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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2005 (31/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 67

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G39/G39/G30/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 31 de marzo de 2005 - Buscará y promoverá programas de capacitación por competencias laborales. - Gestionará la inclusión de los planes del CERX (en lo pertinente) en los planes de desarrollo regional y munici-pal y en los planes de ordenamiento territorial (o su equi- valente). - Con el Gobierno Regional Lambayeque, el CERX preparará un informe semestral de los proyectos priori- tarios de infraestructura y logística, desarrollo empresa- rial, capacitación para la actividad exportadora de la re-gión, formación de capital humano y necesidades de desarrollo técnico y tecnológico relacionadas con las mesas de producto del PERX, el que será sometido ala aprobación del Consejo del Gobierno Regional de Lambayeque. - Promoverá ante el Gobierno Regional y Nacional la capacitación laboral y el desarrollo empresarial en los sectores relacionados con la actividad exportadora. En el ámbito de la promoción de inversiones: - Con el apoyo de la Oficina de Promoción Empresarial - OPE, buscará financiamiento para los proyectos identi- ficados en las Mesas de Producto y en el PERX. - Promoverá la inversión y vinculación de socios internacionales que aumenten el valor agregado en la actividad exportadora. - Promoverá el establecimiento y desarrollo en la re- gión de programas de productividad y tecnología que apoyen las actividades exportadoras. Artículo Quinto.- Los recursos del Comité Ejecuti- vo Regional Exportador de Lambayeque - CERX Lambayeque, serán los que se obtengan de la coopera-ción técnica internacional, gestionada y aprobada en el marco de la normatividad vigente, y otros provenientes de donaciones. Artículo Sexto.- El Presidente del CERX Lambayeque, se incorporará al Consejo Regional de Competitividad de Lambayeque - CRCL. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 06369 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G64/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64/G20/G64/G65/G20/G54/G61/G63/G6E/G61 ORDENANZA REGIONAL Nº 028-2004-CR/GOB.REG.TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tac- na, en Sesión Extraordinaria de fecha 16 de noviem- bre del año en curso, con el voto unánime de susmiembros, aprobó la siguiente Ordenanza Regional: CONSIDERANDO:Que, el Art. 15º literal a), de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modificada por LeyNº 27902, prescribe que es atribución del Consejo Re- gional -como órgano normativo del Gobierno Regional- : “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulena reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”. Consecuentemen- te y en concordancia con lo antes indicado, el Art. 38ºde la acotada ley, establece que las Ordenanzas Regionales, son aprobadas por el Consejo Regional a efecto de: “Normar -entre otros asuntos- la Organiza-ción y Administración de los Gobiernos Regionales, así como Reglamentar materias de su competencia"; Que, la Dirección Regional de Salud, constituye un órgano de línea desconcentrado, dependienteadministrativa y funcionalmente del Gobierno Regio- nal. En ese sentido, dicho órgano, mediante Oficio Nº 1779-2004-OR-OEP-DR/DRS/GOB.REG.TACNA, ha remitido a la Gerencia Regional de Planeamiento,Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el Pro- yecto de: “Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Red de Salud, de la Dirección Regional de Salud- Tacna, a fin de obtener su aprobación mediante Ordenanza Regional; Que, para tal efecto, la Oficina Ejecutiva de Organi- zación de la Oficina General de Planeamiento Estratégico del MINSA (Ministerio de Salud), mediante Informe Nº 0280-2004-OGPE-OEO/MINSA, ha emiti-do opinión favorable , respecto al citado documento de Gestión (CAP); Que, el Cuadro para Asignación de Personal de la citada Red de Salud, ha sido estructurado en concordancia con lo dispuesto en el numeral 14.5 del Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM;en ese orden, lo peticionado es procedente, por tan- to, debe emitirse la respectiva Norma Regional; Que, en atención a las consideraciones expues- tas, con las atribuciones conferidas en la Constitu- ción Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobier- nos Regionales y, el Reglamento de Organización yFunciones del Gobierno Regional; el Consejo del Gobierno Regional de Tacna, aprueba la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), de la Red de Salud de la Dirección Regional de Salud - Tacna, el cual cons- ta de 642 cargos distribuidos en 282 ocupados y 360previstos. Forman parte de la presente Ordenanza Regional, tres (3) ejemplares que contienen el Pro- yecto aprobado, con ocho (08) folios cada uno, debi-damente visados por los funcionarios autorizados para tal efecto. Artículo Segundo.- REMITIR la presente Orde- nanza, a la Dirección Regional de Salud de Tacna, a fin que el Director Regional, disponga su publicación en el Diario Oficial El Peruano, asimismo, remítasecopias a la Oficina de Soporte Informático para su difusión en el Portal Electrónico del Gobierno Regio- nal, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 42º dela Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regio- nal, entrará en vigencia al día siguiente de su publica-ción; en consecuencia, queda sin efecto toda norma que se oponga a ésta. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Re- gional de Tacna, para su promulgación. En Tacna, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil cuatro. JULIO ANTONIO ALVA CENTURIÓN Presidente del Consejo Regional de Tacna POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la ciudad de Tacna, sede del Gobierno Re- gional de Tacna, a los dieciocho días del mes de noviem- bre del año dos mil cuatro. JULIO ANTONIO ALVA CENTURIÓN Presidente del Gobierno Regional de Tacna 06281 ORDENANZA REGIONAL Nº 030-2004-CR/GOB.REG.TACNA POR CUANTO: El Consejo del Gobierno Regional de Tacna, en Se- sión Ordinaria de fecha 1 de diciembre del año en curso,con el voto en mayoría de sus miembros, aprobó la si- guiente Ordenanza Regional: