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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2005 (15/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 30

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G37/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 15 de julio de 2005 Nº 0247-2005-EF/94.45.2 del 6 de julio de 2005, de la Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 270-2005 del 10 de fe- brero de 2005 la Superintendencia de Banca, Seguros yAFP autorizó la organización de Prima AFP S.A. comoempresa Administradora Privada de Fondos de Pensio-nes, y aprobó el proyecto de minuta de constitución así como el estatuto social presentado por los organizado- res de dicha empresa; Que, Prima AFP S.A. se constituyó por escritura públi- ca del 4 de marzo de 2005 extendida ante Notario Públicode Lima, doctor Ricardo Ortiz de Zevallos Villarán; Que, el 12 de mayo de 2005, Prima AFP S.A. solicitó a la Bolsa de Valores de Lima S.A. la inscripción de las acciones comunes de la empresa en el Registro de Va-lores de la Bolsa de Valores de Lima y en el RegistroPúblico del Mercado de Valores de CONASEV; Que, el 22 de junio de 2005, la Bolsa de Valores de Lima S.A. comunicó a CONASEV su decisión de admitir el listado de las acciones comunes emitidas por Prima AFP S.A. y elevar el expediente a CONASEV, para losfines correspondientes; Que, la documentación presentada se encuentra acor- de con lo dispuesto por el artículo 5º del Reglamento deInscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rue- da de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima y el artículo 8º del Reglamento del Sistema MVNet; Que, el artículo 2º numeral 2) de las Normas Relati- vas a la Publicación y Difusión de las ResolucionesEmitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, es-tablece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción en el Registro Público del Mercado de Va- lores, de valores mobiliarios objeto de oferta pública,deben ser difundidas a través del Boletín de NormasLegales del Diario Oficial El Peruano y en la página deCONASEV en Internet; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 16º del Regla- mento del Registro Público del Mercado de Valores y a lo acordado por el Directorio de CONASEV en sesión del18 de diciembre de 2000, que faculta a la Gerencia deMercados y Emisores a disponer la inscripción de valo-res mobiliarios, previamente emitidos y que serán nego-ciados en mecanismos centralizados de negociación, en el Registro Público del Mercado de Valores; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Pronunciarse en favor del listado, en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, de las acciones comunes de Prima AFP S.A. Artículo 2º.- Inscribir en el Registro Público del Mercado de Valores las acciones comunes de Prima AFP S.A. Artículo 3º.- La presente resolución debe ser publi- cada en el Diario Oficial El Peruano y en la página deCONASEV en Internet. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a Prima AFP S.A., a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y aCavali ICLV S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. HÉCTOR VALENTÍN HURTADO Gerente de Mercados y EmisoresComisión Nacional Supervisora deEmpresas y Valores 12276 CONSUCODE /G52/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G76/G65/G65/G64/G6F/G72/G65/G73/G2C/G20/G70/G6F/G73/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G79 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G69/G73/G74/G61/G73/G20/G73/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G2D/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G64/G75/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6A/G75/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G35 CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 268-2005-CONSUCODE/PRE Jesús María, 14 de julio de 2005VISTO: El Memorándum Nº 524-2005-GR del Gerente de Registros, referido a la publicación del Listado de Inhabilitados para Contratar con el Estado. CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el Artículo 8º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM, en adelante la Ley, se establece la obligato-riedad de publicar en el Diario Oficial El Peruano la rela-ción de inhabilitados para contratar con el Estado; Que, el Artículo 11º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en adelante el Re- glamento, establece que el Consejo Superior de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE,publicará mensualmente la relación de proveedores, pos-tores o contratistas que hayan sido sancionados en elmes inmediato anterior; Que, estando a lo informado por la Gerencia de Regis- tros respecto de los proveedores, postores o contratistassancionados, comunicados a dicha Gerencia por el Tribu-nal de Contrataciones y Adquisiciones de CONSUCODEdurante el mes de junio de 2005; De conformidad a lo dispuesto por el Artículo 59º inci- so c) de la Ley, el Artículo 4º numeral 3) y Artículo 7º numeral 22) del Reglamento de Organización y Funcio-nes del CONSUCODE, aprobado por Decreto SupremoNº 021-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la publicación de los pro- veedores, postores y contratistas sancionados por el Tri-bunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado du-rante el mes de junio de 2005: 1. G & D CORPORACIÓN DE NEGOCIOS Y LÁC- TEOS S.A. - CORLAC, Suspensión de un (1) año en su derecho de presentarse en procesos de selección y con-tratar con el Estado, por presentación de documentaciónfalsa o declaración jurada con información inexacta, cau-sal tipificada en el inciso f) del artículo 205º del Reglamen- to vigente al momento de cometida la infracción, según Resolución Nº 508/2005.TC-SU de 2.6.2005, sanción queentrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguientede notificada la indicada resolución. 2. EMPRESA CONSTRUCTORA Y DE SISTEMAS RODRÍGUEZ REYES CONTRATISTAS GENERALES S.R.L. (EMCORS CONTRATISTAS S.R.L.), Suspensión de un (1) año en su derecho de participar en procesos deselección y contratar con el Estado, por presentación dedocumentación falsa o declaración jurada con informa-ción inexacta, causal tipificada en el inciso f) del artículo 205º del Reglamento vigente al momento de cometida la infracción, según Resolución Nº 526/2005.TC-SU de10.6.2005, sanción que entrará en vigencia a partir delcuarto día hábil siguiente de notificada la indicada resolu-ción. 3. JÉSSICA BALCÁZAR CRUZ, Suspensión de un (1) año en su derecho de presentarse en procesos de selec-ción y contratar con el Estado, por presentación de docu-mentación falsa o declaración jurada con informacióninexacta, causal tipificada en el inciso f) del artículo 205º delReglamento vigente al momento de cometida la infracción, según Resolución Nº 527/2005.TC-SU de 13.6.2005, san- ción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábilsiguiente de notificada la indicada resolución. 4. MAYSEPI E.I.R.L., Suspensión de doce (12) meses en su derecho de presentarse en procesos de selección y contratar con el Estado, por presentación de documen- tos falsos o declaración jurada con información inexacta,causal tipificada en el inciso f) del artículo 205º delReglamento vigente al momento de cometida la infrac-ción, según Resolución Nº 531/2005.TC-SU de 14.6.2005,sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notificada la indicada resolución. 5. FA RAY S.A.C., Suspensión de diez (10) meses en su derecho de presentarse en procesos de selección y