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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2005 (17/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 50

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G30/G35/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 17 de julio de 2005 GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA /G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G56/G20/G41/G75/G64/G69/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G44/G65/G73/G63/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61 ORDENANZA REGIONAL Nº 036-GR-HVCA/CR Huancavelica, 31 de mayo del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE CONVOCA A LA V AUDIENCIA PÚBLICA REGIONAL Artículo 1º.- Convóquese a la V Audiencia Pública Regional Descentralizada a realizarse en la provincia deTayacaja, el 22 de julio del 2005. En la provincia deCastrovirreyna, el 30 de setiembre del 2005. Artículo 2º.- Encárguese a la Presidencia Regional el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regio- nal de Huancavelica para su promulgación. En Huancavelica, a los treinta y un días del mes de mayo del año dos mil cinco. SALVADOR CRISANTO ESPINOZA HUAROCC Presidente del Consejo Regional de Huancavelica POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los treinta y un días del mes de mayo delaño dos mil cinco. SALVADOR ESPINOZA HUAROCC Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica 12754 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G56/G69/G61/G6C/G20/G44/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6C /G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G69/G75/G72/G61 ORDENANZA REGIONAL Nº 075-2005/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura; POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley de Reforma Cons-titucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentrali-zación - Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentraliza-ción - Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regiona-les - Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y demás Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, el artículo 192º de la Constitución Política del Estado, modificada por Ley de Reforma Constitucional delCapítulo XIV, del Título IV, sobre DescentralizaciónNº 27680, establece que los gobiernos regionales pro-mueven el desarrollo y la economía regional, fomentan lasinversiones, actividades y servicios públicos de su respon- sabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo, indicando que es competente, en-tre otras cosas, para promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, con-forme a ley; Que, el artículo 5º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902, esti-pula que es misión de los Gobiernos Regionales la de organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas,en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, paracontribuir al desarrollo integral y sostenible de la región; Que, el artículo 10º de la precitada Ley Orgánica, con- cordante con el artículo 35º de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece como competencia exclusiva de los gobiernos regionales, entre otras la deplanificar el desarrollo integral de su región y ejecutar losprogramas socioeconómicos correspondientes, en armo-nía con el Plan Nacional de Desarrollo; Que, el inciso a. del artículo 15º de la Ley Orgánica antes aludida, señala como atribución del Consejo Regio- nal, el aprobar, modificar o derogar las normas que reguleno reglamenten los asuntos y materias de competencia yfunciones del Gobierno Regional; Que, el inciso b) del artículo 56º de la Ley antes aludi- da, señala como función específica en materia de transpor- tes, el planificar, administrar y ejecutar el desarrollo de la infraestructura vial regional, no comprendida en la Red VialNacional o Rural, debidamente priorizada dentro de losplanes de desarrollo regional; Que, la Estrategia Sectorial de Descentralización de la Gestión Vial incluye, entre otros temas, la formulación de planes viales departamentales que proporcionen un marco institucional y financiero ordenado y consolidado para eldesarrollo, rehabilitación y mantenimiento de la red vialdepartamental; la elaboración del Plan Vial Departamentala efecto de lograr una intervención racional de la infraes-tructura vial, concebido como instrumento de gestión; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 250- 2004/GRP-CR, aprobado en Sesión Ordinaria Nº 08 defecha 14 de setiembre del 2004, se Formaliza el Procesode formulación del Plan Vial Departamental Participativode Piura y dispuso, la emisión de la Resolución EjecutivaRegional que designe al Equipo Técnico de Planificación Vial encargado de la formulación de la elaboración de este Plan; Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 806-2004/ GOBIERNO REGIONAL PIURA-PR, de fecha 15 de octu-bre del 2004, se designa al Equipo de Planificación Vialpara la formulación del Plan Vial Departamental Participati- vo; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 261- 2004/GRP-CR, aprobado en Sesión Extraordinaria Nº 20,de fecha 22 de noviembre de 2004, se conformó, la Comi-sión de Coordinación del Gobierno Regional Piura, que seencargó de canalizar la participación de las entidades vin- culadas a la vialidad regional, en la formulación del Plan Vial Departamental Participativo de Piura; Que, mediante Acta de la Reunión de Comisión de Coordinación del Gobierno Regional de Piura para la For-mulación del Plan Vial Departamental Participativo de fe-cha 9 de marzo del 2005, suscrita por los miembros de la Comisión de Coordinación del Gobierno Regional de Piura, se acordó aprobar la estrategia de demanda, de los obje-tivos y políticas para la Gestión Vial Departamental; apro-bar la propuesta de Solución a la Problemática Vial deldepartamento; y, aprobar el documento final del Plan VialDepartamental Participativo de Piura; Que, con Informe Nº 042-2005/GRP-400000, de fecha 6 de junio de 2005, la Gerencia General Regional del Go-bierno Regional de Piura, presenta el Plan Vial Departa- mental Participativo para que sea aprobado por el Consejo Regional; Que, mediante Memorándum Nº 1206-2005/GRP- 410000-410100, de fecha 24 de junio de 2005, la Geren- cia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicio-namiento Territorial remite la opinión técnica sobre el Plan Vial Departamental Participativo, considerando que se ha cumplido con la metodología, debiéndose remitir al Conse-jo Regional para su aprobación; Que, estando a lo acordado y aprobado, en Sesión Ordinaria Nº 06, de fecha 30 de junio de 2005, con dispen-sa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el ConsejoRegional del Gobierno Regional de Piura en uso de susfacultades y atribuciones conferidas por la ConstituciónPolítica del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regio- nales; Ha dado la Ordenanza siguiente: