Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2005 (01/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, sabado 1 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

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GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Exoneran al Proyecto Especial Carretera Transoceanica de MORDAZA de seleccion para adquirir cemento asfaltico
ACUERDO Nº 073-2005 MORDAZA, 21 de septiembre del 2005 VISTO: El Oficio Nº 1035-2005-GR-PUNO/GGR, conteniendo el Expediente de Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para adquisicion de cemento asfaltico PEN 120/150, por causa de bien que no admite substituto y proveedor unico para la ejecucion de las obras de Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera Asillo San MORDAZA, Tramos IV y V; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado considera que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente de Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del pais. Con ese proposito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Proyecto Especial Carretera Transoceanica tiene programado la ejecucion de las Obras: a.Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera Asillo - San MORDAZA tramo IV; y, b.- Conclusion de la Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera Asillo - San MORDAZA tramo V. Para la ejecucion de las obras en mencion, se requiere adquirir el insumo galones de Cemento Asfaltico PEN 120/150 por la suma de S/. 336,428.37 Nuevos Soles; Que, del Informe Tecnico Nº 023-2005-GR-PUNO/ PECT-DO/TRAMO V, formulado por el Residente de Obra del Proyecto Especial Carretera Transoceanica y refrendado por el Inspector de Obra de la Oficina Regional de Supervision y Liquidacion de Obras del Gobierno Regional MORDAZA, e Informe Tecnico elaborado por la Gerencia Regional de Infraestructura, ambos remitidos con Memorando Nº 340-2005-GRP/GRI concluyen que, tecnicamente es necesaria la exoneracion del MORDAZA, describiendo que por especificaciones tecnicas del proyecto es un producto insustituible, no existiendo en el MORDAZA nacional una propuesta menor a la Empresa Nacional Petroleos del Peru siendo esta a la vez la unica proveedora del producto a adquirir; Que, el Art. 19º Inc. e) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004PCM, establece; "estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico"; Que, el Articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, dispone: que "En los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la entidad podra contratar directamente. Se considerara que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de los derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor"; Que, la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en su Art. 20º Inc. c) establece que, "todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del Art. 19º, se aprobaran mediante: Acuerdo del Consejo Regional o del Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Regionales o Locales. La facultad de aprobar exoneraciones es indelegable. Las Resoluciones o Acuerdos senalados en los incisos precedentes requieren obligatoriamente de un informe tecnico legal previo y seran publicados en el Diario Oficial El Peruano";

Que, del expediente se ha verificado; la existencia del Informe Tecnico Nº 023-2005-GR-PUNO/PECT-DO/ TRAMO V, emitido por el Residente y el Inspector de la obra de Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera Asillo ­ San MORDAZA y el Informe Tecnico elaborado por la Gerencia Regional de Infraestructura, ambos remitidos con Memorando Nº 340-2005-GRP/GRI y el Informe Legal Nº 747-2005-GR PUNO/ORAJ, que opina procedente la exoneracion del requisito de Adjudicacion Directa Publica, la adquisicion de galones de Cemento Asfaltico PEN 120/150 por la suma total de S/. 336,428.37 Nuevos Soles; Por lo que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria Descentralizada celebrada a los trece dias del mes de septiembre del 2005, con el MORDAZA unanime de los miembros del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regional; ACORDO: Articulo Primero.- Aprobar la Exoneracion al Proyecto Especial Carretera Transoceanica, del requisito de Adjudicacion Directa Publica, la adquisicion de galones de Cemento Asfaltico PEN 120/150, por la suma total de S/. 336,428.37 (TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO Y 37/100 NUEVOS SOLES). Conforme al siguiente detalle:
ITEM 01 02 TOTAL OBRA Tramo IV Tramo V CANT.GAL. 28,221.89 47,210.48 PUS/ 4,4600 4.4600 PARCIAL S/. 125,869.63 210,558.74 336,428.37 FTE.PTO FONCOR FONCOR

Articulo Segundo.- Autorizar al Proyecto Especial Carretera Transoceanica, para que a traves de su Direccion de Administracion realice la adquisicion del cemento asfaltico PEN 120/150 de los items 01 y 02, mediante el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia, los que seran destinados exclusivamente a la ejecucion de los tramos IV y V de la Carretera Asillo - San Anton. Articulo Tercero.- Disponer, la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano en el SEACE y ademas, remitir copias del presente Acuerdo y el Informe Tecnico - Legal que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del plazo de Ley. POR TANTO: Mando se registre y publique. MORDAZA MORDAZA MORDAZA SARDON Presidente del Consejo Regional de MORDAZA 16826

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban Estatuto de la Autoridad Municipal de los Pantanos de MORDAZA PROHVILLA
ORDENANZA Nº 838 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA

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