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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (07/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 54

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G31/G38/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 7 de octubre de 2005 en los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley de ReformaConstitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobreDescentralización - Ley Nº 27680, la Ley de Bases de laDescentralización - Ley Nº 27783, la Ley Orgánica deGobiernos Regionales - Ley Nº 27867, su modificación en parte por la Ley Nº 27902 y demás Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional Nº 010-2004-GRJ/ CR del 28 de mayo del 2004, debidamente publicada en elDiario Oficial El Peruano el 16 de junio del año 2004, seaprobó declarar la Reorganización y Reestructuración dela Dirección Regional de Educación Junín comprendiendolas siguientes: Primera Etapa.- La Reorganización yreestructuración administrativa de todas las dependenciasy las Unidades de Gestión Educativa Local deldepartamento. Segunda Etapa.- La Reorganización yreestructuración del sistema educativo y servicio educativoorientados a superar la emergencia educativa regional.Tercera Etapa.- La formulación de los Lineamientos dePolítica Regional de Junín a partir de la formulación delPlan Regional de Educación; Que, mediante Decreto Regional Nº 001-2004-GRJ/CR, se reglamentó la Ordenanza Nº 010-2004-GRJ/CR, sobrelos Lineamientos Generales del Proceso de ReorganizaciónInstitucional y Reestructuración Orgánica y Administrativade la Dirección Regional de Educación de Junín; Que, el artículo 76º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, dispone: la Dirección Regional de Educación,es un órgano especializado del Gobierno Regionalresponsable del servicio educativo, en el ámbito de surespectiva circunscripción territorial y tiene relación técnico-normativa con el Ministerio de Educación; Que, asimismo la Segunda Disposición Complementaria y Transitoria de la norma acotada dispone: el Ministerio deEducación hará entrega al Consejo Nacional deDescentralización, la propuesta de reestructuración de lasactuales instancias intermedias de gestión para adecuarlasa la transferencia y recepción de competencias y lasfunciones sectoriales en educación la cual se hará en lacuarta etapa del proceso de descentralización de acuerdoa lo establecido en la Ley de Bases de Descentralización ya la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, mediante artículo segundo de la Resolución Ministerial Nº 0073-2005-ED, del 4 de febrero del 2005 elMinisterio de Educación establece: “en caso de encontrargraves deficiencias e irregularidades en la DirecciónRegional de Educación, el Gobierno Regional podrádeclarar en reorganización la Dirección Regional deEducación correspondiente, previa coordinación con elTitular del Sector y sustentación de las causas que lajustifican, solicitando al Ministerio de Educación quedesigne a un representante, quien a petición del GobiernoRegional presidirá la referida comisión reorganizadora.Dicho proceso se realizará respetando los lineamientosgenerales y las políticas nacionales sobre educaciónemitidas por el Gobierno Nacional. El Ministerio deEducación garantiza la participación de los equipostécnicos que se requieran para dicho fin”, disposiciónconcordante con el artículo 72 del Decreto SupremoNº 009-2005-ED; Que, mediante artículo 58º, del Decreto Supremo Nº 009-2005-ED publicado el 29 de abril del 2005 en elDiario Oficial El Peruano, dispone que: “el ConsejoParticipativo Regional de Educación (COPAREJ), es unainstancia de participación, concertación y vigilancia enla elaboración, seguimiento y evaluación del ProyectoEducativo Regional", asimismo los artículos 59º y 60ºde la misma norma disponen las funciones del ConsejoParticipativo Regional de Educación y su organizaciónrespectivamente; Que, los resultados de la Evaluación Nacional del Rendimiento Estudiantil y del Programa Internacional deEvaluación de Estudiantes de la OCDE muestran quelos alumnos que concluyen la primaria lo hacen sin haberalcanzado el desarrollo esperado de las competenciasdel área de comunicación integral; dichos resultadostambién señalan que los estudiantes presentandificultades en la resolución de problemas que presentan en el nivel secundario; y los resultados del PISA 2001muestran que, de acuerdo a los estándaresinternacionales, un 54% de estudiantes de 15 años quecursan el nivel secundario se ubica por debajo del nivelmás elemental de la escala de alfabetización lectora, loque significa que no son capaces siquiera de manejarlas tareas básicas de lectura comprensiva, y por tantodifícilmente podrán utilizarla como un instrumento paraampliar sus conocimientos; Que, la Ordenanza Regional Nº 010-GRJ/CR del 28 de mayo del 2004, contiene disposiciones generales yespeciales que no contemplaban lo dispuesto por laResolución Ministerial Nº 073-2005-ED y el DecretoSupremo Nº 009-2005-ED, ya que las mismas fueronemitidas con posterioridad a la referida Ordenanza, lo queamerita complementar y Redefinir en parte la OrdenanzaRegional acorde a las últimas disposiciones legalesvigentes; Que, contando con el citado Dictamen favorable de la Comisión Permanente de Desarrollo Social del ConsejoRegional y de conformidad con las atribuciones conferidaspor los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánicade los Gobiernos Regionales Nº 27867, y la Ley Nº 27902que modifica la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales yel Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobadolo siguiente: “ORDENANZA REGIONAL QUE COMPLEMENTA Y REDEFINE LOS LINEAMIENTOS GENERALES DEL PROCESO DE REORGANIZACIÓN DE LA SEDE DE LA DRE-J, LAS UGELs Y LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACION JUNÍN” DISPOSICIONES GENERALES Artículo Primero.- OBJETO DE LA ORDENANZAa.- COMPLEMENTAR Y REDEFINIR los Lineamientos Generales del Proceso de la Reorganización de la Sedede la Dirección Regional de Educación - Junín, lasUnidades de Gestión Educativa Local y todas lasInstituciones Educativas de la Dirección Regional deEducación de Junín. b.- CONFORMAR el Consejo Participativo Regional Junín - COPAREJ, definiendo los estamentos que lointegran y determinando la elección de sus miembros, deacuerdo a Ley: - Del Director Regional de Educación Junín. - De la Gerencia Regional de Desarrollo Social.- De las Universidades de la Región Junín.- De los Institutos Superiores No Universitarios.- De las Comunidades Campesinas.- Del Colegio de Profesores.- De las Organizaciones Sindicales de los docentes.- De las Organizaciones Sindicales de los administrativos. - De las APAFAS.- De los Sectores Económicos Productivos.- De la Dirección Regional de Trabajo y Promoción Social. - De la Dirección Regional de Salud Junín.- De los Organismos No Gubernamentales - ONGs, (Orientados al quehacer educativo). - De los Directores de UGELs.- Del Instituto Nacional de Cultura de Junín.- De la Mesa de Concertación y Lucha contra la Pobreza. - De la Iglesia Católica.- De la Iglesia Evangélica.- Del Consejo Regional del Deporte (IPD).- De los Municipios Escolares.- Del Consejo Regional de la Mujer.- De las Municipalidades. La conformación del COPAREJ será aprobada mediante Resolución Ejecutiva Regional correspondiente.