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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G35/G32/G36/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 30 de noviembre de 2005 SE RESUELVE: Artículo 1º.- EXONERAR del Proceso de Selección de Licitación Pública Nº 0004-2005-UNE - ADQUISICIÓN DE MÓDULOS EDUCATIVOS PARA EL PABELLÓN DEELECTRÓNICA Y TELECOMUNICACIONES DE LA FACULTAD DE TECNOLOGÍA A PRECIO CIF, cuyo monto es de novecientos mil con 00/100 nuevos soles(S/. 900,000.00), por las razones expuestas en los considerandos de la presente resolución. Artículo 2º.- APROBAR el Proceso de Estandarización de la adquisición del Laboratorio de Telecomunicaciones Avanzadas en el proceso de adquisición de equipamiento de marca DEGEM SYSTEMS. Artículo 3º.- APROBAR la contratación a la Empresa ARIANE INGENIERÍA S.A., para la ADQUISICIÓN DE MÓDULOS EDUCATIVOS PARA EL PABELLÓN DEELECTRÓNICA Y TELECOMUNICACIONES DE LA FACULTAD DE TECNOLOGÍA A PRECIO CIF, Marca DEGEM SYSTEMS, por la causal de servicio que no admite sustitutoy existe proveedor único. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Oficina Central de Adquisiciones y Contrataciones de la UNE, la publicaciónde la presente resolución en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE), en el Diario Oficial El Peruano, así como la remisión de una copiade la misma y del informe técnico-legal a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendarios siguientes de su aprobación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL ALEJANDRO SOLÍS GÓMEZ Rector (e) 20169 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G66/G6F/G6E/G64/G6F/G20/G6D/G75/G74/G75/G6F /G65/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G65/G72/G63/G61/G64/G6F /G64/G65/G20/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73/G2C/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G43/G6F/G6E/G74/G69/G6E/G65/G6E/G74/G61/G6C /G53/G2E/G41/G2E/G20/G53/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G6F/G72/G61/G20/G64/G65/G46/G6F/G6E/G64/G6F/G73 RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 126-2005-EF/94.11 Lima, 25 de noviembre de 2005 VISTOS:El Expediente Nº 2005030174 iniciado por Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos, así como el InformeNº 426-2005-EF/94.55 de fecha 25 de noviembre de 2005 presentado por la Gerencia de Intermediarios y Fondos; CONSIDERANDO: Que, por Resolución CONASEV Nº 618-97-EF/94.10 del 23 de septiembre de 1997 se autorizó a Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y Fondos de Inversión, hoydenominada Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos, para administrar fondos mutuos de inversión en valores; Que, mediante escritos presentados con fechas 9, 23, 24 y 25 de noviembre de 2005, Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos solicitó la inscripción del fondomutuo estructurado denominado “BBVA Garantizado y Triple FMIV” en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, del análisis de la documentación presentada se ha verificado que Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos ha cumplido con lo dispuesto en los artículos 24º, 169º y siguientes del Reglamento de Fondos Mutuosde Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV Nº 026-2000-EF/ 94.10, modificado por Resolución CONASEV Nº 029-2005-EF/94.10 y Resolución CONASEV Nº 071-2005-EF/94.10,además de lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 056-2002-EF; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 11 inciso l) del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, los artículos 241 y siguientes del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercadode Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 093-2002- EF; así como en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por DecretoSupremo Nº 056-2002-EF; y en aplicación de las facultades delegadas al Gerente General mediante A cuerdo Nº 115- 99 del Directorio de esta Institución reunido en sesión de fecha 6 de abril de 1999; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la inscripción del fondo mutuo estructurado denominado “BBVA Garantizado y Triple FMIV”en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- El Reglamento de Participación y el modelo de contrato de administración contienen las disposiciones aplicables al funcionamiento del fondo mutuo antes mencionado y se encuentran a disposición del público engeneral en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- La publicidad que realice Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos para promocionar elfondo mutuo estructurado denominado “BBVA Garantizado y Triple FMIV” no debe inducir a error o confusión y deberá sujetarse a las condiciones previstas en el Anexo B delReglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras. Artículo 4º.- Lo señalado en los artículos precedentes no implica que CONASEV recomiende la suscripción de cuotas del mencionado fondo mutuo u opine favorablemente sobre la rentabilidad o calidad de losmismos. Tampoco supone un pronunciamiento de CONASEV sobre la calidad de la garantía ofrecida en respaldo del objetivo asegurado. Artículo 5º.- Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos deberá remitir a CONASEV un (1) ejemplar del Reglamento de Participación del fondo mutuo a que serefiere el artículo 1º de la presente resolución; así como el modelo de contrato de administración, en el plazo de quince (15) días hábiles siguientes de notificada la presenteresolución. Artículo 6º.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su notificación. Artículo 7º.- Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos deberá publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 8º.- Transcribir la presente resolución a Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos y al BBVA Banco Continental en su calidad de custodio. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR LOZÁN LUYO Gerente General Comisión Nacional Supervisora de Empresasy Valores 20216 CONSUCODE /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6E/G20/G61/G20/G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G65/G73 /G44/G61/G6C/G76/G69/G20/G45/G2E/G49/G2E/G52/G2E/G4C/G2E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G73/G75/G73/G70/G65/G6E/G73/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G75/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G63/G6F/G6E/G20/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 1131/2005.TC-SU Sumilla: Imponer sanción administrativa a la empresa Inversiones Generales Dalvi E.I.R.L., por la infracción tipificada en el literal a) del artículo 205° del Reglamentode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM.