Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2005 (31/03/2005)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, jueves 31 de marzo de 2005

representante; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 132 inciso a) de la Ley del MORDAZA de Valores, la Bolsa de Valores de MORDAZA comunico a CONASEV su decision de disponer el deslistado de los bonos denominados "Bonos Cervesur - Primera Emision" y elevar el expediente a esta Comision para los efectos correspondientes; Que, el articulo 37 inciso b) de la Ley del MORDAZA de Valores, en concordancia con el articulo 27 inciso b) del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, establecen como causal para la exclusion de un valor la amortizacion, rescate total u otra causa; Que, asimismo, el articulo 38 de la Ley del MORDAZA de Valores, en concordancia con el articulo 34 del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion de Compra de Valores por Exclusion, establece que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores genera la obligacion de efectuar una Oferta Publica de Compra; Que, no obstante lo senalado en el considerando anterior, la exclusion de los bonos denominados "Bonos Cervesur - Primera Emision" del Registro Publico del MORDAZA de Valores, se encuentra dentro de la causal de excepcion a la realizacion de una oferta publica de compra por exclusion contemplada en el articulo 38 inciso a) del referido Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion de Compra de Valores por Exclusion; Que, el articulo 2 numeral 2 de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de CONASEV establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de los valores mobiliarios objeto de oferta publica, el registro de los prospectos informativos correspondientes y la exclusion de estos del Registro Publico del MORDAZA de Valores, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la pagina de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 52 del Reglamento del Registro Publico de MORDAZA de Valores y el acuerdo del Directorio de esta Comision Nacional de fecha 18 de diciembre de 2000, que faculta a la Gerencia de Mercados y Emisores a disponer la exclusion de valores mobiliarios del Registro Publico de MORDAZA de Valores; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Pronunciarse en favor del deslistado del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA de los bonos denominados "Bonos Cervesur - Primera Emision" de Compania Cervecera del Sur del Peru S.A. Articulo 2º.- Disponer la exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de CONASEV de los bonos denominados "Bonos Cervesur -Primera Emision" de Compania Cervecera del Sur del Peru S.A. Articulo 3º.- La presente Resolucion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina de CONASEV en internet. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion a Compania Cervecera del Sur del Peru S.A., a la Bolsa de Valores de MORDAZA y a Cavali ICLV S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BUTLER Gerente de Mercados y Emisores (e) Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores 02907

Que, conforme a lo establecido en el Articulo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa Nº 26407. Dicho Codigo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion Nº 0072-2000/INDECOPICRT; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo los siguientes Comites Tecnicos de Normalizacion Permanentes: a) Azucar y derivados y b) Gestion Ambiental, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, los Comites Tecnicos de Normalizacion citados, presentaron Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a) Azucar y derivados, 2 PNTP, el 3 de octubre del 2002. b) Gestion Ambiental, 1 PNTP, el 30 de junio del 2004. Los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas mediante el Sistema Ordinario, y sometidos a Discusion Publica por un periodo de sesenta dias calendario; los mencionados en el acapite a) contados a partir del 5 de diciembre del 2002 y el 5 de junio del 2003, respectivamente; mientras el mencionado en el acapite b) contado a partir del 13 de setiembre del 2004; Que, habiendose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas estas fueron revisadas, evaluadas y aprobadas por los Comites Tecnicos mencionados anteriormente, sometiendolas a consideracion de la Comision; Luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo la aprobacion del Proyecto de MORDAZA Tecnica Peruana, como MORDAZA Tecnica Peruana; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolucion Nº 00722000/INDECOPI-CRT, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros, reunidos en su sesion de fecha 11 de marzo del 2005. RESUELVE Primero.- APROBAR como Normas Tecnicas Peruanas, las siguientes: NTP 207.001:2005 AZUCAR. Definicion y clasificacion. 5ª Edicion Reemplaza a la NTP 207.001:1981 y NTP 207.017:1980 AZUCAR. Metodos de ensayo microbiologico en azucar refinada con uso de membranas filtrantes. 5ª Edicion Reemplaza a la NTP 207.032:1987

INDECOPI
Aprueban Normas Tecnicas Peruanas sobre azucar y gestion ambiental
RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 0023-2005/CRT-INDECOPI MORDAZA, 11 de marzo de 2005

NTP 207.032:2005

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