Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (30/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 35

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G35/G32/G35/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 30 de noviembre de 2005 Artículo Tercero.- Al término de la labor encomendada, el Presidente de la Comisión emitirá el informe correspondiente. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 20273 MINISTERIO PÚBLICO /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G73/G61/G62/G61/G73/G2D /G74/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G69/G6E/G6D/G69/G6E/G65/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G79/G20/G76/G69/G67/G69/G6C/G61/G6E/G63/G69/G61/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G20/G4E/G6F/G72/G20/G4F/G72/G69/G65/G6E/G74/G65 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2109-2005-MP-FN Lima, 29 de noviembre de 2005 VISTOS: El Informe Nº 479-2005-MP-FN-GECLOG-GESER de la Gerencia de Servicios Generales, de fecha 23 de noviembre de 2005, Memorándum Nº 639-2005-MP-FN-GECFIN/01, de la Gerencia Central de Finanzas, de fecha 24 denoviembre de 2005, el Informe Nº 958-2005-MP-FN-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica de fecha 28 de noviembre de 2005, y; CONSIDERANDO: Que, con el Informe Nº 479-2005-MP-FN-GECLOG- GESER, la Gerencia de Servicios Generales señala que, mediante el proceso de Adjudicación Directa SelectivaNº 0018-2004-MP-FN-GG, se llevó a cabo la contratación del “Servicio de Seguridad y Vigilancia en la Zona Nor Oriente”, suscribiéndose el Contrato Nº 035-2004-MP-FN-GECLOG con el Consorcio MORGAN SEGURITY S.A.C., MORGAN DEL ORIENTE S.A.C y BONETTI PERU S.A.C.; Que, asimismo, señala que el referido contrato fue suscrito por el monto de S/. 1´313,084.98 (Un Millón Trescientos Trece Mil Ochenta y Cuatro y 98/100 Nuevos Soles), con vigencia a partir del 2 de diciembre de 2004, al1 de diciembre de 2005; sin embargo, dado que el nuevo proceso de selección a convocarse aún se encuentra en trámite de aprobación, el tiempo estimado para laadjudicación de la buena pro no va a poder cubrir la totalidad de la vigencia del citado contrato, existiendo la posibilidad de que quede suspendido el Servicio deVigilancia, el mismo que tiene el carácter de esencial, con lo cual se pondría en riesgo las instalaciones del Ministerio Público en la Zona Nor Oriente; Que, por otro lado, señala la citada Gerencia que tampoco se puede suscribir el contrato complementario previsto en el artículo 236º del Reglamento de La Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, debido a que la empresa MORGAN DEL ORIENTE S.A.C., una delas empresas que conforman el Consorcio Contratista, se encuentra inhabilitada para contratar con el Estado por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, deacuerdo a la publicación de la Resolución Nº 421-2005- CONSUCODE/PRE, efectuada con fecha 16 de Noviembre de 2005, en el Diario Oficial El Peruano, en la cual elConsejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado publica la relación de proveedores, postores y contratistas sancionados por el citado Tribunal en la cualse encuentra inmersa la empresa mencionada, resolviéndose en su artículo primero numeral 2) el Recurso de Reconsideración presentado por el Consorcio contra laResolución Nº 900-2005.TC-SU, que resolvió sancionar a los tres integrantes del mismo, excluyendo a dos de ellos, y se ratifica en la sanción recaída a la empresa MORGANDEL ORIENTE S.A.C. por un período de 4 meses de inhabilitación temporal para contratar con el Estado; por todo ello solicita, se exonere del proceso de seleccióncorrespondiente la contratación del “Servicio de Seguridad y Vigilancia en la Zona Nor Oriente”, hasta que se suscribael contrato del nuevo proceso de selección a convocarse, en salvaguarda de los intereses de la institución, debiendo declararse en Situación de Desabastecimiento Inminente el referido servicio, por el lapso de 90 días y por un montomensual de S/. 109,423.75 Nuevos Soles, dejando constancia que si antes de dicho plazo se logra suscribir el nuevo contrato de servicio, la situación deDesabastecimiento Inminente concluirá en dicha oportunidad. Se señala, asimismo, que dicho servicio se realiza por la específica de Gasto 34. Contratación conEmpresas de Servicios, a través de la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios; Que, mediante Memorándum Nº 639-2005-MP-FN- GECFIN/01, de fecha 24 de noviembre de 2005, la Gerencia Central de Finanzas emite la Factibilidad Presupuestal correspondiente, manifestando que al evaluar los saldosexistentes en la Específica de Gasto 34, existen recursos suficientes en el presente año 2005 para atender dicho pedido por el monto de S/. 109,423.75, debiendocanalizarse la diferencia de S/. 218,847.74, correspondiente a los meses subsiguientes, con el presupuesto del año 2006; Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 19º, 20º y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y 141º, 146º,147º y 148º de su Reglamento, aprobados, mediante Decretos Supremos Nºs 083 y 084-2004-PCM, respectivamente, así como lo señalado en la numeral6.1 de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, el Desabastecimiento Inminente, es aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia dedeterminado bien, servicio u obra, compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivasesenciales que la Entidad tiene a su cargo, facultándola, previos los informes técnico y legal a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras, sólo por eltiempo o cantidad necesarios para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; según sea el caso, mediante la adopción de accionesinmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases, debiendoaprobarse la exoneración por Resolución del Titular del Pliego, por ser una facultad indelegable, sin perjuicio que se realice el proceso de selección correspondientepara las contrataciones y adquisiciones definitivas, disponiendo la remisión del resolutivo a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, así como supublicación en el Diario Oficial El Peruano y el SEACE; Que, mediante el Informe de Vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica sostiene que se cumplen los requisitosestablecidos en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobados mediante Decretos Supremos Nºs. 083 y 084-2004-PCM, respectivamente, así como lo previsto en la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, para que se declare en Situación de Desabastecimiento Inminente lacontratación del Servicio de Seguridad y Vigilancia en la zona Nor Oriente, el mismo que es indispensable para no poner en riesgo la continuidad del servicio, en salvaguardade los intereses de la Institución; Contando con los vistos de la Gerencia General y las Gerencias Centrales de Logística, Finanzas, Oficina deAsesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado y su Reglamento, aprobados, mediante Decretos Supremos Nºs. 083 y 084-2004-PCM, respectivamente y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º delDecreto Legislativo Nº 052 – Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE la Contratación delServicio de Seguridad y Vigilancia en la Zona Nor Oriente, por un período de 90 días, a partir del día 2 de diciembre del presente año, por un monto mensual de S/. 109,423.75Nuevos Soles y un monto total de S/. 328, 271.25 (Trescientos Veintiocho Mil Doscientos Setenta y Uno y 25/100 Nuevos Soles), con la Fuente de Financiamiento00: Recursos Ordinarios, dado que los hechos implican que se verían afectadas en forma directa e inminente la