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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G33/G30/G35/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 22 de mayo de 2005 den cuenta de su ejecución, anualmente, bajo respon- sabilidad, conforme a Ley; Que, los artículos 17º y 42º inciso g) de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización,establecen que los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formula- ción, debate y concertación de sus planes de desa-rrollo y presupuestos, y en la gestión pública, y a ga- rantizar y canalizar el acceso de todos los ciudada- nos a la conformación, funcionamiento de espacios ymecanismos de consulta, concertación, control, eva- luación, rendición de cuentas y vigilancia, siendo de competencia exclusiva de las municipalidades apro-bar y facilitar los mecanismos y espacios de partici- pación, concertación y fiscalización de la comunidad en la gestión municipal; Que, los artículos del 102º al 105º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establecen la defini- ción, composición, instalación y funciones de los Con-sejos de Coordinación Local Distrital, como órganos de coordinación y concertación de las municipalidades dis- tritales; Que, el artículo 73º numeral 5 de la misma Ley, seña- la que las municipalidades asumen competencias y ejer- cen las funciones especificas en materia de participa-ción vecinal, debiendo promover, aportar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local y organizar los registros de organizaciones y vecinales de sujurisdicción. Para tal fin, ha emitido la Ordenanza Nº 011 sobre mecanismos de participación vecinal para la programación y formulación y aprobación del presupues-to institucional; Que, los artículos 111º al 122º regula los derechos de participación y control vecinal, precisando que losvecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de parti-cipación vecinal y del ejercicio de derechos políticos, de conformidad con la Constitución y la respectiva ley de la materia; Que, el Concejo Municipal tiene la atribución de apro- bar las normas que garanticen una efectiva participación vecinal, conforme a lo señalado en el artículo 9º inciso14 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y tal como se norma en la Ordenanza Nº 011 cuyo espí- ritu es favorecer los mecanismos de participación,transparencia y rendición de cuentas que aseguren un uso eficiente y eficaz de los recursos públicos en la construcción del desarrollo local; Que, mediante Ordenanza Nº 030-2004-MDSJL "Aprueba el reglamento del Sistema de Participación Ciudadana del distrito"; Que, por Ordenanza Nº 035-2004-MDSJL "Confor- man Comisión encargada de revisar la Ordenanza Nº 030-2004-MDSJL" Que, habiendo revisado la Ordenanza Nº 030, se acordó modificarla, bajo la denominación de Ordenanza Marco del Sistema de Participación y Control Ciudada-no"; Estando a lo expuesto, y de conformidad con los artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalida-des Nº 27972, con el VOTO MAYORITARIO del Pleno del Concejo, las ABSTENCIONES DE LOS SEÑORES REGIDORES JUAN BALDEON SURICHAQUI y JUANSILVA MALLQUI y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; se aprobó la siguiente: ORDENANZA MARCO DEL SISTEMA DE PARTICIPACIÓN Y CONTROL CIUDADANO SECCIÓN I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- OBJETIVO DE LA ORDENANZA Las disposiciones de la presente Ordenanza tienen por objeto promover y regular los espacios de participa-ción vecinal en los asuntos públicos, y los derechos inherentes a los mismos vinculando al gobierno munici- pal con los vecinos y con las organizaciones sociales ypolíticas de la jurisdicción, con la finalidad de consolidar la democracia y avanzar hacia el desarrollo humano sostenible, de acuerdo con lo establecido en la Constitu-ción Política. Regula además la organización y funciona- miento de las instancias del Sistema de Participación Ciudadana determinadas en esta Ordenanza.Artículo 2º.- DERECHO A LA PARTICIPACIÓN Todos los ciudadanos y ciudadanas residentes en el distrito tienen derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus re-presentantes. Artículo 3º.- REPRESENTACIÓN Y PARTICIPACIÓN La representación y la participación son medios de intervención cívica de los ciudadanos en los asuntos públicos, a los cuales podrán recurrir indistintamente . Artículo 4º.- NOCIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDA- DANA A los fines del la presente Ordenanza se entiende por participación ciudadana en los asuntos públicos la intervención de los ciudadanos, individualmente o a tra-vés de organizaciones sociales, en los procesos de for- mulación, ejecución, seguimiento, control y evaluación de los planes de desarrollo local, los presupuestos, y enla gestión pública, así como la conformación y funciona- miento de espacios y mecanismos de consulta, concerta- ción, control, evaluación y rendición de cuentas. La par-ticipación ciudadana en los asuntos comunales se refie- re a la organización de los vecinos para adoptar accio- nes a fin de resolver colectivamente los problemas co-munes y para cooperar con los organismos públicos de nivel: nacional, regional y local; en el mejoramiento de los servicios y los demás asuntos comunales que impliquela satisfacción de las necesidades básicas de los pue- blos y el mejoramiento de su calidad de vida. Artículo 5º.- PRINCIPIOS RECTORES DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA La participación ciudadana se fundamentará en los siguientes principios: 1. Igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos, las organizaciones sociales y en su caso, los vecinos, para intervenir y participar, sin discriminacio- nes de carácter político, ideológico, religioso, racial o deninguna otra especie. 2. Corresponsabilidad entre la colectividad, las au- toridades y los funcionarios municipales en la solución de los problemas comunes de la sociedad local. 3. Solidaridad, como la disposición de toda persona de asumir los problemas de otros como propios, sin egoísmo ni intereses particulares. 4. Tolerancia, que es garantía de reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones, visiones y postu-ras de quienes conforman la sociedad, como un ele- mento esencial para la construcción de consensos. 5. Transparencia en los procesos participativos, de tal forma que toda la colectividad tenga información sufi- ciente y necesaria acerca de los asuntos públicos ycomunitarios que se decidan por vía participativa. 6. Rendición de cuentas de todas las autoridades y funcionarios municipales y de los ciudadanos y organiza- ciones sociales que intervengan en los asuntos decidi- dos por vía participativa. 7. Pluralismo político, en el sentido de que se procurará dar cabida a los diversos actores locales se-gún el asunto público de que se trate. Artículo 6º.- PRINCIPIO DE RESPETO A LOS ACUERDOS PARTICIPATIVOS La participación ciudadana en los asuntos públicos se fundamenta en el compromiso de respetar, por partede la ciudadanía, autoridades, funcionarios y trabajado- res municipales los resultados de la concertación, los planes de desarrollo, presupuestos, proyectos de nor-mas, ordenamiento del territorio, desarrollo económico, de inversiones sociales, creación y organización de los servicios públicos municipales. Artículo 7º.- LA PARTICIPACIÓN COMO REQUI- SITO PARA LA BUENA MARCHA DEL GOBIERNOLOCAL La participación ciudadana es una condición nece- saria para la buena marcha del Gobierno Local, pero no