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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (15/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 35

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G34/G32/G30/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 15 de noviembre de 2005 FORMATO Nº 3L - Flujo de caja de la liquidación. FORMATO Nº 4L - Balance general de la liquidación. FORMATO Nº 5L - Capital social. FORMATO Nº 6L - I nversiones en acciones en otras Empresas. FORMATO Nº 7L - Estado de ingresos y gastos de liquidación. FORMATO Nº 8L - Estado de procesos judiciales seguidos por y en contra de la Empresa. ANEXO 3 FORMATO MODELO DE ACUERDO DE DIRECTORIO PARA MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL (Publicado en el Portal Web de FONAFE: www.fonafe.gob.pe) HILDA SANDOVAL CORNEJO Directora Ejecutiva 19351 INACC /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6D/G69/G6E/G65/G72/G61/G73/G20/G63/G75/G79/G6F/G73/G20/G74/GED/G74/G75/G6C/G6F/G73/G20/G66/G75/G65/G72/G6F/G6E/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G6F/G73 /G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6F/G63/G74/G75/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 4500-2005-INACC/J Lima, 8 de noviembre del 2005 CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Supremo Nº 015-2001-EM, modificado por el Decreto Supremo Nº 002-2003-EM, se denominó al Organismo Público Descentralizado del SectorEnergía y Minas encargado de tramitar las solicitudes y otorgarlas concesiones mineras, así como de administrar el Derechode Vigencia y el Catastro Minero, como Instituto Nacional deConcesiones y Catastro Minero - INACC; Que, el artículo 5° de la norma legal citada dispone que a partir de su vigencia, las menciones al Registro Públicode Minería existentes en el Texto Único Ordenado de laLey General de Minería, aprobado por Decreto SupremoNº 014-92-EM, y demás normas legales y reglamentariasrelacionadas, se entenderán como referidas al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería,aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el InstitutoNacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC,publicará mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visación de la Dirección General de Concesiones Mineras y de la Oficina General de AsesoríaJurídica; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, elartículo 24° del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el Diario Oficial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueronaprobados en el mes de octubre del 2005, de acuerdo ala relación adjunta que es parte integrante de la presenteresolución y para los efectos a que se contraen losartículos 124° del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24° del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese y publíquese. JUAN FCO. BALDEÓN RÍOS Jefe Institucional (e) Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero 19185I N E I /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G52/G2E/G4A/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G32/G39/G34/G2D/G32/G30/G30/G35/G2D/G49/G4E/G45/G49/G20/G71/G75/G65 /G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/GF3/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G22/G45/G6E/G63/G75/G65/G73/G74/G61 /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G75/G65/G6C/G64/G6F/G73/G20/G79/G20/G53/G61/G6C/G61/G72/G69/G6F/G73/G22 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 360-2005-INEI Lima, 2 de noviembre de 2005 Visto el Oficio Nº 494-2005-MTPE/4/10.3 de la Oficina de Estadística e Informática del Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo (MTPE), solicitando la modificación de la cobertura geográfica y período de ejecución de la "Encuesta Nacional de Sueldos ySalarios"; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 294-2005- INEI se autoriza la ejecución de la "Encuesta Nacionalde Sueldos y Salarios" dirigida a las empresas con 10a más trabajadores de las principales ciudades delpaís con información referida a los meses de junio del2005 en Lima Metropolitana y diciembre del 2004 y junio del 2005 en el resto del país, fijándose el período de ejecución del 19 de setiembre al 30 de noviembredel 2005; Que, la Oficina de Estadística e Informática del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, solicita lamodificación de la cobertura geográfica y período de ejecución de la "Encuesta Nacional de Sueldos y Salarios" mediante Oficio Nº 494-2005-MTPE/4/10.3, señala quepor motivo de índole presupuestal no se pudo ejecutaren las fechas previstas; Que, la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional, mediante Oficio Nº 1293-2005- MTPE/3/11.2 ha reprogramado la Encuesta Nacional de Sueldos y Salarios del 31 de octubre al 22 de diciembredel 2005, teniendo una cobertura geográfica sólo para laciudad de Lima Metropolitana en empresas del sectorprivado que cuenten con 10 y más trabajadores,postergando la encuesta en las 25 ciudades para el año 2006; Con las visaciones de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, Subjefatura de Estadística yde la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacióny Funciones del Instituto Nacional de Estadística eInformática". SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifíquese los artículos 1º y 2º de la Resolución Jefatural Nº 294-2005-INEI, el mismo quequedará redactado como sigue: Artículo 1º.- Autorizar la realización de la "Encuesta Nacional de Sueldos y Salarios" dirigida alas empresas con 10 a más trabajadores de LimaMetropolitana, con información referida al mes de juniode 2005, la que será ejecutada por la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional del MTPE. Artículo 2º.- Aprobar el formulario de la mencionada encuesta, que forma parte integrante de la presenteResolución, el mismo que será aplicado en el trabajo decampo por la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional a las empresas durante el período del 31 de octubre al 22 de diciembre del presenteaño. Regístrese y comuníquese. EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe 19334