Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2005 (31/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

MORDAZA, jueves 31 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES
DEBE DECIR: Articulo Tercero.-

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MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Prorrogan vigencia de Ordenanza que otorgo beneficio especial de exoneracion y regularizacion para los conductores del MORDAZA Municipal Nº 2
DECRETO DE ALCALDIA Nº 010-2005-MDB Barranco, 15 de marzo del 2005 EL MORDAZA DISTRITAL DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ordenanza Nº 221-MDB, que otorgo beneficio especial de exoneracion y regularizacion para los conductores del MORDAZA Municipal Nº 2, tenia vigencia hasta el 28 de febrero del 2005, siendo prorrogada hasta el 15 de marzo del 2005 mediante D.A. Nº 008-2005MDB; Que, a fin de que un mayor numero de conductores del MORDAZA Municipal Nº 2 pueda cumplir puntualmente con el pago de sus obligaciones, resulta necesario extender el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 221-MDB; Que, es politica de la Municipalidad Distrital de Barranco otorgar a los contribuyentes las maximas facilidades para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones de pago; Que, en ejercicio de la facultad conferida por el articulo 6º de la Ordenanza Nº 221-MDB; DECRETA: Articulo Primero.- Disponer la prorroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 221-MDB, hasta el 29 de MORDAZA del 2005. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente decreto a la Gerencia de Administracion Financiera y Tributaria, Subgerencia de Tesoreria y Unidad de Estadistica e Informatica. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DEL POMAR SAETTONE MORDAZA 06290

c. ... Licencia de Apertura de Establecimiento, anuncios y para construir o usar el retiro municipal tendra un descuento del 75%. 06373

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Reglamentan Autorizaciones y Licencias Municipales de Funcionamiento de Establecimientos Comerciales, Industriales y Profesionales en el distrito
ORDENANZA Nº 047 San MORDAZA de Lurigancho, 31 de enero de 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO; en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son gobiernos locales con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; correspondiendo al Concejo las funciones normativas y fiscalizadoras, y a la Alcaldia las funciones ejecutivas; Que, asimismo, el Articulo 195º de la MORDAZA constitucional, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local, la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad en MORDAZA con las politicas y planes nacionales de desarrollo; Que, el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion; Que, el Articulo 79º numeral 3), inciso 3.6.2 de la citada MORDAZA legal asigna funciones especificas y exclusivas de las municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo: para normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de construccion, remodelacion, o demolicion de inmuebles y declaratorias de fabrica; Que, de igual modo, el inciso 3.6.4 del articulo y numeral citado asigna funciones especificas y exclusivas de las Municipalidades distritales en materia de Organizacion del espacio fisico y uso del suelo: para normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de apertura de establecimientos comerciales, industriales de actividades profesionales de acuerdo con la zonificacion; Que el Articulo 83º numeral 3.6 de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece como funcion exclusiva de las Municipalidades Distritales "otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales; Que, asimismo, el Articulo 88º numeral 3) inciso 3.6 asigna funciones especificas y exclusivas de las municipalidades distritales en materia de abastecimiento y comercializacion de productos y servicios; para otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales; Que, el Articulo 49º de la Ley Organica de Municipalidades senala que autoridad municipal puede ordenar la clausura transitoria o definitiva de edificios, establecimientos o servicios, cuando su funcionamiento esta prohibido legalmente, o constituye peligro o riesgo para la seguridad publica, o infrinjan las normas reglamentarias

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 194-MDMM Mediante Oficio Nº 077-2005-SG-MDMM, la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 194-MDMM, publicada en la edicion del 30 de marzo de 2005. DICE: Articulo Tercero.c. ... Licencia de Apertura de Establecimiento tendra un descuento del 75%.

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