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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G35/G30/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 26 de noviembre de 2005 Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de laNación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante el Informe Nº 161-05-INC/MSAJB-P de fecha 30 de setiembre de 2005, la Lic. Teresa Verástegui Peña, Subdirectora del Museo de Sitio “ArturoJiménez Borja” - Puruchuco, comunica que se ha verificado que en toda el área correspondiente a la ladera del Cerro donde se ubican los sitios Matabuey A y B enla que se encuentran distribuidas las viviendas de la Asociación Casa Huerta Chambala, existen evidencias arqueológicas; Que, mediante Informe Nº 704-2005-INC/DREPH/DA- SDIC-LDZM de fecha 27 de octubre de 2005, la Subdirección de Investigación y Catastro de la Direcciónde Arqueología, comunica que mediante el informe precitado y en coordinación con la Lic. Teresa Verástegui, se ha elaborado, el Expediente Técnico de la ZonaArqueológica “Cerro Matabuey”, ubicado en el distrito de Luringancho - Chosica, provincia y departamento de Lima, el cual comprende el Plano Perimétrico, PlanoTopográfico, Ficha Técnica y Memoria Descriptiva; Que, mediante Acuerdo Nº 619 de fecha 28 de octubre de 2005, la Comisión Nacional Técnica deArqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la zona arqueológica Cerro Matabuey, ubicado en el distrito de Lurigancho - Chosica, provincia y departamento de Lima; - Aprobar el Plano Perimétrico de la Zona Arqueológica Cerro Matabuey, Nº PP 0022-INC_DREPH/DA/SDIC- 2005, de fecha 26 de octubre de 2005, a escala 1/2500,con un área de 247670.26 m2, y un perímetro de 3282.19 m.l., ubicado en el distrito de Lurigancho - Chosica, provincia y departamento de Lima, con su respectivaficha técnica y memoria descriptiva; - Aprobar el Plano Topográfico de la Zona Arqueológica Cerro Matabuey, Nº PTOP 0019-INC_DREPH/DA/SDIC-2005, de fecha 26 de octubre de 2005, a escala 1/2500, con un área de 247670.26 m2, y un perímetro de 3282.19 m.l., ubicado en el distrito deLurigancho - Chosica, provincia y departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017- 2003-ED que aprueba el Reglamento de Organización yFunciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la zona arqueológica Cerro Matabuey, ubicado en eldistrito de Lurigancho - Chosica, provincia y departamento de Lima. Artículo 2°.- Aprobar el Plano Perimétrico de la Zona Arqueológica Cerro Matabuey Nº PP 0022-INC_DREPH/ DA/SDIC-2005, de fecha 26 de octubre de 2005, a escala 1/2500, con un área de 247670.26 m2, y un perímetro de3282.19 m.l., ubicado en el distrito de Lurigancho - Chosica, provincia y departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 3º.- Aprobar el Plano Topográfico de la Zona Arqueológica Cerro Matabuey Nº PTOP 0019- INC_DREPH/DA/SDIC-2005, de fecha 26 de octubre de2005, a escala 1/2500, con un área de 247670.26 m2, y un perímetro de 3282.19 m.l., ubicado en el distrito de Lurigancho – Chosica, provincia y departamento de Lima,con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 4º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de losBienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación de la Zona Arqueológica mencionada en el Artículo 1º y de los planos señaladosen los Artículos 2º y 3º de la presente resolución. Artículo 5º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros oagropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueológicosdeclarado “Patrimonio Cultural de la Nación”, deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 6º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 20024 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G6F/G20/G50/G65/G72/G69/G6D/GE9/G74/G72/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G5A/G6F/G6E/G61 /G41/G72/G71/G75/G65/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G61/G20/G4E/G65/G63/G72/GF3/G70/G6F/G6C/G69/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G6E/G63/GF3/G6E RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1533/INC Lima, 10 de noviembre de 2005 VISTO, el Informe Nº 676-2005-INC/DREPH/DA- SDIC-LAMS de fecha 9 de setiembre de 2005, del Lic.Luis Moulet Silva, Arqueólogo de la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno;responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión ypromoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de laNación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Informe Nº 676-2005-INC/DREPH/DA- SDIC-LAMS de fecha 9 de setiembre de 2005, la Subdirección de Investigación y Catastro de la Direcciónde Arqueología, ha elaborado el expediente técnico de la Zona Arqueológica Necrópolis de Ancón, ubicada en el distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 1225/INC de fecha 3 de diciembre de 2001 y Resolución Directoral Nacional Nº 233/INC de fecha 27 de marzo de2002, se declara Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica Necrópolis de Ancón, ubicada en el distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima; Que, con Acuerdo Nº 616 de fecha 28 de octubre de 2005, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacionalde Cultura, aprobar lo siguiente: - Plano Perimétrico de la Zona Arqueológica Necrópolis de Ancón Nº PP 0015-INC_DREPH/DA/SDIC- 2005, de fecha 24 de agosto de 2005, a escala 1/2500, con un área de 68.41 Ha, y un perímetro de 3675.97 m.l.,ubicado en el distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; - Plano Topográfico de la Zona Arqueológica Necrópolis de Ancón, Nº PTOP 0014-INC_DREPH/DA/ SDIC-2005, de fecha 25 de agosto de 2005, a escala1/2500, con un área de 68.41 Ha, y un perímetro de 3675.97 m.l., ubicado en el distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica ymemoria descriptiva; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigacióny Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; DecretoSupremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento