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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2005 (31/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 65

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G39/G39/G30/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 31 de marzo de 2005 Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre que preceptúa que los gobiernos regionales tienen en materia de transporte competencias normativas, de ges- tión y fiscalización conforme en lo señalado en el Artículo56º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y apro- bar normas específicas en materia de transporte con sujeción a lo establecido en cada Reglamento Regional,para cuyo efecto se ha dictado el Reglamento Nacional de Administración de Transportes que señala en su Ar- tículo 14º que los gobiernos regionales tienen facultadnormativa para aprobar las normas complementarias al mencionado reglamento, necesarias para la gestión y fis- calización del servicio de transporte interprovincial de per-sonas en el ámbito regional de su jurisdicción de confor- midad con lo previsto en la Ley y su Reglamento; Que, en armonía con los dispositivos legales señala- dos y haciendo uso de las facultades otorgadas recogi- das en el Artículo 77º, concordante con su Artículo 44º, del Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, respecto a quelas Direcciones Regionales Sectoriales encargadas de la circulación terrestre podrán otorgar permisos excepcionales en sus respectivas jurisdicciones convehículos destinados para el transporte de pasajeros sentados y que adicionalmente reúnan las característi- cas técnicas establecidas, correspondiendo al Gobier-no Regional determinar la categoría del vehículo a utili- zar, así como las demás condiciones relacionadas con las vías, el mercado, la antigüedad del vehículo y elcapital del transportista; Que, es necesario tener en cuenta la situación particu- lar de la Región que atraviesa por un estado de pobrezaextrema en una proporción significativa, cuya principal actividad económica se sustenta en la actividad agríco- la, sector que viene siendo golpeado por la prolongadasequía, siendo que justamente la mayoría del servicio de transporte público de pasajeros se realiza hacia los lugares que significan un servicio de carácter interpro-vincial, lo que justifica de manera urgente el atender los requerimientos de los transportistas debidamente organi- zados quienes necesariamente requieren el apoyo yrespaldo de las autoridades competentes; Que, al promulgarse el Decreto Supremo Nº 009- 2004-MTC, Reglamento Nacional de Administración deTransportes no se contempló la problemática regional planteada, por lo que se hace necesario complementar su normatividad mediante la disposición normativa regio-nal correspondiente; Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regio-nales, el Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayeque ha emitido la siguiente; ORDENANZA Artículo Primero.- AUTORÍZASE a la Dirección Regional de Transporte al otorgamiento de permisos excepcionales a vehículos de la categoría M1 de peso neto vehicular igual o superior a 1.0 toneladas, con mo-tor de cilindrada igual o superior a 1100 cc, en vehículos de cinco a seis asientos (automóviles). Artículo Segundo.- ESTABLÉCESE la antigüedad de los vehículos para las categorías M1 y M2 en diecio- cho (18) años, siempre y cuando se garantice su operati- vidad mediante certificación del órgano técnico compe-tente debidamente autorizado. Artículo Tercero.- AUTORÍZASE el incremento de la flota en el servicio permisionario, siempre y cuando sejustifique de manera racional la necesidad de atender mayor demanda de pasajeros. Artículo Cuarto.- AUTORÍZASE la reducción o ampliación de ruta en un máximo de treinta por ciento (30%) de la ruta original, debiéndose tomar en cuenta a este efecto que se carezca del servicio de transporte ode haberlo éste sea insuficiente. Artículo Quinto.- DÉJESE sin efecto todas las disposiciones regionales en cuanto se opongan a lo dis-puesto en la presente Ordenanza Regional POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 06368/G43/G72/G65/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G45/G78/G70/G6F/G72/G74/G61/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G6D/G62/G61/G79/G65/G71/G75/G65/G20/G2D/G20/G43/G45/G52/G58/G4C/G61/G6D/G62/G61/G79/G65/G71/G75/G65 ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2005-GR.LAMB./CR. Chiclayo, 22 de febrero de 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque en su Sesión Ordinaria de 14 de febrero de 2005, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2003- MINCETUR, se crea la Comisión Multisectorial Mixta Permanente (CMMP) encargada de elaborar, proponer y monitorear el Plan Estratégico Nacional Exportador -PENX; Que, el Plan Estratégico Nacional Exportador - PENX tiene como uno de sus objetivos lograr una ofertaestratégicamente diversificada, con significativo valor agregado, de calidad y volúmenes que permitan tener una presencia competitiva en los mercadosinternacionales; Que, dentro de dicho Plan se encuentran tres compo- nentes: Planes Operativos Sectoriales de Exportación,Plan Maestro de Facilitación de Comercio Exterior y Pla- nes Estratégicos Regionales de Exportación - PERX, estos últimos como un instrumento de gestión, que bus-can establecer un marco de referencia para que todos los agentes económicos y sociales de la Región puedan alinear sus propias estrategias de acuerdo con la visiónexportadora que se desea alcanzar; Que, la gestión para mejorar la competitividad del país requiere del trabajo conjunto y concertado de lossectores público y privado, así como académico, razón por la cual se busca otorgar sostenibilidad al proceso de promoción y mejora de las exportaciones y favorecer eldesarrollo futuro de macro regiones económicas; Que, resulta necesario crear el Comité Ejecutivo Regional Exportador - CERX como instancia técnica deComercio Exterior en el marco del Consejo Regional de Competitividad de Lambayeque (CRCL), a fin de contar con una política integral y ordenada que facilite el desa-rrollo de sinergia en la Región; Que, dentro del contexto de promoción de la Competi- tividad se encuentra contemplado el sector ComercioExterior, para fomentar el crecimiento económico con equidad social permitiendo articular las acciones con el Plan Estratégico Nacional Exportador - PENX y la Comi-sión Multisectorial Mixta Permanente; Que, los Gobiernos Regionales son los principales coordinadores, concertadores, planificadores y promoto-res de la construcción del desarrollo integral y sostenido de su espacio regional; Que, los Gobiernos Regionales promueven el uso sostenido de los recursos naturales, culturales, conservación del medio ambiente, la mejora e incremen- to de la producción y productividad regional y reducciónde la pobreza; Que el PERX es una herramienta de gestión a través de un trabajo coordinado con los Gobiernos Regionales,el sector público, el sector privado y académico regio- nal. Los objetivos específicos que tiene el PERX es la articulación de cadenas y conglomerados productivos,identificación y promoción de oportunidades de inver- sión, desconcentración de los servicios de distribución física, ampliación y consolidación de presencia en mer-cados internacionales, y promover la formación de re- cursos humanos en las regiones; Como resultado de este proyecto se han obtenido, tres productos: - El Plan Estratégico Regional de Exportaciones Lambayeque (PERX - Lambayeque). - Cuatro Planes Operativos por Productos (POPs): Mango, Limón, Menestras, Concha de Abanico.