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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G34/G30/G30/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 11 de noviembre de 2005 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G45/G73/G74/G72/G61/G74/GE9/G67/G69/G63/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G45/G78/G70/G6F/G72/G74/G61/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G54/G61/G63/G6E/G61/G20/G2D/G20/G50/G45/G52/G58 ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2005-CR/GOB.REG.TACNA Tacna, 14 de julio de 2005 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, al amparo de lo prescrito en el Art. 37º literal a) y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas modificatorias y complementarias, en SesiónOrdinaria de fecha doce de julio del año en curso, ha tratado, debatido y ha aprobado por UNANIMIDAD la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, prescribe que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia: Que, el Art. 17º numeral 17.1º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización-, establece quelos Gobiernos Regionales y Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de los planes de desarrollo ypresupuestos en las gestión pública; Que, el Art. 10º literales a) y g) de la Ley Nº 27867 - LOGR - prescribe que los Gobiernos Regionalesplanifican el desarrollo integral de su región y ejecutan los programas socioeconómicos correspondientes, en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo; Facilitan losprocesos orientados a los mercados internacionales para la agricultura, la agroindustria, la artesanía y otros sectores productivos, de acuerdo a sus potencialidades. Que, es atribución del Consejo Regional, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 15º literal n) de la LOGR, Aprobar el Programa de Promoción deInversiones y Exportaciones Regionales. De otro lado, son Atribuciones del Presidente Regional, Presentar el Programa de Promoción de Inversiones y ExportacionesRegionales ante el Consejo Regional para su aprobación (Art. 21º, literal p), numeral 3); Que, mediante Oficio Nº 544-2005-SGGyPE-GRDE/ GOB.REG-TACNA, la Gerencia de Desarrollo Económico, remite el Gerente General Regional el “Plan Estratégico Regional Exportador (PERX)” para surevisión y debate en Comité de Gerentes y posterior aprobación por parte del Consejo Regional; Que, el PERX tiene como objetivo principal lograr una oferta estratégicamente diversificada, con significativo valor agregado, de calidad y volúmenes que permitan tener presencia competitiva en los mercadosinternacionales; Aumentar la productividad de la Región, con la finalidad de mejorar su competitividad y crecimiento económico, en beneficio de la población en general; Que, para los efectos citados en el considerando precedente, se hace necesario conformar el “Comité Ejecutivo Regional Exportador” (CERX), el cual tendrá asu cargo, la implementación y sostenimiento del Plan Operativo de los Productos (olivo - orégano); este Comité deberá promover la conformación de una “Mesa deTrabajo” que se encargará de coordinar con los agentes involucrados en el desarrollo de las actividades previstas en el POP, asimismo, a través de su estructuraorganizacional, brindará soporte y seguimiento a todas las acciones estratégicas contempladas para la consecución de los objetivos trazados en el PERX; Por las consideraciones expuestas, con las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Pleno del Consejo Regional del GobiernoRegional de Tacna, aprueba la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR el “Plan Estratégico Regional Exportador del Gobierno Regional de Tacna(PERX)” cuyo texto adjunto, forma parte de la presente Ordenanza, la aprobación del referido Plan Operativo comprende también, el Plan Operativo Piloto de los Productos Olivo y Orégano; en consecuencia,APRUÉBESE mediante Acto Administrativo la conformación del Comité Ejecutivo Regional Exportador (CERX), cuya función será, coordinar, supervisar,monitorear, evaluar e implementar el PERX, entre ellos, los citados Planes Operativos Pilotos. Artículo Segundo.- Disponer que el representante de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, actúe en calidad de Secretario Técnico del Comité Ejecutivo Regional Exportador. Artículo Tercero.- Para los efectos de lo aprobado en el artículo primero, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, la Dirección Regional de Comercio Exteriory Turismo y, el Comité Ejecutivo Regional Exportador, adoptarán las medidas del caso, para el cumplimiento de los fines del Plan Operativo aprobado. Artículo Cuarto.- Publicar y difundir la presente, conforme lo dispone el Art. 42º de la LOGR. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna para su promulgación. En Tacna, a los doce días del mes de julio del año dos mil cinco. JULIO A. ALVA CENTURIÓN Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique, cumpla y archive.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Tacna, a los catorce días del mes de julio del año dos milcinco. JULIO ANTONIO ALVA CENTURIÓN Presidente del Gobierno Regional de Tacna 19153 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20 /G41/G72/G74/G2E/G20 /G35/G39/GBA/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G20 /G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61 /G4E/GBA/G20/G31/G39/G36/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/GF3/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G61/G78/G69/G20/G4D/G65/G74/G72/G6F/G70/G6F/G6C/G69/G74/G61/G6E/G6F ORDENANZA Nº 864 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; De conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Económicos y de Organización, de Asuntos Legales y Transporte Urbano en sus Dictámenes Nºs. 209-2005-MML-CMAEDO; 142-2005-MML-CMAL y 16-2005-MML-CMTU; Aprobó la siguiente: ORDENANZA AMPLÍAN PLAZO PARA LA CANCELACIÓN DE LAS MULTAS POR INFRACCIÓN AL REGLAMENTO DEL SERVICIO DE TAXI METROPOLITANO CON EL DESCUENTO DEL CINCUENTA POR CIENTO Artículo Primero.- Modifica el artículo 59º de la Ordenanza Nº 196 - publicada el 11 de enero de 1999. Modifíquese el artículo 59º de la Ordenanza Nº 196, que aprueba el Reglamento del Servicio de