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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (30/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 51

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G35/G32/G37/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 30 de noviembre de 2005 - Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Documentos que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulación local. Artículo Tercero.- Dispensar del trámite de lectura y aprobación del acta. POR TANTO MANDO SE PUBLIQUE Y CUMPLA. EDWIN VÁSQUEZ LÓPEZ Presidente Regional 20244 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE COMAS /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G73/G75/G70/G72/G69/G6D/G69/G72/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73 /G64/G65/G20/G6C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G2C/G20/G70/G61/G72/G71/G75/G65/G73/G20/G79/G20/G6A/G61/G72/G64/G69/G6E/G65/G73/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G31/G39/G39/G36/G20/G61/G20/G32/G30/G30/G31/G20/G79/G65/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G61/G6A/G75/G73/G74/G65/G73/G20/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G65/G73/G65/G73 /G6D/G6F/G72/G61/G74/G6F/G72/G69/G6F/G73/G20/G65/G6C/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C /G70/G6F/G72/G20/G6C/G6F/G73/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G31/G39/G39/G36/G20/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G35 ORDENANZA Nº 169-C/MC Comas, 25 de noviembre del 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS VISTO: En sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 25 de noviembre de 2005, el Dictamen de la Comisión de Administración, Planificación, Economía, Finanzas y Asuntos Legales, relacionado con el Informe Nº 084-2005-GAT/MC de la Gerencia de Administración Tributaria, por el cual se expone los fundamentos técnicos y legales para la extinción de deudas de los Arbitrios de Limpieza Pública,Parques y Jardines Públicos; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Locales gozande autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia y les atribuyen potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios,licencias y derechos municipales, en tanto la Norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el D.S. Nº 135-99-EF del Texto Único Ordenado del CódigoTributario aprobado por el D.S. Nº 135-99-EF señala que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos ylicencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, por Informe Nº070-2005-GAT/MC, la Gerencia de Administración Tributaria da cuenta de la Sentencia emitida por el Tribunal Constitucional recaída en el Expediente Nº 00053-2004-PI/TC el cual establece el carácter vinculantede la misma para el resto de las Municipalidades; a fin de dar cumplimiento a la misma, la Municipalidad ha generado una nueva Ordenanza por los períodos no prescritos esto es 2002a 2005 y plantea Suprimir las deudas del Arbitrio de Limpieza Pública, Parques y Jardines de los ejercicios 1996 a 2001; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, después de las deliberaciones respectivas, el pleno del Concejo aprobópor UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- SUPRIMIR las deudas por concepto de arbitrios municipales de limpieza pública, parques y jardines públicospor los ejercicios 1996 a 2001 que a la fecha de entrada en vigencia de la presente, se encuentren pendientes de pago. Artículo Segundo.- EXONERAR del pago de reajustes e intereses moratorios a los contribuyentes que durante lavigencia de la presente Ordenanza cancelen deudas por concepto de Impuesto Predial por los ejercicios 1996 al 2005 inclusive. Artículo Tercero.- La Gerencia de Administración y Finanzas brindará el apoyo financiero, logístico y otros a la Subgerencia de Recaudación y Orientación al Contribuyente, Subgerencia de Imagen Institucional, parael cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria su aplicación, así como a laSubgerencia de Informática el proceso de identificación de los contribuyentes por los ejercicios 1996 al 2005. Artículo Cuarto.- .- DISPENSAR del trámite de lectura y aprobación del Acta, para que la presente Ordenanza entre en vigencia de inmediato. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 20290 MUNICIPALIDAD DE LINCE /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65 /G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G20 /G79/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G6F/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G34/G35/G2D/G4D/G44/G4C DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013- 2005-MDL Lince, 25 de noviembre del 2005 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE LINCE VISTO: El Informe Nº 212-2005-MDL-GG-GR de la Gerencia de Rentas de la Municipalidad Distrital de Lince; CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº145-MDL de fecha 28 de octubre del 2005, se estableció Beneficios de deudastributarios y no tributarios, otorgado a todos aquellos contribuyentes y/o infractores con obligaciones vencidas pendientes de pago; Que, el Informe Nº212-2005-MDL-GR, de la Gerencia de Rentas, señala que resulta necesario prorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº145-MDL, a efecto de brindarfacilidades a los contribuyentes y/o infractores que por diversos motivos, dentro de ellos el factor económico, no han podido acogerse a los beneficios, para que de esa manera puedancumplir con sus obligaciones tributarias y no tributarias. Que, la Ordenanza Nº145-MDL, en el Artículo Octavo faculta al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldíadicte las Disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación y/o ampliación de la Ordenanza; Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- PRORRÓGUESE, hasta el día 22 de diciembre del 2005, el plazo de vigencia del Beneficio de Regularización Tributaria y Administrativa, otorgado mediante Ordenanza Nº145-MDL. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia General, Gerencia de Rentas, Gerencia de Informática y Gerenciade Imagen Institucional y a la Secretaría General su publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CÉSAR GONZALES ARRIBASPLATA Alcalde 20247