Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2005 (17/07/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 17 de MORDAZA de 2005

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
Convocan a la V Audiencia Publica Regional Descentralizada
ORDENANZA REGIONAL Nº 036-GR-HVCA/CR Huancavelica, 31 de MORDAZA del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE CONVOCA A LA V AUDIENCIA PUBLICA REGIONAL Articulo 1º.- Convoquese a la V Audiencia Publica Regional Descentralizada a realizarse en la provincia de Tayacaja, el 22 de MORDAZA del 2005. En la provincia de Castrovirreyna, el 30 de setiembre del 2005. Articulo 2º.- Encarguese a la Presidencia Regional el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgacion. En Huancavelica, a los treinta y un dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA HUAROCC Presidente del Consejo Regional de Huancavelica POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los treinta y un dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA HUAROCC Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica 12754

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban el Plan Vial Departamental Participativo de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 075-2005/GRP-CR
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, de conformidad con lo previsto en la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y demas Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, el articulo 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion Nº 27680, establece que los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo, indicando que es competente, en-

tre otras cosas, para promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, vialidad, comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente, conforme a ley; Que, el articulo 5º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902, estipula que es mision de los Gobiernos Regionales la de organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region; Que, el articulo 10º de la precitada Ley Organica, concordante con el articulo 35º de la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, establece como competencia exclusiva de los gobiernos regionales, entre otras la de planificar el desarrollo integral de su region y ejecutar los programas socioeconomicos correspondientes, en MORDAZA con el Plan Nacional de Desarrollo; Que, el inciso a. del articulo 15º de la Ley Organica MORDAZA aludida, senala como atribucion del Consejo Regional, el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el inciso b) del articulo 56º de la Ley MORDAZA aludida, senala como funcion especifica en materia de transportes, el planificar, administrar y ejecutar el desarrollo de la infraestructura vial regional, no comprendida en la Red Vial Nacional o Rural, debidamente priorizada dentro de los planes de desarrollo regional; Que, la Estrategia Sectorial de Descentralizacion de la Gestion Vial incluye, entre otros temas, la formulacion de planes viales departamentales que proporcionen un MORDAZA institucional y financiero ordenado y consolidado para el desarrollo, rehabilitacion y mantenimiento de la red vial departamental; la elaboracion del Plan Vial Departamental a efecto de lograr una intervencion racional de la infraestructura vial, concebido como instrumento de gestion; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 2502004/GRP-CR, aprobado en Sesion Ordinaria Nº 08 de fecha 14 de setiembre del 2004, se Formaliza el MORDAZA de formulacion del Plan Vial Departamental Participativo de MORDAZA y dispuso, la emision de la Resolucion Ejecutiva Regional que designe al Equipo Tecnico de Planificacion Vial encargado de la formulacion de la elaboracion de este Plan; Que, con Resolucion Ejecutiva Regional Nº 806-2004/ GOBIERNO REGIONAL PIURA-PR, de fecha 15 de octubre del 2004, se designa al Equipo de Planificacion Vial para la formulacion del Plan Vial Departamental Participativo; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 2612004/GRP-CR, aprobado en Sesion Extraordinaria Nº 20, de fecha 22 de noviembre de 2004, se conformo, la Comision de Coordinacion del Gobierno Regional MORDAZA, que se encargo de canalizar la participacion de las entidades vinculadas a la vialidad regional, en la formulacion del Plan Vial Departamental Participativo de Piura; Que, mediante Acta de la Reunion de Comision de Coordinacion del Gobierno Regional de MORDAZA para la Formulacion del Plan Vial Departamental Participativo de fecha 9 de marzo del 2005, suscrita por los miembros de la Comision de Coordinacion del Gobierno Regional de MORDAZA, se acordo aprobar la estrategia de demanda, de los objetivos y politicas para la Gestion Vial Departamental; aprobar la propuesta de Solucion a la Problematica Vial del departamento; y, aprobar el documento final del Plan Vial Departamental Participativo de Piura; Que, con Informe Nº 042-2005/GRP-400000, de fecha 6 de junio de 2005, la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, presenta el Plan Vial Departamental Participativo para que sea aprobado por el Consejo Regional; Que, mediante Memorandum Nº 1206-2005/GRP410000-410100, de fecha 24 de junio de 2005, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial remite la opinion tecnica sobre el Plan Vial Departamental Participativo, considerando que se ha cumplido con la metodologia, debiendose remitir al Consejo Regional para su aprobacion; Que, estando a lo acordado y aprobado, en Sesion Ordinaria Nº 06, de fecha 30 de junio de 2005, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza siguiente:

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