Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2005 (29/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 29 de noviembre de 2005

la unidad superior, es decir, la cifra obtenida sera redondeada al numero entero superior inmediato; Que los partidos politicos deben realizar elecciones internas para designar a sus candidatos a cargos de eleccion popular, entre estos, ante el Parlamento MORDAZA, de conformidad con el articulo 22º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094, modificado por Ley Nº 28581; Que siendo funcion del MORDAZA Nacional de Elecciones promover y proteger el ejercicio de los derechos de participacion politica de los ciudadanos, resulta indispensable establecer oportunamente el numero minimo de candidatos varones o mujeres para la eleccion de los representantes ante el Parlamento Andino; El MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones constitucionales en materia electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Determinar que las listas de los cinco candidatos titulares al Parlamento MORDAZA, debe estar integrada por un numero minimo de dos (2) candidatos varones o mujeres. Articulo Segundo.- Con relacion a los candidatos suplentes, dos por cada titular, el numero minimo de candidatos varones o mujeres sera de tres (3) del total de diez (10), distribuidos de tal manera que de cada grupo formado por un candidato titular con sus dos suplentes, uno sea varon o mujer. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 20181

efectuarse entre los 180 dias calendario anteriores a la fecha de la eleccion y 21 dias MORDAZA del plazo para la inscripcion de los candidatos; Que el Registro de Organizaciones Politicas, esta abierto permanentemente, excepto en el plazo que corre entre el cierre de la inscripcion de candidatos y un mes despues del MORDAZA de Elecciones Generales, de conformidad con el articulo 4º de la referida Ley de Partidos Politicos; Que el plazo para la inscripcion de la formula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias es hasta 90 dias naturales MORDAZA de la fecha de las elecciones, en tanto que las listas para candidatos al Congreso de la Republica y representantes ante el Parlamento MORDAZA pueden inscribirse hasta 60 dias naturales MORDAZA de la fecha de elecciones; segun lo dispuesto en los articulos 109º y 115º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, respectivamente; Que el 9 de febrero es el ultimo dia para la inscripcion de listas de candidatos al Congreso de la Republica y representantes ante el Parlamento MORDAZA, fecha que debe considerarse como la del cierre del Libro de Partidos Politicos, con el proposito de lograr una mayor participacion ciudadana y a fin de cautelar el derecho de los ciudadanos de participar en la MORDAZA politica de la Nacion, de elegir y ser elegidos, conforme lo establecen el numeral 17) del articulo 2º y el articulo 31º de la Constitucion Politica del Peru; Que el cierre del Libro de Partidos Politicos en el Registro de Organizaciones no implica el cierre de los Libros de Movimientos Regionales y Organizaciones Locales, a cargo tambien de la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas; El MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Precisar que el plazo para la inscripcion de las Alianzas de Partidos en el Registro de Organizaciones Politicas vence el 10 de diciembre de 2005. Articulo Segundo.- Precisar que el plazo para que los Partidos Politicos lleven a cabo elecciones internas de candidatos al cargo de Presidente y Vicepresidente de la Republica, se inicio el 11 de octubre y finaliza el 19 de diciembre de 2005. Articulo Tercero.- Determinar que el plazo para que los Partidos Politicos realicen elecciones internas de candidatos al cargo de Congresistas de la Republica y representantes ante el Parlamento MORDAZA, se inicio el 11 de octubre de 2005 y finaliza el 18 de enero de 2006. Articulo Cuarto.- La fecha del cierre del Libro de Par tidos Politicos del Registro de Organizaciones Politicas, sera a partir del 9 de febrero de 2006, hasta un mes despues del MORDAZA de elecciones generales. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. 20182

Establecen que el plazo para la inscripcion de las Alianzas de Partidos en el Registro de Organizaciones Politicas vence el 10 de diciembre de 2005 y precisan plazos para que Partidos Politicos efectuen elecciones internas de candidatos a cargos de Presidente y Vicepresidentes de la Republica, Congresistas y representantes ante el Parlamento MORDAZA
RESOLUCION Nº 376-2005-JNE
MORDAZA, 28 de noviembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, el articulo 178º de la Constitucion Politica del Peru, encarga al MORDAZA Nacional de Elecciones, entre otras funciones, el velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones politicas y demas disposiciones referidas a materia electoral; Que el articulo 16º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, establece, que las Elecciones Generales se realizan cada 5 anos, el MORDAZA MORDAZA del mes de MORDAZA, por lo que corresponde llevar a cabo el MORDAZA para la eleccion de Presidente, Vicepresidentes, Congresistas de la Republica y Representantes ante el Parlamento MORDAZA, el 9 de MORDAZA de 2006; Que la Ley de Partidos Politicos Nº 28094, en su articulo 15º establece que las Alianzas de Partidos deben inscribirse en el Registro de Organizaciones Politicas, entre los 180 dias calendario anteriores a la fecha de eleccion y los 30 dias MORDAZA del plazo para la inscripcion de los candidatos a la Presidencia de la Republica, esto es el 10 de diciembre de 2005; Que el articulo 22º de la Ley Nº 28094 regula que los partidos politicos realizaran elecciones internas de candidatos a cargos de eleccion popular, las que deben

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador interponer acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la Fe Publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1032-2005-JEF/RENIEC
MORDAZA, 11 de octubre de 2005

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