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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (07/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 28

PÆg. 301816 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de octubre de 2005 Con el visado del Viceministro de Pesquería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Prohibir la extracción del recurso concha navaja Ensis macha en los bancos naturales del área de Morro Quemado, ubicado en la bahía Independencia, distrito de Paracas, provincia de Pisco, departamento de Ica, apartir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial, hasta que los estudios correspondientes muestren signos de recuperación de laespecie. Artículo 2º.- Las personas naturales y jurídicas que extraigan, desembarquen, transporten, retengan,transformen, comercialicen o utilicen el recurso concha navaja proveniente del área de Morro Quemado, en cualquiera de sus estados de conservación, durante elperíodo de veda, serán sancionadas conforme a lo dispuesto por Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Inspecciones y del Procedimiento Sancionador de las Infracciones en las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por DecretoSupremo Nº 008-2002-PE y demás disposiciones legales vigentes. Artículo 3º.- Las personas naturales y jurídicas que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución, cuenten con un stock de concha navaja procedente de Morro Quemado, en cualquier estado, deberáncomercializarlo en un plazo de diez (10) días, contados a partir de dicha fecha, previa presentación de una declaración jurada sobre el volumen de dicho stock a laDirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero o Dirección Regional con competencia pesquera correspondiente. Artículo 4º.- Encargar al Instituto del Mar del Perú (IMARPE) la ejecución de estudios poblacionales del recurso concha navaja, que permitan recomendar lasmedidas de ordenamiento necesarias para la conservación de la especie, quedando para tal efecto, exceptuado de los alcances de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5º.- Las Direcciones Nacionales de Seguimiento, Control y Vigilancia y de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de laProducción, las Direcciones Regionales con competencia pesquera, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa,el Ministerio del Interior y las Municipalidades, en el ámbito de sus respectivas competencias, velarán por el estricto cumplimiento de lo establecido por la presenteResolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.DAVID LEMOR BEZDIN Ministro de la Producción 17121 Oficializan Forum Taller "Gestión Ambiental y Desarrollo en lasActividades Pesqueras y Acuícolas enla Macro Región Norte" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 268-2005-PRODUCE Lima, 6 de octubre del 2005 Vistos, el Oficio Nº 1025-2005-PRODUCE/DINAMA, del 22 de setiembre de 2005 y el Informe Nº 020-2005-PRODUCE/ DINAMA, de fecha 30 de setiembre de 2005, en el cual se solicita la autorización para realizar el Forum Taller "Gestión Ambiental y Desarrollo en las ActividadesPesqueras y Acuícolas en la Macro Región Norte",a realizarse en el mes de octubre del presente en la ciudad de Piura;CONSIDERANDO: Que la Dirección Nacional de Medio Ambiente del Viceministerio de Pesquería del Ministerio de la Producción en armonía con los postulados del Desarrollo Sostenible,es la encargada de promover el adecuado equilibrio entre el desarrollo socioeconómico, la conservación y el uso sostenido de los recursos hidrobiológicos y la preservacióndel medio ambiente, conforme a los principios y normas de la constitución política, de la Ley General de Pesca, del código del medio ambiente y los recursos naturales y demásdisposiciones aplicables; Que el Coordinador de la Red Científica y Tecnológica del Sector Producción-Macro Región Norte, mediante OficioNº 005-2005-RCTGA-MRN, de fecha 18 de julio del 2005 reitera a la Directora Nacional de Medio Ambiente del Viceministerio de Pesquería del Ministerio de la Producciónla necesidad de llevar a cabo el acuerdo adoptado por los integrantes de la citada Red, el cual está referido a la realización de un taller que involucra una gestión ambientalen las actividades de acuicultura y de los ecosistemas acuáticos en la macro región norte, actividad prevista a desarrollarse inicialmente en la cuidad de Cajamarca, yposteriormente, la Dirección Nacional de Medio Ambiente mediante Oficio Nº 1025-2005-PRODUCE/DINAMA, del 22 de setiembre de 2005 comunica la conveniencia de quedicho evento se realice en la ciudad de Piura durante los días 10 y 11 de octubre del presente; Que del resultado de lo señalado en el considerando precedente, la Dirección Nacional de Medio Ambiente del Viceministerio de Pesquería del Ministerio de la Producción, a través de los documentos del Visto, ha solicitado laautorización para realizar el Forum Taller "Gestión Ambiental y Desarrollo en las Actividades Pesqueras y Acuícolas en la Macro Región Norte",a realizarse los días 10 y 11 deoctubre del presente en la ciudad de Piura; cuyo presupuesto asciende a S/. 37 800,00 enfatizando a su vez que los objetivos principales del evento consisten enpromover el fortalecimiento de los medios para el aprovechamiento de las potencialidades regionales para la conversión de las ventajas comparativas en competitivas,promover alternativas para la recuperación de la biodiversidad y de los ecosistemas acuáticos degradados, incluyendo el diálogo para la formación de polos dedesarrollo sostenible integrados en ámbitos regionales; Que la Oficina General de Desarrollo y Planeamiento Estratégico, a través del Memorando Nº 004-2005-PRODUCE/OP, del 16 de setiembre del 2005 emite el Informe de Disponibilidad Presupuestal Nº 071-2005- PRODUCE/OGDPE-OP, del 14 de setiembre del 2005,manifestando la verificación de disponibilidad presupuestal hasta por la suma de S/. 37 800,00; para la realización del evento en la ciudad de Cajamarca, y posteriormentemediante Memorando Nº 605-2005-PRODUCE/OGDPE- Opies, de fecha 30 de setiembre de 2005 se estableció que la disponibilidad presupuestaria referente almencionado evento programado para la ciudad de Cajamarca servirá para su realización en la ciudad Piura, por lo que resulta necesario autorizar la realización delevento antes mencionado; De conformidad a lo dispuesto en el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 28411, Ley Generaldel Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28427, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, Ley Nº 27789 - Ley de Organización y Funciones delMinisterio de la Producción; y en uso de las atribuciones conferidas por el literal i) del Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE- Reglamento deOrganización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; Con el visado del Despacho del Viceministro de Pesquería y las Oficinas Generales de Desarrollo y Planeamiento Estratégico , de Administración y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar el Forum Taller "Gestión Ambiental y Desarrollo en las Actividades Pesqueras y