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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G35/G32/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 30 de noviembre de 2005 el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional. El artículo 10º numeral 1 Inc. n), establece que escompetencia exclusiva del Gobierno Regional, de promover el uso sostenible de los recursos forestales y de biodiversidad. Asimismo el Artículo 10º numeral 2 Inc. d),establece que es competencia compartida del Gobierno Regional, la gestión sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental; Que, los miembros del Consejo Regional, teniendo conocimiento de la problemática ambiental de la región, basado en diversas reuniones de trabajo con participaciónde las instituciones públicas, privadas, autoridades políticas de los gobiernos locales y la sociedad civil; Que, contando con el Dictamen favorable de la Comisión Permanente de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Consejo Regional y de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9º, 10º, 11º, 15º y38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y modificada en parte por la Ley Nº 27902; y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL SISTEMA REGIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DE JUNÍN” Artículo Primero.- APRUÉBESE el “Sistema Regional de Gestión Ambiental de Junín”, que consta de tres (3) Títulos, cuarenta y siete (47) Artículos y tres (3) Disposiciones Transitorias, el mismo que se anexa y forma parte de lapresente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en elDiario Oficial El Peruano, así como en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la capital de la Región, debiendo incluirse además en el portal electrónico delGobierno Regional Junín el texto completo del anexo. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la sala de sesiones del Centro Educativo “Inca Gacilaso” del distrito de Acolla de la provincia de Jauja, a los veintiséis días del mes de octubre del año 2005. MANUEL DUARTE VELARDE Presidente del Consejo Regional - Junín POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la sede del Gobierno Regional - Junín, a los veintiocho días del mes de octubre del año 2005. MANUEL DUARTE VELARDE Presidente del Gobierno Regional - Junín 20289 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G63/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G67/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G69/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 018-2005-GRU/CR Pucallpa, 28 de octubre del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 197º y 198º de la Constitución Política vigente, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobreDescentralización - Ley Nº 27680, Ley Nº 27783, Ley deBases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Modificado por la Ley Nº 27902 y demás normas complementarias, en Sesión Ordinaria de fecha 20 de octubre del 2005; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización del Gobierno Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el artículo 15ºinciso a) de la Ley Nº 27867, en la que faculta aprobar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, asimismo es atribución del Consejo Regional aprobar los documentos de gestión, Reglamento de Organización y Funciones – ROF, Manual de Organizacióny Funciones MOF y Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las instituciones públicas del Gobierno Regional, en concordancia con el artículo 38º de la Ley Orgánica deGobiernos Regionales, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional; Que, la Dirección de Energía y Minas, la Dirección Regional Sectorial de Agricultura y la Dirección Regional de Salud, así como las demás instituciones públicas del Gobierno Regionalde Ucayali tienen el ineludible deber de proponer al Consejo Regional la aprobación de los documentos de gestión, Reglamento de Organización y Funciones – ROF y Cuadro deAsignación de Personal – CAP, documentos que contribuyen a la organización de las instituciones representativas para orientar las funciones de cargo, dinámica de trabajo y lasresponsabilidades en el cumplimiento de las funciones, técnicas y administrativas, de conformidad con la normatividad vigente; Que los CAP propuestos cumplen con los criterios establecidos en el artículo 11º del Decreto Supremo Nº 043- 2004-PCM, Lineamientos para la elaboración y aprobación de los mencionados documentos, en concordancia con elArt. 4º de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleado Público que siendo el caso de las Direcciones Regionales Sectoriales que mantienen dependencia funcional y técnica con losMinisterios, quienes emiten opinión previa de su validez jurídica, en consecuencia es procedente su aprobación por el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali; Que, en Sesión Ordinaria de fecha 15 de setiembre del 2005, mediante Acuerdo Nº 106-2005, se aprobó derivar la respectiva documentación a las comisiones del ConsejoRegional de Ucayali, para la emisión del dictamen correspondiente; De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional; El Consejo Regional de Ucayali, en SesiónOrdinaria de fecha 20 de octubre del 2005; ORDENA:Artículo Primero.- APROBAR LOS DOCUMENTOS DE GESTIÓN DE LAS SIGUIENTES INSTITUCIONES: DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS: - Reglamento de Organización y Funciones, (ROF) que consta de 8 títulos, 29 Artículos y tres Disposiciones Complementarias y Finales. - Cuadro para Asignación de Personal (CAP), que consta de 2 folios. DIRECCIÓN REGIONAL SECTORIAL DE AGRICULTURA: - Reglamento de Organización y Funciones, (ROF) que consta de diez Títulos, cuarenta y cuatro artículos y Tres Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales. - Cuadro para Asignación de Personal (CAP) DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DE UCAYALI DIRECCION DE RED DE CORONEL PORTILLO DIRECCIÓN DE RED DE SALUD DE ATALAYA, DIRECCIÓN DE RED DE SALUD DE AGUAYTÍA - SAN ALEJANDRO DIRECCIÓN DE RED DE FEDERICO BASADRE - YARINACOCHA. HOSPITAL DE YARINACOCHA HOSPITAL REGIONAL DE PUCALLPA - Reglamento de Organización y Funciones (ROF)