Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2005 (31/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

MORDAZA, jueves 31 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Establecen procedimiento para la actualizacion de deudas tributarias administradas por el SAT
ORDENANZA Nº 756 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA, EN SESION DE LA FECHA; Estando a lo dispuesto por el numeral 5) del Articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, Articulo 40º y numeral 4) del Articulo 157º de la Ley Organica de Municipales Nº 27972, y lo opinado por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 49-2005-MML-CMAEDO; Aprobo la siguiente: ORDENANZA SOBRE REGIMEN TEMPORAL DE ACTUALIZACION DE DEUDAS ADMINISTRADAS POR EL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Articulo 1º.- Objetivo La presente Ordenanza tiene como objetivo establecer un procedimiento especial para la actualizacion de deudas tributarias, cuya administracion se encuentre a cargo del Servicio de Administracion Tributaria, SAT. Articulo 2º.- Deudas comprendidas Estan comprendidas las deudas tributarias generadas hasta el 31 de diciembre de 2004 que a la fecha de vigencia de la presente Ordenanza, se encuentren registradas por montos mayores o iguales a 3125 Unidades Impositivas Tributarias, asi como las deudas de las entidades con personeria juridica responsables de administrarlas. Articulo 3º.- Actualizacion de la deuda El tributo insoluto de las deudas senaladas en el Articulo MORDAZA de la presente Ordenanza, sera actualizado unicamente aplicando la variacion anual del Indice de Precios al Consumidor (IPC) de MORDAZA Metropolitana, desde la fecha del ultimo pago o en su defecto desde la fecha de exigibilidad de la deuda hasta la fecha de publicacion de la presente Ordenanza, extinguiendose las costas y gastos, recargos y reajustes. Al monto actualizado conforme al parrafo anterior se le aplicara una tasa de interes anual efectiva de 10% hasta la fecha en que se presente la solicitud de acogimiento al pago ya sea al contado o en forma fraccionada. Articulo 4º.- Aplicacion del Reglamento de fraccionamiento En caso de solicitarse el fraccionamiento de la deuda actualizada en la presente Ordenanza no sera de aplicacion lo dispuesto en los numerales 4, 5, y 6, del articulo 4º y los articulos 10º, 11º, 14º y 15º del Reglamento de Fraccionamiento aprobado por Resolucion Jefatural Nº 01-04-00000005. El numero de cuotas de fraccionamiento no podra ser superior a 120. Articulo 5º.- Reglas aplicables para el fraccionamiento La cuota inicial a la que hace referencia la Resolucion Jefatural Nº 01-04-00000005 no podra ser menor a 1,000 Unidades Impositivas Tributar ias (UIT) y debera

cancelarse en la fecha en que se solicita el acogimiento al pago fraccionado. Las cuotas restantes de fraccionamiento, comenzaran a pagarse a partir del ejercicio 2006, mensualmente en importes iguales constituidos por amortizacion e intereses. La primera fecha de vencimiento sera el 31 de enero de 2006. Para determinar el valor de las cuotas del fraccionamiento se aplicara una tasa de interes efectiva anual del 8% sobre el saldo restante luego del pago de la cuota inicial. Articulo 6º.- Aplicacion supletoria del Reglamento de Fraccionamiento Los supuestos no regulados, se regiran supletoriamente por el Reglamento de Fraccionamiento aprobado por Resolucion Jefatural Nº 01-04-00000005, siempre que no se opongan a lo dispuesto por la presente Ordenanza. Articulo 7º.- Plazos El plazo para solicitar la actualizacion sera de 60 dias a partir de la fecha de publicacion de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Para efectos del articulo 2º, se considerara la Unidad Impositiva Tributaria vigente para el ejercicio 2004. Segunda.- La deuda que es materia de actualizacion podra ser reajustada en funcion a los actos de fiscalizacion de la Administracion Tributaria. Tercera.- Facultese al Servicio de Administracion Tr i bu t a r i a , S AT a d i c t a r l a s d i s p o s i c i o n e s complementarias que MORDAZA necesarias para la adecuacion y mejor aplicacion de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Cuarta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando que se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, a los diez dias del mes de marzo de dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 06242

Ratifican Ordenanza de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA que aprobo Regimen Tributario MORDAZA y montos de Arbitrios Municipales del ejercicio 2004
ACUERDO DE CONCEJO Nº 412 MORDAZA, 17 de diciembre de 2004 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 17 de diciembre de 2004, el Oficio Nº 001-090-00001860 emitido por el Servicio de Administracion Tributaria SAT, que adjunta el expediente de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, sobre ratificacion de la Ordenanza Nº 003-2004, por medio de la cual se aprobo el Regimen Tributario MORDAZA y los montos de los Arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, correspondiente al ejercicio 2004 en su jurisdiccion. De conformidad con lo opinado por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 228-2004-MML-CMAEDO; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Dis-

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