 27444, Ley deProcedimiento Administrativo General, cabe precisar lo si-guiente: 1. Principio de presunción de veracidad: con rela- ción al argumento referido a la necesidad de establecerla condición de gestante como requisito para la inscrip-ción en el SIS y a la presunta falsedad de la declaraciónde la solicitante.- De conformidad con el principio de presunción de vera- cidad recogido en el artículo IV 1.7 de la Ley de Procedi- miento Administrativo General y con el artículo 42º de lamisma norma, la solicitante del Plan C del SIS tiene dere-cho a que se admita como cierta su condición de gestante,bastando para ello una declaración jurada en ese sentido.Cabe indicar que en virtud del mencionado principio, se presume que los documentos y declaraciones formulados por los administrados en la forma prescrita por la Ley, res-ponden a la verdad de los hechos que ellos afirman. 2. Principio de razonabilidad: con relación a la ne- cesidad de determinar el embarazo y la fecha probable del parto. Exigir que la solicitante asuma el costo del examen que determine la gestación, no guarda proporción con el fin delSeguro Integral de Salud de garantizar el derecho a lasalud, principalmente de las personas en situación de po-breza y pobreza extrema. Esta medida atenta contra el principio de razonabilidad contemplado en el artículo IV 1.4 de la Ley de Procedimiento Administrativo General,que establece que las decisiones de la autoridad adminis-trativa que crean obligaciones o establecen restricciones alos administrados, deben guardar proporción entre losmedios a emplear y los fines públicos tutelados a fin de que respondan a lo estrictamente necesario para la satisfac- ción de su cometido. 3. Principio de legalidad: con relación a la exigen- cia de un requisito no previsto en norma legal alguna. Es importante tener en cuenta que de acuerdo al prin- cipio de legalidad (artículo IV 1.1 de la Ley de Procedi- miento Administrativo General) toda actuación de la admi-nistración debe tener respaldo normativo, es decir, sólopodrá actuar dentro de las facultades y atribuciones que lehan sido expresamente otorgadas por norma legal. En ese sentido, los establecimientos de salud al exigir a las solici-tantes del Plan C del SIS que se sometan a un examenprevio y que asuman el costo del mismo, vulneran el referi- do principio, en tanto la Directiva Nº 030-MINSA-V.01 no establece expresamente que se deba exigir una evalua-ción a las solicitantes para la inscripción en el Plan C delSIS ni que deban pagar por dicha evaluación. 4. Principio de economía y eficacia: con relación al costo del examen que exigen los establecimientos de salud para afiliarse al Plan C del SIS. Es evidente que el requerimiento del examen a las so- licitantes del Plan C Gestantes encarece el acceso al SIS,lo que resulta altamente perjudicial para personas en situa-ción de pobreza así como de extrema pobreza, y atenta contra el principio de eficacia consagrado en el artículo IV 1.10 del la Ley de Procedimiento Administrativo General,en virtud del cual no están permitidas las formalidades yetapas que encarezcan el costo del procedimiento admi-nistrativo o que condicionen el acceso a la tutela adminis-trativa, dificultando el cumplimiento de su finalidad esen- cial. 5. Principio de igualdad o uniformidad: con relación a los requisitos de afiliación a los Planes del SIS. En virtud del principio de uniformidad, contemplado en el artículo IV, inciso 1.14 del Título Preliminar de la Ley de Procedimiento Administrativo General, la autoridad admi- nistrativa debe establecer requisitos similares para trámitessimilares, debiendo toda diferenciación basarse en crite-rios objetivos debidamente sustentados. Resulta cuestio-nable el hecho de que a diferencia de los requisitos que seexigen para afiliarse a los otros planes del SIS, en el caso del Plan C Gestantes, la administración demande un requi- sito que implica un desembolso de dinero por parte dequien solicita la afiliación. Cabe precisar, el Centro de Salud de Catacaos en Piu- ra, sí adoptó las recomendaciones de la Defensoría delPueblo en el sentido de que cuando no se pudiera deter- minar el tiempo de gestación y fuese necesario un examen para tal efecto, la falta del mismo no constituiría un impedi-mento para la afiliación de la gestante al SIS. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Informe Defensorial Nº 90 “Supervisión a los servicios de planificación familiarIV. Casos investigados por la Defensoría del Pueblo”. Artículo Segundo.- RECOMENDAR a la Ministra de Salud lo siguiente: a. Adopte las medidas necesarias para garantizar la distribución gratuita de los métodos anticonceptivos, verifi-cando que los mismos lleguen a tiempo a los estableci-mientos de salud, de conformidad con el Capítulo VI, Pun-to D (Líneas de Acción del Programa Nacional de Planifica-ción Familiar), numeral 5 (Sistema Logístico) de las Normas del Programa de Planificación Familiar, con el artículo 6º de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud y con el artículo6º de la Constitución. b. Recuerde a las Direcciones de Salud y a los estable- cimientos de salud de Nivel II y III, incluyendo a los hospi-tales de baja complejidad, que la recalificación de los esta- blecimientos de salud que realizan intervenciones de liga- dura de trompas se debe llevar a cabo cada dos años y enun plazo máximo de cinco semanas, de conformidad con laResolución Ministerial Nº 219-2004/MINSA, de 4 de marzode 2004, que aprobó la Norma Técnica Nº 009-DGSP/MINSA-V.1 “Recalificación de los Puntos de Entrega de Servicios (PES) para Anticoncepción Quirúrgica Voluntaria (AQV)”. c. Disponga que se capacite al personal de salud en- cargado de brindar los servicios de planificación familiarsobre los alcances de las Normas del Programa Nacional 3Aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-SA, de 17 de agosto de 2002.