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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2005 (22/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 31

PÆg. 297423 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de julio de 2005 dadana BERTA TARCILIA CONTRERAS MONJE DE LOZA o BERTA TARCILA CONTRERAS MONJE VDA.DE LOZA y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, para que en nombre y re-presentación de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra la ciudadana BERTA TARCILIA CONTRERAS MONJE DE LOZA oBERTA TARCILA CONTRERAS MONJE VDA. DE LOZAy los que resulten responsables, por la comisión de pre-sunto delito contra la Fe Pública, en las modalidades deFalsificación de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso) y Falsedad Ideológica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, para los fines aque se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 12991 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 762-2005-JEF/RENIEC Lima, 8 de julio de 2005 VISTO: los Memorandos Nºs. 285 y 300-2001/OHC/ DCP/GO, los Informes Nºs. 286 y 369-2000/OHC/DCP/GO y el Informe Nº 705-2005-GAJ/RENIEC de fecha 27de junio del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, así como del proceso de depuración inherente al procedimiento administrativo, ha detectadoque los ciudadanos LUIS ORLANDO PAREDESROMERO o LUIS ORLANDO PAREDES YAMASHIRO,JOSE DANIEL ORTEGA DIAZ o MIGUEL KISETOMIDA y SILVIA VALVERDE MORE o SARA VALVERDE MORE, dada la simplificación administrativa y en atención al principio de veracidad de las declaracio-nes en los documentos, se presentaron solicitando nue-vas inscripciones en el Registro Único de Identificación,pese a tener inscripciones válidas habiendo realizadodeclaraciones falsas, las mismas que fueron ingresa- das en instrumento público, esto es el Registro; Que, mediante Examen de Confrontación Monodactilar Nº 1016-99/INVEST, Examen de Confrontación Mono-dactilar Nº 197-2000/INVES e Informe de HomologaciónMonodactilar Nº 897/00/UT/DCP/RENIEC, se ha deter-minado que se trata de casos de doble inscripción, rea- lizado por los ciudadanos antes señalados; Que, aun cuando se ha procedido administrativamen- te, esto es la exclusión definitiva de las inscripcionesobtenidas en forma irregular, mediante las ResolucionesNºs. 029 y 045-2001-GO/RENIEC, los hechos antesdescritos constituyen indicio razonable de la comisión de presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideológica, previsto y sancionado en el ar-tículo 428º del Código Penal vigente; Que, en atención a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídi-ca, resulta necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga lasacciones legales que correspondan en defensa de losintereses del Estado y del Registro Nacional de Identifi-cación y Estado Civil contra LUIS ORLANDO PAREDES ROMERO o LUIS ORLANDO PAREDES YAMASHIRO,JOSE DANIEL ORTEGA DIAZ o MIGUEL KISETOMIDA y SILVIA VALVERDE MORE o SARA VALVER-DE MORE; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interpongalas acciones legales que correspondan contra LUISORLANDO PAREDES ROMERO o LUIS ORLANDOPAREDES YAMASHIRO, JOSE DANIEL ORTEGA DIAZo MIGUEL KISE TOMIDA y SILVIA VALVERDE MORE o SARA VALVERDE MORE, por presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideológica, enagravio del Estado y del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 12990 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 763-2005-JEF/RENIEC Lima, 8 de julio de 2005 VISTO: el Oficio Nº 10525-2004/GP/SGDAC/HYC RENIEC, el Informe Nº 720-2004-GP/SGDAC/HYC RE- NIEC, el Informe Nº 2373-2004-GO-SGREC/RENIEC, el Oficio Nº 1238-2005-GO-SGREC/RENIEC y el Infor-me Nº 714-2005-GAJ/RENIEC de fecha 28 de junio del2005, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Depuración Registral y Ar- chivo Central del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asícomo del proceso de depuración inherente al procedi-miento administrativo, ha detectado que el ciudadano que dice llamarse VALDEVINO MOREIRA BATISTA, mediante Formulario de Identidad Nº 20902279 de fecha19 de agosto del 2004 obtuvo la Inscripción Nº 43699892,registra como fecha y lugar de nacimiento el 10 de no-viembre de 1983 en el distrito y provincia de Huancané,departamento de Puno. Adjunta como documentos de sustento copia de la Partida de Nacimiento Extemporá- nea Nº 63159172 (Ley Nº 26497) expedida por la Munici-palidad Provincial de Huancané - Puno y copia de laLibreta Militar Nº 3172775839 emitida por el Ejército delPerú; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil que fun- ciona en la Municipalidad Provincial de Huancané, remi- te copia del Acta de Nacimiento ExtemporáneaNº 63159172 del Libro de Nacimientos del año 2004 anombre de VALDEVINO MOREIRA BATISTA (Ley Nº26497) en la cual aparece como de nacionalidad peruana; Que, mediante el Oficio Nº 3548-2004-IN/1601/S.G. de fecha 5 de octubre del presente año, al cual se adjun- tan los Informes Nº 067-2004-IN-1601 y Nº 160-2004-IN-1605, la Dirección General de Migraciones y Natura-lización del Ministerio del Interior, informa que luego lasverificaciones respectivas han constatado que en el Ar-chivo Central de Extranjeros Residentes en el Perú no existe registro a nombre de VALDEVINO MOREIRA BATISTA. Asimismo, comunica que se ha verificado losmovimientos migratorios de un ciudadano de nacionali-dad brasilera, identificado como VALDEVINO MOREIRA