Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2005 (30/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, miercoles 30 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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- Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) Documentos que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulacion local. Articulo Tercero.- Dispensar del tramite de lectura y aprobacion del acta. POR TANTO MANDO SE PUBLIQUE Y CUMPLA. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 20244

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS
Disponen suprimir deudas de arbitrios de limpieza publica, parques y jardines de los ejercicios 1996 a 2001 y exoneran de reajustes e intereses moratorios el pago del Impuesto Predial por los ejercicios 1996 al 2005
ORDENANZA Nº 169-C/MC
Comas, 25 de noviembre del 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS VISTO: En sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 25 de noviembre de 2005, el Dictamen de la Comision de Administracion, Planificacion, Economia, Finanzas y Asuntos Legales, relacionado con el Informe Nº 084-2005GAT/MC de la Gerencia de Administracion Tributaria, por el cual se expone los fundamentos tecnicos y legales para la extincion de deudas de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica economica y administrativa en los asuntos de su competencia y les atribuyen potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, en tanto la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por el D.S. Nº 135-99-EF del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por el D.S. Nº 135-99-EF senala que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, por Informe Nº070-2005-GAT/MC, la Gerencia de Administracion Tributaria da cuenta de la Sentencia emitida por el Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 00053-2004-PI/TC el cual establece el caracter vinculante de la misma para el resto de las Municipalidades; a fin de dar cumplimiento a la misma, la Municipalidad ha generado una nueva Ordenanza por los periodos no prescritos esto es 2002 a 2005 y plantea Suprimir las deudas del Arbitrio de Limpieza Publica, Parques y Jardines de los ejercicios 1996 a 2001; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, despues de las deliberaciones respectivas, el pleno del Concejo aprobo por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- SUPRIMIR las deudas por concepto de arbitrios municipales de limpieza publica, parques y jardines publicos por los ejercicios 1996 a 2001 que a la fecha de entrada en vigencia de la presente, se encuentren pendientes de pago. Articulo Segundo.- EXONERAR del pago de reajustes e intereses moratorios a los contribuyentes que durante la

vigencia de la presente Ordenanza cancelen deudas por concepto de Impuesto Predial por los ejercicios 1996 al 2005 inclusive. Articulo Tercero.- La Gerencia de Administracion y Finanzas brindara el apoyo financiero, logistico y otros a la Subgerencia de Recaudacion y Orientacion al Contribuyente, Subgerencia de Imagen Institucional, para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria su aplicacion, asi como a la Subgerencia de Informatica el MORDAZA de identificacion de los contribuyentes por los ejercicios 1996 al 2005. Articulo Cuarto.- .- DISPENSAR del tramite de lectura y aprobacion del Acta, para que la presente Ordenanza entre en vigencia de inmediato. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 20290

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Prorrogan vigencia de Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa otorgado mediante la Ordenanza Nº 145-MDL
DECRETO DE ALCALDIA Nº 013- 2005-MDL
Lince, 25 de noviembre del 2005 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE LINCE VISTO: El Informe Nº 212-2005-MDL-GG-GR de la Gerencia de Rentas de la Municipalidad Distrital de Lince; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº145-MDL de fecha 28 de octubre del 2005, se establecio Beneficios de deudas tributarios y no tributarios, otorgado a todos aquellos contribuyentes y/o infractores con obligaciones vencidas pendientes de pago; Que, el Informe Nº212-2005-MDL-GR, de la Gerencia de Rentas, senala que resulta necesario prorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº145-MDL, a efecto de brindar facilidades a los contribuyentes y/o infractores que por diversos motivos, dentro de ellos el factor economico, no han podido acogerse a los beneficios, para que de esa manera puedan cumplir con sus obligaciones tributarias y no tributarias. Que, la Ordenanza Nº145-MDL, en el Articulo Octavo faculta al MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las Disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion y/o ampliacion de la Ordenanza; Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972-Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGUESE, hasta el dia 22 de diciembre del 2005, el plazo de vigencia del Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa, otorgado mediante Ordenanza Nº145-MDL. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia General, Gerencia de Rentas, Gerencia de Informatica y Gerencia de Imagen Institucional y a la Secretaria General su publicacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 20247

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