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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2005 (22/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 30

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G33/G30/G34/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 22 de mayo de 2005 dera que con dichos documentos acredita que ha esta- do cumpliendo con la renovación de Licencia de Funcio-namiento, en vista que se le había otorgado licencia pro-visional dentro del espacio municipal. Refiriéndose asi-mismo, que la Resolución apelada no ha tenido en cuen-ta los documentos presentados. Por tal motivo solicita la revocatoria de la misma; Que, revisados los documentos a que hace alu- sión el apelante con los cuales argumenta su recurso,se desprende, del Recibo de Caja Nº 71942 que correa fs. 6, que corresponde al pago de arbitrios de limpie-za pública, parques y jardines y serenazgo del año 2002, mas no al pago por concepto de Licencia de Funcionamiento; Que, igualmente sobre la supuesta solicitud de renovación de licencia a que hace mención el recurren-te, se evidencia que dicha solicitud no es tal, segúndesprende a fs. 7 de la Resolución Directoral Nº 296-97- DDU-MDB de fecha 28OCT97, por la entonces Direc- ción de Desarrollo Urbano, y de la que se advierte en suparte resolutiva que se otorga licencia para uso de retiromunicipal correspondiente al predio sito en la Av. Repú-blica de Panamá Nº 110, a doña Rafaela Yataco deNavarro y don Tong Chee Quin, es decir a personas distintas al apelante; Que, asimismo se observa que dicha autorización fue otorgada de manera temporal de 6 meses, el cual ala fecha ya ha vencido con exceso, siendo caduca dichaautorización; Que, en tal sentido de lo expuesto se puede colegir en forma clara que las afirmaciones efectuadas por el apelante son inexactas y no tienen asierro legal; no ha-biendo cumplido el impugnante con acreditar que conta-ba con su Licencia de Funcionamiento a la fecha de laimposición de la sanción, ni desvirtuado los fundamentoscontenidos en la resolución apelada; y, De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del Artículo 36º de la Ley 23853- Ley Orgánica de Municipa-lidades, norma vigente a la fecha en que se inició elprocedimiento, y en virtud a las facultades establecidasen los Artículos 207º y 209º de la Ley Nº 27444 - Ley delProcedimiento Administrativo General; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar INFUNDADO, el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por donWENCESLAO SIMON ZAVALA BAZAN, contra la Reso- lución Directoral Nº 077-DIR.SEG.CIUD.MDB de fecha 8ABR03 por los fundamentos expresados en la parteconsiderativa del presente Dictamen; dándose porAGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Seguridad Ciudadana el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTIN DEL POMAR SAETTONE Alcalde 09537 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G73/G6F/G2D /G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G63/G69/G76/G69/G6C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G2D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G32/G30/G30/G36 ORDENANZA Nº 254-MDEA El Agustino, 17 de mayo del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINOPOR CUANTO: Visto: En Sesión de Concejo de fecha 17 de mayo del 2005, el Proyecto de Ordenanza que Reglamenta laParticipación de la Sociedad Civil en el Proceso del Pre- supuesto Participativo 2006; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 53º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 27972, señala que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como ins- trumentos de administración y gestión, los cuales seformulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción; Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, dispo- ne que las Municipalidades regularán mediante Orde-nanza los mecanismos de aprobación de sus presu- puestos participativos; Que, el Artículo 5º del Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo Nº 28056, establece que el Gobierno Local mediante Ordenanza reglamentará el proceso de identificación y acreditación de Agentes Par-ticipantes, particularmente de aquellos de la Sociedad Civil, así como la difusión del cronograma del proceso de presupuesto participativo; Que, mediante Instructivo Nº 001-2005-EF/76.01, Ins- tructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Año 2006, aprobado por Resolución Directoral Nº 006-2005-EF/76.01, la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, ha dicta- do disposiciones complementarias para el desarrollo delproceso del Presupuesto Participativo 2006, en concor- dancia con la Quinta Disposición Final del D.S. Nº 171- 2003-EF, Reglamento de la Ley Marco del PresupuestoParticipativo Nº 28056; Que, resulta necesario establecer el marco y los me- canismos de participación de la sociedad civil para laIdentificación y Capacitación de Agentes Participantes, Talleres de Trabajo, Evaluación Técnica, Formalización de Acuerdos y Rendición de Cuentas del PresupuestoParticipativo Año 2006, así como establecer el crono- grama mínimo para el desarrollo de las acciones del Proceso de Programación del Presupuesto Participativopara el 2006; Estando a los Informes Nº 032-2005-GPPR-MDEA y Nº 254-2005-GAJ-MDEA, de las Gerencias de Planea-miento, Presupuesto y Racionalización y de Asesoría Jurídica, respectivamente; El Concejo Municipal con el voto aprobatorio y legal de sus miembros y de acuerdo a las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confiere, aprueba la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL EN EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2006 TÍTULO I OBJETO Y FINES Artículo 1º.- La presente Ordenanza tiene por objeto reglamentar los mecanismos y procedimientos a travésde los cuales las organizaciones de la sociedad civil, participan en el proceso del Presupuesto Participativo 2006. Artículo 2º.- La finalidad de la presente Ordenanza es la de recoger las necesidades y sugerencias de los vecinos agustinianos y plasmarlas en forma prioritaria,dentro del Programa de Inversión de la Municipalidad y su consiguiente ejecución. TÍTULO II DEFINICIONES BÁSICAS Artículo 3º.- Para efectos de la presente norma, se entenderá por: a) Presupuesto Participativo: Es un proceso y un espacio de concertación entre las autoridades